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La insólita batalla legal de un vecino onubense: podrá mantener a sus vacas como animales de compañía en su finca

  • La Junta reclamaba el sacrificio de los animales "obligatorio y sin derecho a indemnización"
  • Se suspende el acto administrativo y el propietario puede tener provisionalmente a sus animales
Vacas Mascotas en Lepe
FRAN ANDRADES

José Antonio Oria, vecino de Lepe (Huelva), no tendrá que sacrificar a sus dos vacas y podrá tenerlas como animales de compañía si cumplen todos los requisitos legales para ello. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado suspender cautelarmente la orden reclamada por la Junta de Andalucía, como pedía el recurrente, y permite que los animales permanezcan con el onubense mientras se resuelve el procedimiento.

La decisión judicial supone un respaldo provisional a la pretensión de este hombre, que defendía que las dos reses, Tiberia 1 y Tiberia 2, podían ser considerados de compañía tras haber sido inscritos como tales. La resolución, no obstante, mantiene inmovilizadas ambos animales en la finca donde residen desde hace años.

Según recoge la sentencia, el conflicto enfrenta al propietario con la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, que solicitaba la ejecución del sacrificio de los animales sin derecho a indemnización.

El registro, en el foco

La disputa comenzó principalmente por la identificación de las vacas. La Consejería argumentaba que estos animales pueden entrar en contacto con otros, "con el consiguiente riesgo de contagio de enfermedades como la brucelosis o tuberculosis, como el riesgo para la salud y seguridad de las personas" y subrayaba que "ni siquiera se encuentran debidamente identificados".

Ante ello, la defensa de Oria acreditó ante la sala que sus ejemplares están inscritos en el registro de Identificación de Animales de Compañía desde noviembre del 2025 y tienen sus correspondientes pasaportes, y restó importancia al hecho de que la identificación se realizara con posterioridad al inicio del expediente administrativo, lo que "no invalida su eficacia actual".

El propietario también aportó la certificación realizada el pasado 26 de marzo por técnicos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, que verificaron la correcta identificación de ambos animales mediante la lectura de sus microchips.

Un caso apoyado en la ley

El caso tiene su origen en la entrada en vigor de la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que permite que determinados animales de producción puedan ser considerados animales de compañía una vez pierdan su finalidad productiva y sean inscritos en el registro correspondiente.

Con ese argumento inició los trámites para regularizar la situación de Tiberia 1 y Tiberia 2. Ahora, la decisión cautelar del TSJA evita que sean sacrificadas mientras las partes disponen de un mes para recurrir la resolución notificada el pasado jueves.