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Doctrina Parot

Torres-Dulce asegura que se cumplirá la sentencia de Estrasburgo pero que se estudiará cada caso

  • El fiscal general señala que España está obligada a cumplir el fallo
  • Insiste en que no se cuestiona la doctrina sino su aplicación retroactiva
  • CGPJ: es "equivocado" ver el fallo como consecuencia del proceso de paz

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El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha asegurado este martes que su departamento "no va a poner ninguna dificultad" en la ejecución de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que este lunes confirmó su condena a España por aplicar retroactivamente la 'doctrina Parot' a la etarra Inés del Río, pero ha insistido en que se analizara de forma individualizada cada revisión de condena que pidan los presos de ETA.

Torres-Dulce ha resaltado durante que España es un Estado de derecho y que  como tal está sujeto a la Constitución y a los tratados  internacionales, en un desayuno de Nueva Economía Fórum celebrado en Madrid. "Aunque discrepemos,  la sentencia obliga a  ejecutarla en sus estrictos términos, la Fiscalía no va a poner  ninguna dificultad a su ejecución", ha subrayado.

Ha añadido que la decisión de Estrasburgo "no cuestiona en sí  misma la doctrina Parot sino la manera de aplicar retroactivamente  dicha normativa juresprudencial" y que la sentencia resuelve un solo caso, el de Inés del Río, y no establece un marco general para todos los presos afectados.

Por ello, se examinará cada caso concreto de preso afectado por la  aplicación de esta doctrina "para decidir si procede o no procede su  aplicación". "Ni vamos a ralentizar ni a acelerar absolutamente nada", ha  indicado Torres-Dulce según recoge Europa Press.

En declaraciones a los periodistas al finalizar el acto recogidas por Efe, ha insistido en que el hecho de que la Fiscalía haya apoyado en este caso la aplicación de la sentencia no significa que vaya a ser así en todos los supuestos y ha subrayado que como siempre velará por los derechos de las víctimas.

Privación de libertad "no regular"

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó este lunes a España por privar de libertad de forma "no regular" a la etarra Inés del Río desde el año 2008, cuando debería haber salido de prisión si no se le hubiera aplicado la 'doctrina Parot'.

Estrasburgo instó a las autoridades españolas a "garantizar su puesta en libertad en el plazo más breve posible" y a indemnizarla con 30.000 euros.

La doctrina Parot fue fijada por el Tribunal Supremo en 2006 para evitar que los terroristas más sanguinarios juzgados conforme al Código Civil de 1973 por atentados entre 1976 y 1995 salieran de prisión antes de haber cumplido la pena máxima de 30 años gracias a los beneficios penitenciarios.

El Código Penal de 1973 establecía la redención de un día de condena por cada dos de trabajo. Hasta 2006 las redenciones se descontaban de la pena máxima de 30 años, pero el Supremo fijó que se descontaran de cada una de las penas individualmente empezando por la de mayor cuantía.

Gabriela Bravo: "No es serio" culpar al juez López Guerra

La portavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Gabriela Bravo, ha afirmado que "no es serio" culpar de la decisión del TEDH al representante español Luis López Guerra. A su vez, ha criticado que se esté trasladando el "mensaje equivocado" de que es "una consecuencia del proceso de paz de gobiernos anteriores". 

Es un "mensaje equivocado" ver la decisión como "consecuencia del proceso de paz de gobiernos anteriores"

"No es serio que se diga que el Tribunal Europeo hubiera cambiado si el juez español hubiera cambiado su criterio", ha subrayado Bravo a sabiendas de que el exsecretario de Estado de Justicia votó a favor de condenar a España y de imponer el pago de una indemnización de 30.000 euros a la etarra por los daños morales sufridos.

"Quienes tienen la responsabilidad de informar y opinar están trasladando ese mensaje equivocado de que esto es una consecuencia del proceso de paz de gobiernos anteriores o de que la culpa la tiene López Guerra", ha zanjado en una entrevista en Cope.

Dicho esto, ha señalado que la aportación de López Guerra "es un voto", mientras que la resolución es fruto de una "decisión unánime".

"No puede haber una respuesta generalizada para los demás" casos de terroristas

Por otro lado, aunque no ha querido opinar sobre las excarcelaciones de otros etarras que la anulación de la 'doctrina Parot' puede conllevar, cree que "no puede haber una respuesta generalizada para los demás" y "habrá que examinar caso por caso" porque "no todos estarán en la misma situación".

Gabriela Bravo ha recalcado que la Doctrina Parot aplica "de forma reatroactiva" una "liquidación de condena", y por este motivo, supone "una interpretación más perjudicial" para los terroristas. Así, ha dicho que el Tribunal Supremo "hizo una interpretación respetable". "Podemos compartirla o no, pero es respetable", ha añadido.

Asimismo, ha recordado que el Convenio el Europeo de Derechos Humanos forma parte del ordenamiento jurídico español, y por ello, "es de aplicación tan obligatoria como cualquier ley aprobada por el Parlamento". "Es la realidad jurídica", ha indicado aunque admitiendo que "desde el sufrimiento" de las víctimas de terrorismo "no se puede entender esta resolución".