Enlaces accesibilidad

Guía paso a paso para reclamar las indemnizaciones por el terremoto de Lorca

  • El Consorcio de Compensación de Seguros cubre los daños
  • Para ello es necesario que los afectados tengan contratado un seguro privado
  • Los peritos del Consorcio serán quienes evalúen las cuantías de los daños
  • La información sobre el terremoto de Lorca, minuto a minuto

Por
El sábado entran en vigor las ayudas para los afectados en Lorca

Según las primeras estimaciones, el terremoto que el pasado miércoles provocó la muerte a nueve personas en Lorca podría haber causado daños materiales por valor de 36 millones de euros, aunque esta cifra no se podrá conocer en su totalidad hasta que no terminen las labores de peritaje, que se podían prolongar durante varios días.

Los técnicos del Consorcio de Compensación de Seguros, dependiente  del Ministerio de Economía y Hacienda, ya se encuentran en la localidad murciana para  evaluar los daños causados por el seísmo y que las indemnizaciones puedan ser abonadas cuanto antes. Esta es un guía breve para saber cómo se tramitan esas ayudas.

¿Quién tiene derecho a las indemnizaciones?

Todas aquellas personas que tengan suscrito una póliza de seguro con una aseguradora privada, siempre que la póliza esté vigente en el momento en el que se producen los daños y que el asegurado esté al corriente de pago de la prima.

¿Quién se hace cargo de la indemnización?

El Consorcio de Compensación de Seguros. Es un organismo público que depende del Ministerio de Economía y Hacienda y que se encarga de abonar las indemnizaciones de bienes asegurados en caso de catástrofes naturales como terremotos, inundaciones o tempestades.

En el sistema español, cuando un usuario contrata una póliza privada también suscribe un contrato con una aseguradora pública para el caso de que se produzcan riesgos extraordinarios.

¿Qué daños cubre el Consorcio?

Todos los daños personales y materiales sobre los que se haya contratado un seguro. En el caso de los daños personales, se incluyen fallecimiento; invalidez permanente parcial, total o absoluta; o incapacidad temporal. También la pérdida de beneficios derivada de daños materiales.

En cuanto a los daños materiales, la compensación contempla desperfectos en viviendas, locales comerciales, industrias, obras civiles, vehículos, etc...

¿Cómo tengo derecho a la indemnización por daños personales?

Siempre que se tenga una póliza de seguro que cubra el riesgo de accidentes de forma individual o de forma combinada con otras coberturas, o como complemento de las mismas. 

¿Qué pólizas cubren los daños a bienes?

Las que incluyan cobertura por riesgo de: incendio, robo, rotura de cristales, daños a maquinaria, equipos electrónicos, ordenadores, o modalidades combinadas de los mismos. Es el caso de las pólizas multirriesgo de hogar, de comunidades, oficina, comercio, talleres, instria, pólizas pyme y similares.

¿Y en los vehículos?

Las pólizas que incluyan algún tipo de daño al propio vehículo, como los de rotura de cristales, robo o los seguros a todo riesgo. No se incluyen las pólizas a terceros.

¿Cómo se tramitan las ayudas?

En el caso de la indemnización por daños materiales, se puede solicitar a través del teléfono 902 222 665, de lunes a viernes, entre 9:00 y 18:00 horas; o mediante la página web del Consorcio (www.consorseguros.es).

Los daños personales hay que reclamarlos por escrito, presentando la hoja de comunicación de daños -que se puede encontrar en la web del Consorcio- en la delegación regional correspondiente de este organismo. En el caso de Murcia, se encuentra en la Ronda de Garay, 10 de la capital regional.

Las propias compañías aseguradoras cuentan con personal que puede asesorar en este tipo de supuestos.

¿Quién evalúa los daños?

Después de que el Consorcio recibe la reclamación, se la traslada a los peritos que se encuentran ya trabajando en la zona. Ellos son los encargados de determinar el daño ocasionado y la cuantía de la indemnización.

¿Cuánto tarda el Consorcio en pagar la indemnización?

El plazo máximo para el pago es de tres meses, aunque según ha asegurado a RNE el director de Operaciones del Consorcio, Alejandro Izuzquiza, eso no significa que todos los afectados vayan a tardar 90 días en cobrar.

"Ya hemos recibido las primeras solicitudes, que se trasladarán a los peritos para que empiecen las labores de valoración este mismo fin de semana; los siniestros que sean más fácilmente evaluables serán indemnizados en cuestión de días", ha señalado Izuzquiza en el programa En días como hoy.

Indemnizaciones tras el terremoto

¿Y si no tengo contratado ningún seguro?

El Consorcio no cubre daños en el caso de que no se haya contratado una póliza. Los afectados que se encuentren en ese supuesto dependerán de las ayudas y subvenciones que, como ha anunciado, podrá en marcha el Gobierno.