A veces, una persona estudia algo o se dedica a una profesión y luego, la vida le lleva por otros derroteros que nada tienen que ver. Hay muchos motivos, porque te cierran el negocio, porque te despiden o porque te da la gana.
Cambiar de profesión y de sector no es fácil y menos con cierta edad, pero se puede. En este reportaje de Aquí hay Trabajo conocemos a Olga, Susana y David, son trabajadores que ya han cumplido los 45 años y no han tenido miedo en dar un giro profesional. Con formación, con un poquito de ayuda como la que ofrecen las Cámaras de Comercio, y con mucho esfuerzo personal. Estas son sus historias.
En Aquí Hay Trabajo somos 100 % servicio público y para muestra, un botón. En la píldora laboral de hoy respondemos a una seguidora de Facebook. Nos pregunta: qué es un despido objetivo y cuándo pueden hacerlo.
El despido objetivo es el que hace la empresa por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas. También pueden hacer un despido objetivo si el trabajador no es capaz de hacer el trabajo después de haber recibido formación. No por un error puntual, sino cuando es continuo y demostrable.
El despido objetivo no tiene nada que ver con el disciplinario. El despido disciplinario lo hacen por un incumplimiento grave y culpable del trabajador, por ejemplo por faltas injustificadas, robo o acoso. Recordamos que el despido objetivo es por causas económicas, técnicas o de organización.
Más diferencias, en el despido disciplinario no hay indemnización, en el objetivo sí: son 20 días por año trabajado, con un máximo de 1 año. Además, en el despido objetivo te tienen que avisar 15 días antes o pagarte por esos 15 días que no te han preavisado.
¿Y tengo derecho a paro con un despido objetivo? Sí, como en todos. Y ¿puedo impugnar el despido? Sí, también, como en todos: tienes 20 días para presentar una papeleta de conciliación, y si no hay acuerdo, puedes ir a los Tribunales.
La tasa de paro en España ha bajado del 10% por primera vez desde 2008. Así lo indican los últimos datos del INE publicados este lunes, que también arrojan otra realidad: el número de trabajadores alcanzó al cierre de 2025 un nuevo récord histórico, con 22.463.300 personas empleadas, después de que a lo largo del año se crearan 605.400 nuevos empleos.
La tasa de paro en España ha bajado del 10% por primera vez desde 2008. Así lo indican los últimos datos del INE publicados este lunes, que también arrojan otra realidad: el número de trabajadores alcanzó al cierre de 2025 un nuevo récord histórico, con 22.463.300 personas empleadas, después de que a lo largo del año se crearan 605.400 nuevos empleos. En este escenario, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha destacado que hay un "récord de ocupación en las mujeres y en la juventud en España". Por su parte, el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ha señalado que "los datos muestran un mercado laboral más fuerte, más estable, con empleo de mayor calidad y que sienta una base sólida para seguir ampliando el bienestar de todos los ciudadanos".
Carlos es de Jaén y trabaja como vigilante de seguridad en un organismo público. Denuncia que lleva 3 años sin saber dónde le toca trabajar. Nos cuenta que no le dan un cuadrante y no se puede organizar. ¿Con cuánta antelación le tienen que decir dónde y a qué hora trabaja?
Nuestra inspectora de Trabajo responde a este seguidor del programa y recuerda que todos los trabajadores tienen que saber su horario y destino con antelación para poder organizarse y establece un mínimo de 5 días para avisar de los cambios.
En Aquí Hay Trabajo los decimos muchas veces porque es muy importante: hay que revisar el Convenio colectivo. Por un montón de razones, pero en la píldora laboral de hoy os vamos a dar otra más, porque a lo mejor estás haciendo horas de más en vuestro trabajo y por no revisar vuestro Convenio, se las estáis regalando a la empresa.
El Estatuto de los Trabajadores fija una jornada máxima de 40 horas semanales, que son aproximadamente 1.800 horas al año. Y si trabajáis 38 horas y media son 1.730 horas, por ejemplo. Estos son los máximos que puedes trabajar por ley, a partir de ahí son horas extras. Pero en muchas ocasiones, esos máximos son reducidos por los Convenios que recogen todavía menos horas anuales.
Si no lo revisas, puedes estar haciendo horas de más. Cualquier hora que exceda esa jornada será hora extra y las horas extra, insistimos, o se pagan o se compensan con descanso, lo que diga el convenio.
Hay dos límites más: por un lado, como mucho se pueden trabajar 80 horas extra al año, que pueden ser menos si lo dice tu Convenio. Y por otro: las horas extras, recordamos una vez más, son voluntarias, las haces si quieres, salvo casos de fuerza mayor o que estén pactadas por escrito o en tu convenio.
Vivir en un pueblo y tener naturaleza y desconexión y vecinos cercanos tiene muchas ventajas, pero claro, también tiene inconvenientes. En nuestro país faltan centros de salud en las zonas rurales. Por eso, la Comunidad de Madrid y el Colegio de Farmacéuticos han firmado un convenio para reforzar el papel de los farmacéuticos en 70 pueblos de menos de 2.500 habitantes.
Desde ahora, los farmacéuticos rurales van a poder realizar seguimiento domiciliario a determinados pacientes, atender a domicilio o, por ejemplo, podrán usar en un futuro un defibrilador para salvar vidas. Se refuerza así el papel de los farmacéuticos rurales con este proyecto pionero y en Aquí hay Trabajo vemos cómo funciona.
En Aquí Hay Trabajo os recordamos que cuando se emite un aviso naranja o rojo por condiciones meteorológicas adversas puedes reducir o modificar tu jornada.
También dispones de 4 días de permisos retribuidos por imposibilidad de acudir al trabajo hasta que desaparezcan las circunstancias.
Sobre este permiso de 4 días por alertas meteorológicas graves, nos surgen dudas y por eso hemos llamado al abogado laboralista Juanma Lorente para que nos acalare si una alerta naranja o roja es suficiente para no ir a trabajar automáticamente. Hay matices a tener en cuenta.
En alguna ocasión hemos escuchado que se suspenden las clases en institutos y colegios. Si a nuestro hijo le cierran el centro educativo y nosotros podemos ir a trabajar, ¿qué hacemos? ¿Es obligatorio ir al trabajo aunque haya una alerta climática? ¿Hay que recuperar el día?
Lo ideal es pactar con la empresa los días de permiso retribuidos o negociar la posibilidad de implementar el teletrabajo, pero hay profesionales que no pueden acogerse al trabajo a distancia.
Y aunque haya derechos laborales ante este tipo de circunstancias, te despiden ¿qué podemos hacer? Son algunas de las preguntas que intetnamos resolver en el programa.
Hablar de porqué te pueden despedir en tu trabajo es interesante, pero más interesante es hablar de los motivos por los que NUNCA NUNCA te pueden despedir.
Hay muchas razones, hoy en Aquí Hay Trabajo te contamos 3 fundamentales por las que si te despiden, merece la pena demandar porque llevas la razón y es casi seguro que consigas una indemnización o incluso que el despido sea nulo.
Nunca te pueden despedir por no querer hacer horas extra. Así que ya sabes, si se acaba tu jornada y te piden quedarte y por lo que sea te viene fatal, y no te quedas, que sepas que si te despiden por eso, es un despido improcedente.
Todos tenemos una categoría profesional con unas funciones más o menos concretas, si te mandan hacer algo que no es lo tuyo y te equivocas, si te despiden alegando esa razón, también es un despido improcedente.
Tampoco te pueden despedir por coger muchas bajas. Por ejemplo, si te has roto una pierna, te recuperas, vas al trabajo y a la semana te coges una gripe, no es culpa tuya. Además, las bajas las da el médico, no tú. Si te echan por una baja se trata de un despido improcedente o incluso nulo.
Que sea nulo o improcedente es algo que dictamina el juez siempre que demandemos a la empresa por nuestro despido.
En Aquí Hay Trabajo siempre hablamos de cómo trabajan los demás y conocemos cómo se organizan y cómo es el día a día dentro de muchas empresas. Mañana 24 enero es el día del periodista y aprovechamos para contar cómo es el oficio del periodismo. Pero en lugar de hablar del periodismo en la tele, que estamos muy vistos, nos parece más divertido ir a ver a nuestros amigos de la radio. Hacemos una visita a los servicios informativos de RNE en la Casa de la Radio, en Prado del Rey (Madrid), donde 300 periodistas trabajan en la radio pública, la de todos, Radio Nacional de España.
Pasa en verano con el aire acondicionado y ahora en invierno con la calefacción, las guerras del termostato en las oficinas y centros de trabajo son una realidad. Unos compañeros son frioleros y suben la calefacción a tope y luego llegan los calurosos y la bajan. Unos abren la ventana para ventilar y otros la cierran enfadadísimos...
En Aquí hay Trabajo aclaramos cuál es la temperatura óptima que hay que tener las oficinas en invierno y cuáles son los grados. Objetivo: un ambiente saludable y que no nos peleemos entre compañeros. El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo sugiere, dos tramos. Para el invierno y con calefacción recomiendan entre 20 y 24 grados. Y para el verano, con aire acondicionado, entre los 23 y los 26 grados.
Lo importante es que la temperatura debe ser confortable para la mayoría, evitando el frío o el calor excesivo. Pero claro luego está que si aquí hace corriente, allí tienes el radiador al lado... En fin, otro aspecto clave es la ventilación y la humedad, que también deben ser las adecuadas.
Más allá de las guerras del termostato, ¿qué podemos hacer si por frío o por calor en nuestro trabajo no hay quien pare?
1. Informar por escrito a la empresa, mide la temperatura y explia las condiciones y el riesgo para la salud.
2. Añade pruebas, valen fotos o vídeos
3. Y si en la empresa pasan, contacta con la Inspección de Trabajo. Puedes denunciar para que se adopten medidas, la salud es fundamental y no se debe trabajar ni pasando frío ni sudando la gota gorda.
Antonio es empleado de fincas urbanas y nos pregunta por su situación y la de otros trabajadores en empresas pequeñas. Es el único trabajador de una comunidad de propietarios y no tiene ni representante laboral ni de riesgos laborales. Quiere saber cómo puede exigir que se cumplan las normas de prevención y seguridad en su puesto.
El inspector de Trabajo recuerda que todas las empresas, sin importar su tamaño, están obligadas a tener un plan de prevención y que la comunidad de vecinos debería encargar una evaluación de riesgos a un técnico de prevención. Lo primero es la salud del trabajador.
En Aquí Hay Trabajo hablamos de las pausas en el trabajo. Son un derecho del trabajador, pero atención, que en algunos casos son también una OBLIGACIÓN.
En la píldora laboral de hoy os recordamos: saltarse la pausa obligatoria en el trabajo, te puede costar un despido disciplinario. Es lo que le ha ocurrido a un operario de una empresa del sector metalúrgico de La Rioja. El trabajador, no hacía la pausa de 15 minutos obligatoria en su empresa para tomar el bocadillo y luego aprovechaba para salir 15 minutos antes. La empresa le avisó varias veces por escrito y llegó a suspenderle de empleo y sueldo, pero el trabajador ni caso. Y al final le hicieron un despido disciplinario. Un despido que el Tribunal Superior de Justicia de la Rioja ha considerado procedente.
Lo importante de esta sentencia es que el cumplimiento de los horarios y de las pausas de seguridad son un deber del empleado, y que si no se cumplen repetidamente, le da derecho al empresario a despedirle con todas las de la ley.
Hay pausas obligatorias por el tipo de trabajo que hagamos, por ejemplo si eres camionero tienes descansos sí o sí. También hay pausas obligatorias que marca el convenio o la política de prevención de riesgos de la empresa.
Y por otro lado, nada que ver, están los descansos a los que tienes derecho. Vamos a ver en qué casos: si tienes una jornada de más de 6 horas, tienes derecho a un descanso mínimo de 15 minutos. Y los menores de 18 años si trabajan más de 4 horas y media seguidas, tienen derecho a un descanso de 30 minutos. Y estas condiciones puede mejorarlas el convenio.
Así que ya sabéis, algunas pausas dependiendo del trabajo son obligatorias.
Visitamos uno de los 9 centros de formación profesional que tiene la Cruz Roja en España. Está en Madrid y además es la sede central de vehículos y ambulancias, desde donde se coordina la primera respuesta ante una emergencia.
Cada año forman como Técnicos de Emergencia Sanitaria a unos 200 alumnos, una especialización con un 80% de empleabilidad. Miriam y Lya han elegido este curso como opción laboral. Diego Íñigo, además de profesional en activo, es uno de los formadores.