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La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal sustituye al juez por el fiscal en la investigación

  • Se crea la figura del juez de garantías
  • Los "imputados" pasan a ser "investigados"
  • El sistema judicial actual lleva 129 años en vigor

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Luz verde al anteproyecto de la nueva ley de enjuciamiento crimininal

El ministro de Fomento y portavoz del Gobierno, José Blanco, ha presentado junto al ministro de Justicia, Francisco Caamaño, la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), aprobada por el Consejo de Ministros.

Una ley que en palabras del portavoz, "viene a sustituir la actual, aprobada en 1882", y que "es un paso decisivo hacia la modernización del modelo de justicia, basado en un fiscal investigador".

Ambos miembros del Gobierno han coincidido en remarcar que esta reforma de la ley "afecta al 70% de los pleitos, lo que da una idea de su importancia". Caamaño ha destacado "la mayor felxibilidad y rentabilidad" que aporta esta reforma el sistema judicial español.

Entre sus aspectos más novedosos,  el fiscal, y no como hasta ahora  el juez de instrucción, dirigirá las investigaciones. Además, se  incorpora la figura del juez de garantías, encargado de velar por los  derechos fundamentales del "investigado", término que sustituye al actual "imputado", y la del juez de audiencia preliminar, que  examinará la validez del material probatorio y decidirá si se debe  formular acusación contra esa persona.

"No es una ley con menos juez, sino todo lo contrario, con más juez", ha defendido Caamaño en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en la que ha desgranado las novedades de esta reforma, que ahora se enviará al Consejo General del Poder Judicial, al Consejo General de la Abogacía y al Consejo Fiscal para que emitan los correspondientes informes preceptivos.

La futura reforma refuerza, en palabras del ministro de Justicia,  "el secreto del sumario y trabaja en  favor de la presunción de inocencia", de modo que no se facilitará la  identidad o imagen del investigado en un proceso penal durante la fase  de investigación.

Modernización del lenguaje jurídico

La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal también pretende acabar  con la denominada 'pena de telediario'. De esta forma, prohíbe  facilitar durante la fase de investigación la identidad y las  imágenes del detenido, mientras que establece que será el fiscal  quien autorice dar el resto de información a los medios de  comunicación.

Evitando los detalles que perjudiquen la presunción de inocencia, el término "imputado" será sustituido por el de "investigado".

Técnicamente, el Ministerio ha presentado al Gobierno  dos anteproyectos que forman "un todo", uno que regula por ley  orgánica los derechos fundamentales vinculados al proceso penal y  otro que desarrolla lo anterior por ley ordinaria.

El primero de  ellos está integrado por 16 artículos que también contemplan las  medidas limitativas de libertad, la intimidad de los investigados o  lo concerniente a la protección de datos.

Declaración de detenidos y registro de domicilios, también afectados

Otros aspectos que se regulan son la interceptación de las comunicaciones, la entrada y registro en domicilio, la exploración física y corporal, la protección de datos y la figura del agente encubierto en Internet para reforzar, entre otros, la lucha contra delitos de pornografía infantil.

En cuanto a la toma de declaración, la nueva ley prevé que no se pueda tomar declaración a un acusado sin la presencia de su abogado, como hasta ahora.

El anteproyecto presentado por Francisco Caamaño en el Consejo de Ministros, afecta también a la actuación de la acción popular, a la que se ponen límites objetivos y subjetivos para evitar abusos.

Las limitaciones objetivas supondrán que la acción popular no podrá actuar por sí sola como acusación si el fiscal o los perjudicados han pedido el archivo de la causa y las subjetivas impedirán que la ejerzan las Administraciones Públicas, los partidos políticos y los sindicatos.

El proceso de instrucción se limita temporalmente a un año, excepto para casos de terrorismo y crimen organizado en los que podrá ampliarse, para evitar que puedan existir investigaciones indefinidas que se alarguen durante años, lo que acaba derivando en "penas de banquillo".

Además de dejar la investigación en manos del fiscal esta reforma también refuerza la posición de los jueces como "garantes" del proceso penal, al establecer un juez de garantías, un juez de control en la audiencia preliminar y, por último, el juez que juzgará en el juicio.

De esta forma, los representantes del Ministerio Público podrán poner fin a un procedimiento en el momento en el que no se acrediten indicios de delito y serán los encargados de dirigir las labores de investigación de la policía judicial, tarea que hasta ahora correspondía a los jueces.

El Gobierno confía en poder sacar adelante esta reforma antes de que acabe la legislatura el próximo mes de marzo y espera lograr el consenso con todas las fuerzas políticas, cuando el proyecto llegue al Congreso a partir de octubre.

EL Gobierno aprueba el nuevo protocolo de actuación de la UME

El Consejo de Ministros ha aprobado también el real decreto que establece el nuevo protocolo de actuación de la Unidad Militar de Emergencias (UME), que regula su relación con las comunidades autónomas en materia de intervención.

El protocolo señala que la UME podrá utilizar efectivos y medios de otras unidades de las Fuerzas Armadas y que sus actuaciones se centrarán, fundamentalmente, en salvaguardar, proteger o socorrer la vida e integridad de las personas y de sus bienes, el medio ambiente, los espacios naturales y sus recursos, y el patrimonio histórico-artístico.

Se ordenará su intervención ante emergencias graves por riesgos naturales, incendios forestales o derivadas de riesgos tecnológicos; las que sean consecuencia de atentados terroristas o actos ilícitos y violentos; la contaminación del medio ambiente, y cualquiera otra que decida el presidente del Gobierno.

Las comunidades autónomas, siempre que la catástrofe no sea nacional, serán quienes soliciten al Ministerio del Interior la actuación de la UME y éste al de Defensa, cuyo ministro será quien ordene el cese de su intervención.