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Los padres acusados de maltrato ya no podrán visitar a sus hijos menores

  • El juez no fijará un régimen de visitas, y lo suspenderá si existe, cuando el padre esté en un proceso penal por violencia de género
  • El principal objetivo de estas medidas es proteger a los menores y combatir la denominada violencia vicaria
  • El 016 es el teléfono de atención a víctimas, gratuito y no deja huella en la factura; el correo es 016-online@igualdad.gob.es

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Una niña presencia la agresión de su padre a su madre
Una niña presencia la agresión de su padre a su madre.

Los padres incursos en proceso penal por violencia de género menores a partir de este viernes, ya que entra en vigor la reforma del Código Civil que pone fin a esos contactos.

Esta reforma del Codigo Civil se tramitó antes del verano con otro objetivo, el de acabar con la incapacitación judicial de las personas con discapacidad intelectual, pero en el Senado se decidió incluir también cambiar el artículo 94, que recogía el derecho de los progenitores que no tienen consigo a sus hijos menores o discapacitados a visitarlos y comunicarse con ellos.

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Con la reforma aprobada, en vigor desde este viernes, el juez no fijará un régimen de visitas, y lo suspenderá si existe, cuando el progenitor esté incurso en un proceso penal por atentar contra la vida, agredir o abusar de la pareja o de los hijos, y tampoco si aprecia "indicios fundados de violencia doméstica o de género".

Sin embargo, el juez podría autorizar las visitas en una "resolución motivada en el interés superior del menor" y "previa evaluación de la situación de la relación paternofilial", aunque en ningún caso se podrá dar ese paso cuando el progenitor en cuestión se encuentre en prisión, provisional o firme, por los citados delitos.

Combatir la violencia vicaria

La reforma se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 3 de junio, unos días antes de hallarse en el mar de Tenerife el cuerpo sin vida de Olivia, la niña de 6 años secuestrada junto a su hermana Anna por su padre, que no devolvió a las menores a su madre el día pactado.

A finales de ese mes entró en vigor la ley de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia, que dio un primer paso para restringir las visitas a los maltratadores reformando la ley de enjuiciamiento criminal.

En esa ley se fijaba que si se dicta una orden de protección y existen indicios fundados de que los hijos menores de edad han podido presenciar o sufrir violencia doméstica el juez debe suspender el régimen de visitas, estancia o comunicación del inculpado con los menores.

El principal objetivo de estas medidas es proteger a los menores y combatir la denominada violencia vicaria, la que los maltratadores ejercen sobre los hijos con el objetivo de causar el mayor daño posible a sus parejas o exparejas.

La mayoría de los 40 asesinatos de menores a manos de sus padres o de las parejas o exparejas de sus madres desde 2013 se produjeron tras la separación, el divorcio o cuando la mujer inició una nueva relación sentimental. En esta cifra, aún no se ha incluido el asesinato del pasado 24 de agosto de un niño de dos años en un hotel de Barcelona y a cuyo padre los Mossos d'Esquadra buscan desde entonces como presunto autor de la muerte del pequeño.

Desde 2015, de acuerdo con la ley de protección de la infancia y la adolescencia, los menores expuestos a una situación de violencia de género son considerados víctimas de ella.