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Valencia rectifica y no prohibirá incinerar a obesos morbidos pero sí a determinados enfermos de cáncer

  • La Consejería de Sanidad había incluido la prohibición en la orden sobre hornos crematorios
  • Sí mantiene la prohibición para quién haya recibido tratamiento contra el cáncer mediante inserción de agujas radiactivas

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España es el segundo país europeo con más obesos después de Reino Unido
España es el segundo país europeo con más obesos después de Reino Unido.

La Consejería valenciana de Sanidad ha rectificado el borrador del texto normativo por el que tiene previsto regular la cremación, aún en fase de exposición pública, para eliminar la prohibición inicial de que se pudiera incinerar los cadáveres de personas con obesidad mórbida.

El texto inicial recogía esta prohibición en el apartado de condiciones sanitarias para la cremación, pero posteriormente la Consejería ha informado en un comunicado de que la Dirección General de Salud Pública eliminará el apartado en el que se recoge esa prohibición.

Sin embargo, el proyecto de normativa, publicado en la web de la Conselleria, sí mantiene la prohibición de incinerar los cadáveres de las personas que hayan recibido tratamiento contra el cáncer mediante inserción de agujas radiactivas.

Rectificación tras desvelarse el motivo

La corrección sobre las personas con obesidad morbida se ha realizado tras adelantar el periódico Levante-EMV que el motivo de la prohibición de incinerar a las personas con obesidad mórbida era que se necesita una "cantidad muy elevada de combustible" y esto sobrepasa el umbral de contaminación permitido.

El comunicado de Sanidad admite que la cremación de personas con obesidad mórbida puede generar problemas técnicos y requerir necesidades especiales en el proceso (relacionadas con el volumen de las instalaciones y los sistemas de evaluación de las emisiones).

Sin embargo, añade que estas circunstancias no atañen a las condiciones sanitarias exigibles a las instalaciones ni suponen un riesgo diferenciado para la salud pública en los términos que trata la orden.

Sanidad defiene que el fin es proteger la salud de la población

Por ello, la directora general de Salud Pública, Ana María García, ha señalado que ese articulado se modificará con arreglo a los objetivos de la orden, que son establecer las condiciones para la ubicación y funcionamiento de los hornos crematorios con el fin de proteger la salud de la población.

En particular, junto a otras mejoras del texto que puedan derivarse de la consulta pública, García ha asegurado que se eliminará del texto de la futura orden el apartado donde se anuncia: "Se prohíbe la cremación de personas con obesidad mórbida".

García ha recordado que el proceso de consulta pública "tiene justamente el objetivo de detectar partes de los textos normativos que puedan ser susceptibles de mejora o corrección, como es el caso".

Fuentes sanitarias han informado de que con esta norma se pretende dar a conocer a los ciudadanos y a los titulares de estas instalaciones los condiciones que deben cumplir, a fin de minimizar en lo posible su impacto en la salud.