Enlaces accesibilidad

Un juzgado declara nulas las cláusulas suelo de las hipotecas de 40 entidades y obliga a devolver lo cobrado "indebidamente"

  • El Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid declara la nulidad por "falta de transparencia"
  • Condena a devolver las cantidades "indebidamente" abonadas desde el 9 de mayo de 2013

Por
Un juzgado declara nulas las cláusulas suelo de las hipotecas de 40 entidades

El Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo en las condiciones generales de las hipotecas suscritas con consumidores por "falta de transparencia" y ha condenado a 40 bancos y cajas a eliminar las citadas cláusulas de los contratos y a cesar en su utilización de forma no transparente.

De este modo, el juzgado ha estimado parcialmente la demanda interpuesta por la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas de Ahorros y Seguros de España (Adicae) y ha condenado a devolver a los hipotecados las cantidades "indebidamente" abonadas desde el pasado 9 de mayo de 2013, "con los intereses que legalmente correspondan". Ese día se hizo pública la sentencia del Tribunal Supremo, que declaró nulas las cláusulas suelo, pero sólo en los casos en los que el cliente no hubiera sido debidamente informado.

La sentencia llega diez meses después de que quedara visto para sentencia el procedimiento iniciado en 2010 a partir de una macrodemanda interpuesta por Adicae en representación de 15.000 afectados y dirigida inicialmente contra 101 entidades bancarias, que después quedarían en 40 tras los procesos de fusión.

Las cláusulas suelo anuladas por esta sentencia carecen, según ha argumentado la juez, de transparencia y son por tanto "abusivas". La magistrada argumenta que estos límites a la caída del euríbor se insertaban en el condicionado general de las hipotecas ofertadas a interés variable "sin que se resaltase la importancia de la inclusión de la cláusula" por parte de la entidad.

Según el criterio del Juzgado, esta circunstancia frustraba las expectativas de los hipotecados, puesto que al creer que suscribían un préstamo hipotecario a interés variable descubrían "sorpresivamente" una cláusula que les impedía beneficiarse de las bajadas registradas en este índice de referencia.

Los contratos hipotecarios siguen en vigor

No obstante, en su fallo la titular del juzgado, Carmen González, declara la subsistencia de los contratos de préstamos hipotecarios en vigor suscritos por las entidades bancarias demandadas en los que se hayan incluido las cláusulas cuya utilización se ordena cesar.

Y además, desestima la pretensión de Adicae de que las cláusulas suelo no respeten el equilibrio de las obligaciones y derechos del contrato y modifiquen la naturaleza de los préstamos o créditos hipotecarios. Del mismo modo, la juez ha rechazado íntegramente la demanda presentada por la asociación de usuarios contra BBVA, Abanca y Cajas Rurales Unidas.

La resolución del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid es recurrible en apelación ante la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid -la sección competente en asuntos de naturaleza mercantil- dentro del plazo de veinte días desde su notificación.

Para el TS las cláusulas suelo son "lícitas" si son transparentes

En su sentencia de mayo de 2013, el Supremo señalaba que las cláusulas suelo son "lícitas siempre que su transparencia permita al consumidor identificar la cláusula como definidoras del objeto principal del contrato y conocer el real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos".

De este modo, el tribunal declaraba la nulidad de estas cláusulas en los casos en los que el cliente no hubiera sido debidamente informado y establecía que los consumidores deben ser informados de que, cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo, variable sólo al alza, y no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia, que la mayoría de las veces es el euríbor.

Además, en febrero de 2015, el Alto Tribunal ya falló -tras estudiar un recurso del BBVA- que la banca deberá devolver las cantidades cobradas de más por las cláusulas suelo desde el 9 de mayo de 2013.