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El Consejo de Estado avala por unanimidad el recurso al TC a la Ley de Transitoriedad

  • El informe fue solicitado por el Gobierno para poder presentar el recurso
  • Los ocho miembros de la Comisión Permanente han aprobado el dictamen

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El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, solicitó al Consejo de Estado un dictamen sobre el recurso al TC de la ley de transitoriedad.

La Comisión Permanente del Consejo de Estado ha avalado este viernes por unanimidad la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra la ley de transitoriedad aprobada por el Parlament de Cataluña, en un dictámen que será remitido ahora al Ejecutivo.

Fuentes de esta institución han informado de que la reunión se ha prolongado por espacio de casi dos horas y que los ocho miembros de la Comisión Permanente del máximo órgano consultivo del Estado han aprobado el dictamen sobre la inconstitucionalidad de la llamada "ley de desconexión" de Cataluña.

El Consejo de Estado considera una "operación de destrucción y suplantación" del orden constitucional y estatutario la ley de Transitoriedad, y por eso, avala la presentación por parte del Gobierno de un recurso de inconstitucionalidad.

"Pretende la destrucción del poder constituyente dentro de cuyo orden institucional ha sido creado y dentro del cual ejerce sus funciones con los pretendidos efectos de romper la unidad de España y de quebrantar su integridad territorial", denuncia.

Inconstitucionaliad "integral y evidente"

A su juicio, la inconstitucionalidad de la ley es "integral y evidente", desde el momento en que afirma la existencia de un Estado catalán con forma de república, de una soberanía nacional residenciada en el pueblo de Cataluña y de la propia ley como "norma suprema hasta la aprobación de una constitución".

Recuerda el Consejo de Estado que, como ha establecido en reiterada doctrina el Tribunal Constitucional, la asignación de la soberanía nacional y, con ella, del poder constituyente al pueblo de Cataluña o a cualquier entidad o fracción diferente del pueblo español es incompatible con lo establecido en los artículos 1 y 2 de la Constitución.

Para el órgano consultivo, la definición de Cataluña como Estado y de la ley de Transitoriedad como norma suprema del ordenamiento catalán a la espera de una constitución,  quebranta tanto el artículo 2 de la Constitución que proclama "la indisoluble unidad de la Nación española" como su artículo 9.1, que establece la sujeción de los ciudadanos y de los poderes públicos a la Carta Magna.

"Supone, asimismo, la pretensión de producir una escisión territorial con la cancelación de la integridad territorial de España", señala.

Ilegalidad del referéndum

También destaca la ilegalidad del referéndum de autodeterminación convocado de acuerdo con esa ley, toda vez que la entrada en vigor de la ley de Transitoriedad depende de que dicha consulta se haya celebrado y de que su resultado haya sido favorable a la independencia de Cataluña.

En este sentido, el dictamen recuerda que el Tribunal Constitucional ha establecido reiteradamente que las comunidades autónomas en general y Cataluña, en particular,  carecen de competencias tanto para regular la institución del referéndum como para convocar este tipo de consultas sin autorización del Estado.

Además, la ley incurre en diversas infracciones procedimentales porque pretende producir normas cuya hipotética aplicación no es compatible con la Constitución y "desconoce y conculca" el propio Estatuto de Autonomía de Cataluña, que prevé para su reforma el voto favorable de dos tercios de los miembros del Parlamento de Cataluña y la ratificación de las Cortes Generales.

Denuncia el Consejo de Estado el procedimiento aplicado para la aprobación de la norma, consistente en "alterar el orden del día" de pleno y sin que su tramitación haya cumplido los trámites reglamentarios con el único objetivo de "forzar su aprobación en un tiempo mínimo" y menoscabando el derecho de participación política.

Por todo ello, el Consejo de Estado considera que existen fundamentos jurídicos para interponer recurso de inconstitucionalidad contra la "ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República", aprobada la pasada madrugada con los votos de Junts pel Sí (JxSí) y la CUP.

Mismo guión que con la ley del referéndum

Se repite así el mecanismo empleado este jueves con la ley del referéndum. En el caso de esta norma, el TC ha acordado, por unanimidad, admitir a trámite los cuatro recursos presentados este jueves por el Gobierno en relación con las actuaciones del Ejecutivo de la Generalitat y del Parlamento de Cataluña referidas a la celebración del referéndum de autodeterminación el próximo 1 de octubre.

Con la ley de transitoriedad, se sigue el mismo esquema y el presidente ha esperado el pronunciamiento del Consejo de Estado, cuyo informe es consultivo y no vinculante, para analizarlo en el Consejo de Ministros. Este dictamen refuerza la iniciativa legal a emprender por parte del Ejecutivo para responder ante el desafío independentista.

Fuentes de La Moncloa explicaron que así se cumple con la promesa de reaccionar a todos y cada uno de los pasos que den los independentistas en su objetivo de avanzar hacia el referéndum de autodeterminación anunciado para el próximo 1 de octubre y que el propio Rajoy niega que se vaya a celebrar.

La ley de transitoriedad determina el mecanismo para la 'desconexión' y pretende hacer efectiva la independencia en el caso de que en la votación se impusiera el 'sí' a la república independiente de Cataluña, así como establecer el marco legal que regiría en el nuevo Estado hasta la aprobación de su Constitución. Rajoy ya dejó claro este jueves que hará "todo lo necesario, sin renunciar a nada", para evitar que el referéndum se consume.