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El Supremo confirma la indemnización de 6 millones de euros por el accidente del Yak-42

  • Chapman Freeborn tendrá que indemnizar a los familiares de los 62 fallecidos
  • El tribunal ha rechazado el recurso interpuesto por la empresa alemana
  • Es la responsable de organizar el vuelo que se estrelló en Turquía en 2003

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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza que condenó a la empresa Chapman Freeborn a indemnizar con más de 6 millones de euros a las familias de los 62 militares muertos en el accidente del Yak-42, el 26 de mayo de 2003.

Así lo ha acordado la Sala Primera de lo Civil del TS al desestimar el recurso interpuesto contra esa sentencia por la empresa alemana Chapman Freeborn que, junto a Ukranian Mediterranean Airlines (UM Air), fue la responsable de organizar el vuelo que se estrelló en Trebisonda (Turquía) cuando los soldados españoles regresaban a España desde Afganistán.

La sentencia de la Audiencia de Zaragoza estableció que la causa del accidente fue fruto de "una maniobra desastrosa" de los pilotos en un intento de aterrizaje de un modo técnicamente inadecuado a las circunstancias concurrentes y descartó la incidencia de otros agentes meteorológicos o de los controladores turcos.

UM Air fue la empresa encargada del transporte, "merced a una sucesión de contratos en la que intervino Chapman Freeborn" como transportista contractual, por lo que la Audiencia Provincial, y ahora el Supremo, la consideran responsable civil del accidente, junto a la compañía ucraniana y a la aseguradora Busin Joint.

El TS, al igual que hizo en su día la Audiencia, niega por tanto que el Estado sea responsable "de la deficiente ejecución de la prestación del servicio de transporte por las empresas obligadas a realizarlo con seguridad".

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Ramón Ferrandiz, resuelve las cuestiones procesales planteadas por la empresa alemana y considera que la competencia del asunto correspondía a los órganos judiciales del ámbito civil por tratarse de una condena por responsabilidad civil contra un particular, "distinta de la responsabilidad patrimonial de la Administración".

En febrero de 2010 se celebró, en el Juzgado de Instrucción número 2 de Zaragoza, el segundo juicio civil (el primero fue anulado por la Audiencia Provincial por un defecto de forma) contra las compañías que fletaron el vuelo, que fueron condenadas a pagar indemnizaciones por valor de 6.125.000 euros.

Rechazado el recurso de la empresa alemana

También rechaza el Alto Tribunal el planteamiento de Chapman Freeman de "la existencia de un vínculo de solidaridad con el Ministerio de Defensa" por el que pedía que se le descontaran "las cantidades abonadas por el Ministerio por las indemnizaciones concedidas en cumplimiento" de un Real Decreto de 2004.

Según el TS, "la indemnización concedida por la Administración no tenía el mismo régimen jurídico que la concedida en el proceso civil, ya que no procedía de una responsabilidad del Estado por la deficiente ejecución de la prestación del transporte".

No procedía de una responsabilidad del Estado

En cuanto a las cantidades concedidas en concepto de indemnización, la sentencia recuerda que la doctrina del TS "impide entrar a conocer sobre la cuantía de las indemnizaciones" porque "corresponde a lo tribunales de instancia su fijación".

El Supremo ratifica también la competencia del juzgado que entendió de este asunto y rechaza por tanto que correspondiera a los Juzgados de lo Mercantil como pretendía la empresa recurrente.

La sentencia estableció que un error humano,  fruto de "una maniobra desastrosa", fue la causa del accidente en el que murieron los militares españoles, en Trebisonda (Turquía), el 26 de mayo de 2003, cuando regresaban a España desde Afganistán.

El fallo reconoció que era inconcebible e inexplicable la forma en que se hizo la maniobra de aproximación al aeropuerto, que calificó de "temeraria", y descartó la incidencia, en la misma, de otros agentes, meteorológicos o de los controladores turcos.

En marzo de 2010, el Tribunal Supremo confirmó la condena de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de 3 años de prisión impuesta al general de Sanidad Vicente Navarro y de 18 meses de cárcel al comandante José Ramírez y al capital Miguel Sáez por falsear las identificaciones de 30 de los 62 militares muertos en el accidente del Yak-42 en Turquía.