Enlaces accesibilidad

El juez no prohíbe los actos de homenaje a Otegi al salir de prisión pero ordena a la Policía vigilarlos

  • El exportavoz de Batasuna sale este martes, 1 de marzo, de la prisión de Logroño
  • La Audiencia pide vigilar que no se produzca enaltecimiento del terrorismo

Por
Fotografía de archivo del exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi durante un juicio contra él en 2010
Fotografía de archivo del exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi durante un juicio contra él en 2010.

El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha rechazado prohibir los actos de recibimiento y homenaje previstos para la salida de prisión del dirigente de la izquierda abertzale Arnaldo Otegi este martes, pero ha ordenado a la Policía que vigile si se producen delitos de enaltecimiento del terrorismo.

Otegi sale de prisión este 1 de marzo tras cumplir la condena de seis años y medio que le impuso el Tribunal Supremo por intentar reconstruir Batasuna -caso Bateragune-. La Audiencia Nacional le condenó a diez años como dirigente de ETA en noviembre de 2011, pero medio año después, el Supremo rebajó la condena al considerarle integrante de la banda pero no dirigente. Está inhabilitado para ocupar un cargo público hasta 2021.

En el auto conocido este lunes, el juez Eloy Velasco rechaza prohibir en concreto tres actos: el recibimiento en el exterior de la cárcel de Logroño este martes; el de esa misma tarde en Elgoibar (Gipuzkoa), la localidad natal de Otegi; y el acto político en el Velódromo de Anoeta de San Sebastián el sábado 5 de marzo.

"En los tres se aprecia una convocatoria plural de diversos ámbitos en la que nadie ha manifestado la intención de convertir el acto público en un acto que ensalce o recuerde actividades terroristas o miembros de ETA ni la humillación de sus víctimas", afirma el juez.

Son, en su opinión, "actos festivos o políticos" en los que no constan, por los antecedentes de los convocantes ni las circunstancias en casos similares, que se vayan a producir actuaciones de carácter delictivo.

El juez entiende que debe garantizar los derechos de reunión y manifestación

Al respecto, el juez entiende que para garantizar el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación no se ha de prohibir las celebraciones previstas en Logroño, Elgoibar y San Sebastián, como había pedido la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT).

Pero se dirige a la Policía Autónoma Vasca, a las delegaciones de Gobierno del País Vasco y de La Rioja, para que comuniquen a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado a fin de que procedan al pertinente control y seguimiento, "adoptando las medidas necesarias para evitar (...) actos que pudieran ser constitutivos de delito de enaltecimiento del terrorismo".

O también, añade el auto, de "justificación de delitos terroristas o de quienes hayan participado en su ejecución, o de descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o sus familiares". En caso de que se produjeran, ordena proceder a la identificación y detención de los autores.

El primer acto en la cárcel organizado por Sortu

Tras analizar los informes de los cuerpos policiales, Velasco afirma que el primer acto de homenaje en la campa junto a la cárcel de Logroño está organizado por Sortu y concebido con fines estrictamente políticos.

El de Elgoibar, continúa, responde a una iniciativa popular de la plataforma ciudadana Arnaldo Libre, que no está asociada a ningún partido y que ya ha convocado 30 manifestaciones similares en los últimos tiempos para pedir la libertad del líder abertzale, de las que no constan incidentes reseñables.

Sobre el de San Sebastián, señala que es un acto de carácter político al que han anunciado su asistencia actrices, ciclistas, bertzolaris, cantantes y hasta diputados de Bildu.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional también pidió a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que adopten "las medidas cautelares que legalmente procedan" para prevenir delitos de enaltecimiento del terrorismo en los actos de homenaje a Otegi con motivo de su excarcelación tras seis años y medio en prisión por el caso Bateragune (el intento de reconstruir la ilegalizada Batasuna).

Por el contrario, la AVT considera que la finalidad de esos actos no es otra que "ensalzar a quien ha sido condenado por pertenecer a ETA", con la consiguiente "humillación y menosprecio" a las víctimas y sus familiares, sobre quienes estos actos producen "un grave impacto".