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El diputado Sánchez Gordillo asegura que dejará de ser aforado tras el asalto a supermercados

  • "Que me detengan. No quiero usar mi condición de aforado para nada"
  • Sánchez Gordillo asegura que repetirán los asaltos a supermercados
  • No podrá dejar de ser aforado mientras mantenga el acta de diputado

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El diputado de IU en Andalucía y el alcalde de Marinaleda (Sevilla), Juan Manuel Sánchez Gordillo, ha asegurado que renuncia a su condición de aforado. El hecho de ser parlamentario le ha permitido no ser detenido por el asalto a varios supermercados andaluces.

En declaraciones en La Sexta, recogidas por Europa Press, Sánchez Gordillo ha señalado que si le quieren meter en la cárcel por las acciones que está llevando a cabo para él "será un honor".

El diputado de IU participó la semana pasada juno a miembros del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT), al que pertenece, en la sustracción de varios carros de la compra llenos de productos de primera necesidad de dos supermercados andaluces.

Gordillo  ha avanzado que repetirán este tipo de acciones y que no tiene miedo  a ser detenido por ello. "Que me dicen: 'te van a detener'... Que me  detengan. No quiero usar mi condición de aforado para nada. Aquí  públicamente renuncio y si me quieren meter en la cárcel, para mi  será un honor, que se enteren de una puñetera vez", ha asegurado.

Solo dejará de ser aforado si renuncia al acta de diputado

Sin embargo, Juan Manuel Sánchez Gordillo no puede renunciar a ser aforado mientras mantenga el acta de parlamentario, según se desprende del Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Sin embargo, la inviolabilidad y el aforamiento que el Estatuto garantiza a los parlamentarios autonómicos son prerrogativas que pretenden proteger a los ciudadanos a los que el diputado representa y, por tanto, a las que éste no puede renunciar.

Igual que la Constitución y los reglamentos del Congreso y del Senado establecen para diputados y senadores, el Estatuto de Autonomía lo establece para los parlamentarios autonómicos.

Su artículo 101.3 dice que durante su mandato los diputados "no podrán ser detenidos por los actos delictivos cometidos en el territorio de Andalucía, sino en caso de flagrante delito, correspondiendo decidir, en todo caso, sobre su inculpación, prisión, procesamiento y juicio al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía".

"Fuera de dicho territorio, la responsabilidad penal será exigible, en los mismos términos, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo", añade el Estatuto.

El Reglamento del Parlamento de Andalucía se hace eco de esa prerrogativa remitiendo a ese mismo artículo. Añade el Reglamento que el presidente del Parlamento, una vez conocida la detención de un diputado, "o cualquier otra actuación judicial o gubernativa que pudiera obstaculizar el ejercicio de su función parlamentaria, adoptará de inmediato cuantas medidas estime convenientes, en orden a salvaguardar los derechos y prerrogativas de la Cámara y de sus miembros".

De todo ello se desprende que Sánchez Gordillo no puede renunciar a su condición de aforado mientras mantenga el acta de diputado autonómico. En consecuencia, no podrá ser detenido por el asalto a los supermercados salvo en "flagrante" delito, es decir, cometiéndolo ese mismo momento.