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Juana Rivas, condenada a cinco años de cárcel y seis años sin la patria potestad de sus hijos

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Juana Rivas, condenada a cinco años de cárcel por la sustracción de sus dos hijos

Juana Rivas ha sido condenada a cinco años de cárcel y a seis años sin la patria potestad de sus dos hijos por dos delitos de sustracción de menores, en una sentencia recurrible que también la obliga a indemnizar a su expareja con 30.000 euros y pagar las costas. Esta es la pena que ha impuesto el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada a esta mujer de Maracena, en Granada, que el pasado verano mantuvo a sus hijos, de 12 y 4 años, en paradero desconocido durante un mes incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a entregarlos al padre, Francesco Arcuri, condenado en 2009 por malos tratos y al que volvió a denunciar en 2016.

Tras conocer la sentencia, que tiene fecha de 18 de julio -el mismo día en el que se celebró el juicio-, Rivas ha anunciado que la recurrirá y que no se rinde. "Yo voy a seguir luchando, no lo olvidéis", ha señalado en declaraciones a los periodistas recogidas por Efe este mismo viernes.

El juez Manuel Piñar reconoce en la sentencia, a la que ha tenido acceso TVE, que Arcuri fue condenado por violencia de género hace nueve años, pero acusa a Rivas de "explotar el argumento del maltrato", cuando decide separarse. El magistrado, que la llega a acusar de "cinismo", asegura que la nueva denuncia que interpuso contra él en julio de 2016 fue, en su opinión, un "recurso procesal preconstituido ad hoc" con el objetivo de quedarse con la guardia y custodia de los menores.

No consta que se haya tramitado en Italia la denuncia de 2016

Aquella denuncia, sin embargo, fue archivada por falta de competencia por un juzgado de violencia de género de Granada -ya que el presunto maltrato tuvo lugar en Italia- y hasta un año después no fue traducida y enviada a este país sin que a día de hoy conste si se ha tramitado.

No obstante, el magistrado insiste en que "salvo el episodio de malos tratos ocurrido en 2009 no se ha acreditado ningún otro posterior" entre 2012 y 2016. Además, pone en duda la existencia de violencia de género porque ella no denunció los hechos antes en Italia, entre otros motivos.

Este argumento sobre que tardara en denunciar ha sido duramente criticado por organizaciones feministas, que alertan de que esta decisión judicial va a generar desconfianza en otras víctimas de violencia de género, que no denunciarán sus casos de maltrato ante la justicia porque temerán que no las crean.

El juez considera que Rivas optó por "explotar el argumento del maltrato"

Juana Rivas, que se enfrentaba a una petición de la Fiscalía de cinco años de cárcel por dos delitos de sustracción de menores y otro de desobediencia, declaró en el juicio que se fue de la isla de Carloforte, en Italia, donde vivía con sus dos hijos porque "no quería vivir más bajo las torturas" de su expareja. Esta mujer explicó que, aunque era consciente de que la justicia le reclamaba a los niños, no creía que le obligaran a entregárselos a él porque "la maltrataba y tenía que protegerlos".

El juez, sin embargo, asegura que "el argumento de haber huido para protegerse ella y proteger a sus hijos de malos tratos cuando estos no han sido refrendados por una resolución judicial que los declare probados carece de virtualidad justificadora".

Se percata de que hay un escollo importante con la guardia y custodia y decide explotar el argumento del maltrato

El magistrado asegura que Rivas "decide explotar el argumento del maltrato" al separarse porque "se percata" por ella misma "o porque alguien le asesora" sobre las "pocas posibilidades que tiene de privar de la custodia al padre, sacando a relucir la sentencia de 2009", ya que posteriormente se reconciliaron y tuvieron a su segundo hijo.

Por eso, en su opinión, decide interponer la nueva denuncia contra él en 2016 cuando ya está en España con sus hijos y "orquesta una campaña valiéndose de los medios de comunicación y organismos públicos, que le dan su incondicional apoyo, todo ello con la mal calcula creencia de que así obtendría ventajas a su favor".

El juez duda del maltrato porque no denunció antes

El juez incide en varias ocasiones en que Rivas no denunciara los hechos en Italia para poner en duda su versión. "No explicó [en el juicio] ni se comprende que si fue maltratada en Italia entre 2012 y 2016, al nivel que ella dijo, de tortura y terror, no denunciara allí al momento en que se producía cada uno de los varios episodios que tuvieron lugar, según ella, tratándose de un país con una legislación y cultura de rechazo a estas conductas, similar a la nuestra".

En este sentido, Manuel Piñar añade que "no es creíble la certeza de los hechos contenidos en esta denuncia, porque ningún juzgado ha declarado la veracidad de los mismos" y porque se interpone en un momento en el que ella ya había tomado la decisión de no regresar a Italia y quedarse con sus hijos.

El magistrado subraya que las denuncias de malos tratos que se interponen "de forma coetánea a un proceso de separación o por disputas sobre guardia y custodia" exigen una "análisis cauteloso" porque con la perspectiva de que los poderes públicos apartan a los menores del presunto maltratador "no es extraño" que en algunos casos "se recurra a esta vía como medio de obtener ventajas procesales".

Seguramente había momentos de tensión, desacuerdos, disputa o discusión, pero de ahí al maltrato hay una diferencia

El titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Granada también destaca que el perito forense que examinó al hijo mayor "no ha apreciado en el menor vestigios de maltrato ni de haberlos presenciado" como decía la denuncia. Tampoco aporta "nada" según el juez el informe de una psicóloga que concluye que Juana "muestra síntomas de haber padecido trastorno de estrés postraumático, cuyo origen se localiza en la percepción de la convivencia familiar realizada en Caloforte".

Para el juez, este último informe viene a decir que "no aprecia malos tratos como origen de este estrés derivado solo por una percepción de la convivencia familiar, en la que como suele ocurrir, seguramente había momentos de tensión, desacuerdos, disputa o discusión, pero de ahí al maltrato hay una diferencia".

La sentencia la condena a indemnizar a su exmarido con 30.000 euros en concepto de responsabilidad civil por el daño que le ha causado por "predicar a los cuatro vientos que una persona maltrata, tortura y aterra a su familia, en incluso, que ha golpeado al hijo mayor, cuando no hay una condena firme (...) y arengar a una multitud irreflexiva y visceral, para hacerla cómplice de ese escarnio".

La defensa de Rivas habla de "fracaso" de la Justicia

El abogado de Juana Rivas, José Estanislao López, ha anunciado que recurrirá la condena, que considera una muestra del "fracaso" del sistema judicial. En declaraciones a Efe, López ha dicho que está estudiando la sentencia, aunque ha señalado que "si el juez no ha tenido en cuenta ni los malos tratos, ni que lo hizo todo haciendo caso a los abogados, no puedo valorarla bien".

El letrado, que ha recomendado a Rivas que no haga declaraciones sobre la sentencia, ha apuntado que recurrirá la resolución porque no puede compartir el argumento "pobre" de que no se juzgaba un caso de maltrato. "Todo responde a un fracaso del sistema judicial, porque es un fracaso que dos años después no se tramite", ha reiterado el letrado, en relación a la denuncia por malos tratos.

López ha asegurado que "todos los informes" han confirmado que la condenada es una "persona con secuelas de víctima de malos tratos".

Por su parte, Enrique Fabián Zambrano, letrado de Arcuri, ha expresado a Efe su satisfacción por el fallo y ha recordado que se trata de una más de las resoluciones que, a lo largo de todo el proceso, han dado la razón a su cliente, que de momento ha preferido no hacer declaraciones. "Los padres podemos dormir hoy un poco más tranquilos (...) Pido, por favor, a los políticos que dejen a la justicia tranquila", ha indicado este abogado.