La asociación mayoritaria de víctimas de la dana pide amparo al Constitucional ante el aforamiento de Mazón
- Denuncian que el estatuto de diputado autonómico opere como "inmunidad absoluta"
- Consideran que por este motivo se ve vulnerado el artículo 14 de la Constitución Española
La Asociación de Víctimas de la dana 29 de octubre de 2024, que representa a una mayoría de las familias de los fallecidos, ha pedido amparo al Tribunal Constitucional (TC) ante el aforamiento que mantiene el expresident de la Generalitat Valenciana Carlos Mazón al ser diputado en Les Corts. El recurso va dirigido contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que rechazó una investigación penal al expresident al no apreciar delito.
El TSJCV, al que corresponde la competencia para investigar a Mazón, ya que mantiene su acta de diputado en Les Corts, rechazó por unanimidad investigar al expresidente de la Generalitat por su actuación durante la dana al no apreciar "un fundamento sólido y objetivo” de que los hechos descritos en la exposición elevada por la magistrada de Catarroja que instruye la causa "revistan carácter de delito".
En concreto, el escrito, al que ha tenido acceso RTVE, pide amparo ante el Constitucional por dos autos de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV, del 16 de marzo y del 27 de abril de 2026, en los que rechazaba el recurso de súplica y agotaba la vía judicial ordinaria después de que la jueza instructora. La jueza de la dana había pedido al TSJCV que investigara a Mazón por "negligencia grave".
La asociación ve vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva
Denuncian que el estatuto de diputado autonómico opere como una "inmunidad absoluta" para delitos cometidos en el ámbito "ejecutivo" y "ajeno" a la Cámara autonómica como una vulneración del artículo 14 de la Constitución Española.
Las víctimas de la dana han visto "restringido" su acceso a una instrucción penal ordinaria frente a un gestor público que ya no tiene responsabilidades de gobierno sin "una justificación objetiva ni razonable", señala la asociación en el recurso.
También ven vulnerado de forma flagrante "el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de las víctimas", al no poder ser asumida la investigación por la jueza predeterminada por la Ley —debido a un aforamiento "fraudulento no permitido por el ordenamiento jurídico"— y al no asumir la investigación el propio TSJCV argumentando que no hay suficientes indicios.
La "total ausencia de avisos" derivó en el fallecimiento de 230 personas
En su recurso, la asociación denuncia que "la total ausencia de avisos de autoprotección a la población en el momento de máximo peligro para la vida humana derivó en el fallecimiento de 230 personas ahogadas en barro, heridos y daños materiales incalculables".
La iniciativa de las víctimas ante el Constitucional se produce sólo dos días después de que se haya conocido el contenido de los mensajes que Mazón envió el día de las riadas a sus entonces consellers. Desde primera hora de la mañana, Mazón intervino para coordinarse con los miembros de su Gobierno y en uno de sus mensajes —remitido a las 8:17 horas— les instó a "inundar de datos a los medios" para "desprender sensación de estar alerta que te cagas".
Consideran que "permitir que el estatuto de diputado autonómico opere como una inmunidad absoluta" para delitos cometidos en el ámbito estrictamente ejecutivo y ajeno a la Cámara vulnera el artículo 14 de la Constitución Española.
"No existe una justificación objetiva ni razonable para que las víctimas de la dana vean restringido su acceso a una instrucción penal ordinaria frente a un gestor público que ya no ostenta responsabilidades de gobierno.