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La Audiencia de Palma rebaja la fianza a Urdangarin y Torres al restar el IVA a 8,2 millones

  • El tribunal estima parcialmente los recursos que ambos plantearon
  • Y revoca el auto del juez Castro que confirmaba la cifra fijada de fianza
  • Después de restarle el IVA la cantidad ascendería a 5,89 millones
  • La Abogacía del Estado no aprecio delito fiscal de la infanta Cristina

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La Abogacía del Estado no aprecia delito en la actuación de la infanta Cristina

La Sección Segunda de la Audiencia de Palma ha estimado este viernes en parte los recursos de apelación interpuestos por Iñaki Urdangarin y su exsocio Diego Torres, contra la fianza solidaria de 8.189.448 euros fijada por el juez del caso Nóos, en el sentido de descontar el IVA de esa cantidad.

En un auto dictado este viernes, la Audiencia de Palma estima parcialmente los recursos contra la fianza planteados por los dos principales imputados en este caso, en el que se investiga el presunto desvío de fondos públicos al Instituto Nóos, y revoca parcialmente el auto en el que el magistrado José Castro confirmó la fianza que fijó para Urdangarin y Torres.Según lo estipulado por la Audiencia en su auto de hoy, la cuantía de la fianza se vería rebajada.

La cantidad se fijó a partir del precio y prestación económica de los  contratos suscritos por el Instituto Nóos y por Nóos Consultoría (más una tercera parte del total como se añade habitualmente en el cálculo de cauciones) y la Audiencia establece que "ha de detraerse el IVA ingresado", ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

De esta forma, de la cifra fijada por el juez Castro de 5,4 millones de euros, los casi 8,2 millones sin el mínimo de un tercio que se añade al calcular las fianzas, debería restarse el IVA ingresado, con lo cual si se ingresó el 18 % de IVA del total de los contratos, la cantidad defraudada rondaría los 4,4 millones, y sumándoles un tercio, la fianza quedaría en unos 5,89 millones, según recoge EFE. 

El IVA de los contratos de Nóos

 La Audiencia considera que se debe descontar el IVA que se ingresó de los contratos de los que se benefició el entramado de Nóos, como había alegado la defensa de Diego Torres, pero no el IRPF porque en las facturas no hubo retención por este impuesto.

El tribunal ha desestimado todas las demás alegaciones planteadas por las defensas de Torres y Urdangarin en sus recursos contra la fijación de esta caución.

La Sección Segunda de la Audiencia comparte los razonamientos del juez Castro al fijar la fianza para garantizar las posibles responsabilidades pecuniarias que pudieran derivarse hacia Urdangarin y Torres, en caso de ser condenados por los presuntos delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, fraude y falsedad documental por los que son investigados.

Según han explicado fuentes jurídicas, el tribunal considera que hay indicios de que los contratos públicos que se adjudicaron al Instituto Nóos y a la trama empresarial de Nóos Consultoría se concedieron solo para beneficiar a esta entidad de la que formaba parte el yerno del Rey y para agradar a la Casa Real.

"Publicitaron los vínculos con la Casa Real"

El tribunal coincide en que los responsables de Nóos publicitaron los vínculos y dieron a entender que contaban con el respaldo de la Casa Real.

Entre esos indicios, el juez Castro detalló en el auto de fijación de la fianza la modalidad de contratación elegida de convenios de colaboración, que todos se adjudicaran antes verbalmente y luego se plasmaran las irregularidades en su tramitación, el descontrol en los gastos realizados o el desvío de los ingresos hacia sociedades instrumentales.

La Audiencia de Palma también coincide con el juez Castro en que el papel de Torres no fue secundario en la trama de Nóos y en que Urdangarin no se desvinculó en la práctica del Instituto Nóos a partir de 2006 como declaró ante el magistrado como desmienten documentos que figuran en la causa y declaraciones de empleados de la entidad investigada.

Embargo de bienes

El juez instructor del caso Nóos José Castro inició el pasado 7 de febrero los trámites para embargar los bienes del duque de Palma y de su antiguo socio al no haber abonado la fianza de responsabilidad civil que les fue impuesta para poder devolver el dinero presuntamente defraudados sin son condenados.

Urdangarin presentó dos días después ante el juzgado un listado en el que detalla todos sus bienes y propiedades  en el marco del proceso de embargo.

En esta relación de bienes que el  yerno del Rey remitió al instructor se detallan sus bienes, inmuebles,  participaciones en sociedad y en empresas, incluido el chalé que tiene  junto a la infanta Cristina en Pedralbes.

En su declaración como imputado del pasado 26 de febrero, el yerno del Rey alegó que no puede hacer frente a la hipoteca del chalé que comparte con la infanta Cristina en el barrio de Pedralbes en Barcelona porque no tiene trabajo.

El pasado 14 de marzo, Castro confirmó mediante  un auto la fianza de responsabilidad civil decretada contra Urdangarin y Torres, al desestimar los recursos de  reforma que ambos imputados interpusieron contra la caución. Los dos  encausados presentaron sendos recursos de apelación ante la Audiencia  Provincial de Baleares, que ahora han sido estimados en parte.

Así, la defensa del Duque de Palma alegó, en el recurso presentado  ante la Audiencia Provincial de Baleares, que la gestión económica  del Instituto Nóos "descansaba exclusivamente" sobre éste último, a  pesar de lo cual "se pretende" que el marido de la Infanta Cristina  "peche económicamente" con los fondos percibidos por la entidad desde  las Administraciones públicas. 

En su recurso de apelación, el abogado de Urdangarin, Mario  Pascual Vives, reclamaba que se revoque la imposición de la caución  al recriminar que su patrocinado tenga que hacer a la misma en base a  la totalidad de los importes cobrados por Nóos entre 2004 y 2006,  cuando esta materia era competencia únicamente de su exsocio,  exvicepresidente y exgerente de la entidad, así como de los  excontables de la entidad.

La Abogacía del Estado no aprecia delito fiscal de la infanta Cristina

La Abogacía del Estado, personada en el caso Nóos como acusación particular en representación de la Agencia Tributaria, no aprecia delito fiscal por parte de la infanta Cristina en la información que obra hasta el momento en esta causa que investiga el desvío de fondos al Instituto Nóos, al no haber indicios de que realizara ninguna facturación a través de Aizoon

Tras el auto del juez José Castro en el que pedía a las acusaciones que se pronunciaran sobre "las líneas de investigación insinuadas" por la Audiencia de Palma en la resolución que dejó sin efecto la citación de doña Cristina a declarar como imputada en el caso Nóos, la Abogacía del Estado ha presentado un escrito en el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma.

En dicho escrito, la Abogacía del Estado señala que se investiga si el duque de Palma facturó a través de la empresa Aizoon varias retribuciones por su condición de consejero en distintas entidades privadas, han informado fuentes jurídicas.

En cambio, la Abogacía del Estado, se ha opuesto al recurso de la infanta Cristina para que no se aporten sus diez últimas declaraciones de la renta a la investigación, tal como había requerido el magistrado a la Agencia Tributaria.

En un escrito al juez instructor José Castro, la Abogacía del Estado se opone al recurso de la defensa de la infanta, que rechazó que sus declaraciones de IRPF se unieran a la causa, y pide al juez que lo desestime, según consta en el último tomo cerrado de esta causa, el número 36, al que ha tenido acceso Efe.

Por su parte, el sindicato Manos Limpias, que ejerce la acusación popular, se ha opuesto al auto del juez en el que acordó aportar a la investigación las diez últimas declaraciones de la renta de Iñaki Urdangarin pero no las de doña Cristina, "lo que dependerá de la resolución que se adopte sobre los recursos que se han interpuesto al respecto", según decía el instructor.