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El Supremo avala la escolarización en castellano, pero no exige cambiar el modelo en catalán

  • Los alumnos que lo pidan tendrán que ser escolarizados en castellano
  • La medida afectará a toda la clase no solo a los alumnos en particular
  • El Supremo rechaza que la medida afecte a todo el sistema educativo
  • Lee la sentencia del Supremo sobre el modelo de inmersión en pdf

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El Tribunal Supremo reconoce en una nueva sentencia el derecho de los alumnos de Cataluña a ser escolarizados en castellano como lengua vehicular si así lo piden sus familias, pero rechaza que el Gobierno catalán tenga que cambiar el sistema de inmersión lingüística en catalán.

Lo que sí reconoce es que esta escolarización en castellano no debe limitarse solo a los alumnos que lo pidan de forma individualizada, sino que debe implantarse en toda la clase "en la proporción que la Generalitat estime conveniente".

La nueva sentencia, que aclara como debe ejecutar la Generalitat otra del propio Supremo que en diciembre de 2010 estableció que el castellano tenía que ser lengua vehicular en los colegios catalanes, rechaza el recurso de un padre contra un auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de marzo de 2012 que interpretaba que el Gobierno catalán debía tomar medidas solo en casos concretos avalando el modelo de inmersión.

Este auto del TSJC, que ahora avala el Supremo al rechazar el recurso contra él, reconocía el "derecho del recurrente a que en la educación de sus hijos se utilizase el castellano también como lengua vehicular junto con el catalán" y el de recibir en castellano "todas las comunicaciones, circulares y cualquier otra documentación, tanto oral como escrita" que le dirigiesen.

El TSJ de Cataluña entendía que la Generalitat no había ejecutido debidamente la sentencia del Supremo de 2010 y instó al Gobierno catalán a adoptar las medidas necesarias para que el castellano fuera vehicular en el caso de las familias recurrentes, "reconociéndose en tal sentido su situación jurídica individualizada", informa Efe. Sin embargo, el auto dejaba sin efecto lo mismo para el "entero sistema de enseñanza en Cataluña".

Castellano en la clase que se pida

En este sentido, el Supremo explica en la nueva sentencia, con fecha 19 de febrero de 2013, que su sentencia de 2010 "ha de interpretarse" como que el derecho que se le había reconocido a que los hijos del recurrente fueran escolarizados no se satisfacía con "una atención particularizada en castellano", sino "con la entera transformación del sistema, de modo que sus hijos junto con sus condiscípulos (compañeros de clase), utilizaran, en la proporción que la Generalitat estimase conveniente, el castellano como lengua vehicular".

El sistema que debe modificarse, según el Supremo, se refiere "al seguido en el colegio y curso en que los hijos del recurrente siguieran la enseñanza", tal y como establecía el TSJ de Cataluña en el auto recurrido.

El caso se remonta a 2006, cuando una familia solicitó a la Generalitat que el castellano fuera la lengua vehicular para sus dos hijos, en 2º de la ESO y 3º de Primaria,  de forma "proporcional y equitativa" en relación al catalán en todos los cursos del ciclo de enseñanza educativa obligatoria.

La Consejería de Enseñanza lo rechazó en una resolución en mayo de 2006 que el padre recurrió ante los tribunales.

En noviembre de 2010, el Tribunal Supremo dio la razón a la familia e instó a la  Generalitat a modificar el sistema de inmersión e introducir el  castellano como lengua vehicular al mismo nivel que el catalán,  amparándose en una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatut de ese  mismo año.

Las familias acudieron entonces al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para reclamar el cumplimiento del fallo del Supremo. El alto tribunal catalán consideró "insuficientes" las respuestas de la Generalitat y en un auto de septiembre de 2011 dio un plazo de dos meses al Gobierno catalán para que implantara el castellano como lengua vehicular.

El Supremo rechaza el recurso

El Gobierno catalán recurrió este auto y el TSJC avaló en nuevo auto, de marzo de 2012, el modelo catalán de inmersión lingüística en las escuelas aunque recogía que la Generalitat debía ofrecer atención lingüística individualizada a tres familias demandantes que querían clases en castellano, informa Europa Press.

De esta forma, el alto tribunal catalán dejaba sin efecto su  resolución de septiembre de 2011, y declaró mantener "el modelo que  en la actualidad se está llevando a cabo", y que implicaba que las  escuelas de Cataluña podían mantener el catalán como lengua vehicular  de la enseñanza.

Frente a esta situación, la familia demandante interpuso un recurso de  casación ante el Supremo, que ahora ha avalado los argumentos del TSJC,  estimando la demanda de la familia en cuanto a se refiere a la  obligación que tiene la Generalitat de ofrecer enseñanza en castellano para las familias que lo pidan pero sin afectar a todo el sistema de inmersión.

Lecturas distintas del Generalitat y el Gobierno

El presidente de la Generalitat, Artur Mas, ha celebrado la sentencia del Tribunal Supremo que reconoce el derecho de los alumnos que lo pidan a recibir sus clases en castellano y catalán pero no cuestiona la inmersión lingüística, ya que esto significa, en su opinión, que "no hay que tocar el modelo".

"Celebro mucho esta resolución porque viene a decir que el modelo no hay que tocarlo y a partir de aquí los temas individuales tienen que tener respuesta individual sin perjudicar un modelo amplísimamente aceptado por la sociedad catalana", ha dicho según recoge Efe.

Sin embargo, el Ministerio de Educación interpreta que la sentencia del Supremo llega a las mismas conclusiones por las que el Gobierno ha decidido introducir en la futura ley educativa un artículo que recoge el derecho de las autonomías a proteger su lengua cooficial sin que el castellano sea excluido como lengua vehicular.