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Condenado a pagar 63.000 euros a su exmujer por no hacer nada en casa durante 25 años

  • La mujer ha sido reconocida con una incapacidad permanente absoluta desde diciembre de 2020
  • La sentencia atribuye a la mujer el uso de la vivienda familiar por un periodo de tres años
Condenado a pagar a su exmujer una compensación por estar 25 años sin colaborar en casa
RTVE.es / Mañaneros
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La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a un hombre a pagar a su exmujer 63.000 euros por el trabajo que ella hizo en casa durante los 25 años que duró su matrimonio.

Y esa sentencia va más allá: la mujer tiene una incapacidad permanente desde diciembre de 2020 por problemas graves de salud, entre ellos un ictus, así que deberá pagarle también una pensión compensatoria de 500 euros mensuales y cederle el uso de la vivienda familiar durante tres años. El hombre piensa recurrir porque defiende que las tareas del hogar han sido siempre compartidas. Aunque un hijo ha testificado que nunca colaboraba en las tareas de la casa y que sólo le fue a buscar una vez al colegio y en otra ocasión, a un partido de baloncesto.

¿Qué hace distinta esta sentencia?

"No es una cantidad tan elevada, serían 210 euros al mes por muchos años, durante 25 años", afirma la abogada Sylvia Córdoba en 'Mañaneros', programa de Televisión Española.

El Tribunal Supremo, normalmente, establece que se aplica cuando es una dedicación exclusiva al hogar. En este caso la mujer también trabajaba fuera de casa: "Esto se traduce en un avance para aquellas personas que se dedican a trabajar por sus hijos y en el hogar", remarca Córdoba.

Una sentencia que está recurrida, sin embargo, la decisión del Supremo podría crear jurisprudencia para otros casos similares: "Habría que ver cuántas horas ha trabajado la mujer, las condiciones de cada uno. Pero desde luego tiene pinta que este señor no hacía absolutamente nada".

Pero, ¿en qué se basa el recurso que han presentado ante el Supremo?: "Entendemos que la sentencia no es ajustada a derecho. El trabajo tiene que ser exclusivo, las tareas domésticas tienen que haber sido efectuadas sin tener otro trabajo. Es lo que está contemplando esta sentencia", asegura Mercedes Padilla, abogada del condenado.

Para finalizar, la abogada Padilla ha comentado lo que el hijo de la pareja ha expresado ante el juez: "Entiendo que la sentencia no está contemplando todo lo que ocurrió. Se basan en el testimonio del hijo, que se posicionó a favor de la madre. No olvidemos que hablamos en el ámbito del hogar", concluye la abogada.