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La Constitución de 1978: un récord de longevidad con reformas pendientes y el respaldo ciudadano

  • Supera los 17.329 días que estuvo en vigor la Constitución de 1876, derogada por la dictadura de Primo de Rivera
  • La Carta Magna, que ha sido reformada en tres ocasiones, es la institución que mayor confianza genera entre los españoles
La Constitución de 1978, la más longeva de la historia de España

La Constitución de 1978 será, desde este miércoles, la más longeva de la historia de España, superando los 17.239 días de la de 1876, que estuvo vigente desde su promulgación hasta el golpe de Estado de Primo de Rivera, en 1923. Por este motivo, el Congreso celebra hoy un acto conmemorativo que contará con la presencia de los reyes Felipe VI y doña Letizia y con la ausencia de partidos independentistas y nacionalistas.

En este casi medio siglo de existencia, nuestra Carta Magna se ha consolidado como el pilar para la convivencia democrática y, a pesar de que ha sido cuestionada por algunas opciones políticas y tiene algunas reformas pendientes, es la institución que mayor confianza genera entre los españoles, con una nota de 6,4 sobre 10, según la encuesta del CIS sobre tendencias sociales del pasado mes de diciembre.

La puesta en marcha de la Constitución de 1978 se considera la culminación de la transición de la dictadura a la democracia en España y fue fruto del consenso entre distintas opciones políticas, que priorizaron el bien común por encima de sus diferencias ideológicas.

Tras la aprobación de la Ley de la Reforma Política en el referéndum en diciembre de 1976, España pudo celebrar el 15 de junio de 1977 las primeras elecciones libres desde febrero de 1936. Las Cortes que surgieron de aquellos comicios iniciaron de inmediato el camino para redactar un texto constitucional, por lo que en agosto la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas del Congreso nombró a una Ponencia de siete diputados para elaborar la nueva ley fundamental, los llamados 'Padres de la Constitución': Gabriel Cisneros, José Pedro Pérez Llorca, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón (todos de UCE), Gregorio Peces-Barba (PSOE), Jordi Solé Tura (PCE), Manuel Fraga Iribarne (AP) y Miquel Roca y Junyent (Minoría Catalana, puesto cedido por los socialistas).

Secretismo y controversia

Los ponentes comenzaron a trabajar con gran secretismo, pero en noviembre de 1977 parte del anteproyecto se filtró a la revista Cuadernos para el Diálogo, lo que ocasionó una importante controversia. El 23 de diciembre se entregó el texto con un primer articulado, que se publicó en el BOE el 5 de enero del año siguiente. Comenzó entonces la fase de enmiendas, más de 3.100, lo que llevó a los ponentes a retirarse al Parador de Gredos (Ávila) para desbloquear los asuntos más espinosos. Pero el proceso entró en crisis cuando el PSOE abandonó la comisión por discrepancias con la UCD en temas educativos y religiosos.

En la etapa final, fueron el vicepresidente del Gobierno, Fernando Abril Martorell, y el número dos del PSOE, Alfonso Guerra, quienes desatascaron la negociación en los llamados 'pactos del mantel', ya que se cerraron en encuentros sin publicidad en el reservado del restaurante madrileño 'José Luis'.

Tras debatirse en Comisión y en Pleno del Congreso, la Constitución fue aprobada el 31 de octubre de 1978 en una sesión conjunta de ambas cámaras, paso previo al referéndum que se llevó a cabo el 6 de diciembre, en el que el texto fue ratificado con un 87,7% de votos favorables y una participación del 67,1%.

La Constitución de 1978, la más longeva de la historia de España

Reunión de los miembros de la Comisión Constitucional en agosto de 1977 EFE/jgv

Un texto novedoso y avanzado

La Constitución de 1978 no solo sirvió para romper con el régimen franquista, sino que introdujo importantes novedades jurídicas, situando a España en la misma línea que las democracias europeas más avanzadas. El texto definía a España como un Estado social y democrático de Derecho, cuya fórmula es la Monarquía parlamentaria, aunque limitaba notablemente el poder del jefe de Estado, al que reservaba funciones representativas y moderadoras.

También fijaba la aconfesionalidad del Estado, tras cuatro décadas de 'nacionalcatolicismo', y ampliaba notablemente los derechos y libertades, con cuestiones como la prohibición de la pena de muerte, el derecho de huelga y libertad sindical y la libertad religiosa y de culto. Pero quizá una de sus aportaciones más radicales fue el reconocimiento en el artículo 2 del derecho al autogobierno de las distintas naciones y regiones españolas, base del llamado Estado de las Autonomías.

En el Título X se recogen las circunstancias para una eventual reforma constitucional, lo que requiere una amplia mayoría parlamentaria, por lo que hasta la fecha solo se han llevado a cabo tres remodelaciones del texto: en 1992 (artículo 13), con motivo de la ratificación por parte de España del Tratado de Maastricht; en 2011 (artículo 135), para limitar el déficit de las Administraciones Públicas; y en 2024 (artículo 49), para eliminar el término 'disminuido' y sustituirlo por el de 'personal con discapacidad'.

Pero sobre la mesa están otras cuestiones que en algún momento se han planteado, como la supresión o limitación de los aforamientos, la eliminación de la prevalencia del varón en la sucesión al trono, la reforma del modelo territorial o la posibilidad de blindar la sanidad, la dependencia o las pensiones como derechos fundamentales, pero de momento no parece que se vayan a dar pasos en este sentido, teniendo en cuenta las diferencias políticas que mantienen los dos partidos mayoritarios, PP y PSOE.

La Constitución de 1978, la más longeva de la historia de España

Varios diputados aplauden tras la aprobación en el Congreso de la Constitución, el 31 de octubre de 1978 EFE/rba

Las otras constituciones

La Constitución de 1978 es la séptima en la historia de España, a la que se puede sumar el Estatuto Real de 1834, que fue más bien una carta otorgada. Vamos a enumerarlas.

Constitución de 1812. Conocida como 'La Pepa', ya que fue aprobada por las Cortes de Cádiz el 19 de marzo, festividad de San José, en el marco de la Guerra de la Independencia y como respuesta a la ocupación napoleónica. Entre las principales novedades, establecía que la soberanía ya no correspondía al rey por derecho divino, sino a la Nación, implantaba la separación de poderes e incluía algunas libertades, como la de prensa, aunque no reconocía la libertad religiosa. Estuvo en vigor unos 1.300 días en tres períodos distintos: desde su proclamación hasta el regreso a España de Fernando VII en 1814; desde el pronunciamiento de Riego hasta el final del Trienio Liberal (1820-1823) y en un breve período tras el motín de La Granja (1836-1837). Fue la base de las constituciones liberales posteriores.

Estatuto Real de 1834. Se proclamó tras la muerte de Fernando VII y durante la regencia de María Cristina, en realidad una carta otorgada que sirvió como transición entre el absolutismo y el liberalismo. Fue un documento breve (50 artículos), que establecía unas cortes bicamerales (Procuradores y Próceres), con amplios poderes para el rey y un sufragio muy restringido. Estuvo en vigor unos 850 días, hasta el motín de la Granja de 1836.

Constitución de 1937. En el marco de la Primera Guerra Carlista, la sublevación militar de la Granja supuso el fin del Antiguo Régimen y dio paso a un nuevo texto en busca de un consenso entre liberales progresistas y moderados. Introdujo un sistema bicameral con Congreso y Senado, reforzó los poderes del rey e incorporó derechos como la inviolabilidad del domicilio, la libertad de expresión o las garantías del derecho de propiedad. Estuvo vigente unos 2.700 días.

Constitución de 1945. Con la mayoría de edad de Isabel II y la llegada al poder de los liberales moderados, se dio un paso hacia el conservadurismo y se elaboró una nueva constitución, en un intento por conciliar tradición y revolución. El texto —que estuvo vigente 23 años y cuatro meses, unos 8.500 días—, eliminaba el concepto de soberanía nacional, reforzaba el poder real, limitaba el sufragio, reafirmaba la religión católica como oficial y reconocía algunos derechos, como imprenta o expresión, pero muy limitados.

Constitución de 1869. El descontento hacia Isabel II cristalizó en la Revolución de 1868, la llamada 'Gloriosa'. Esto llevó a la formación de un gobierno provisional que convocó cortes constituyentes para elaborar una nueva Carta Magna, la de 1869, un texto que consagraba la soberanía nacional y la monarquía parlamentaria, establecía el sufragio universal masculino para mayores de 25 años, y garantizaba derechos como la libertad de culto —por primera vez—, enseñanza, expresión y reunión y asociación, muy importantes en un momento en el que se estaba extendiendo el movimiento obrero. Estuvo en vigor unos 1.980 días, incluyendo el período de la Primera República (1873-1874), hasta el golpe de Estado de Martínez Campos.

Constitución de 1869

Edición original manuscrita de la Constitución de 1869 CONGRESO / FEDERICO REPARAZ

Constitución de 1876. Surgió tras la restauración de los borbones en la figura de Alfonso XII y amparó el sistema de alternancia bipartidista (turnismo) que caracterizó a la política española durante casi cinco décadas. Así, vuelve a establecer la soberanía compartida del rey con las Cortes, otorga al monarca mayores poderes —incluyendo el ejecutivo—, recoge un legislativo bicameral, instaura un Estado confesional aunque con libertad para cultos privados y reconoce derechos individuales regulables por leyes ordinarias.

Constitución de 1931. Surge tras la proclamación de la Segunda República en abril de 1931 y fue aprobada a finales de ese año. Entre otras novedades, reconocía el sufragio universal femenino, establecía un modelo de Estado integral compatible con la autonomía de municipios y regiones, separaba de forma radical a Iglesia y Estado, introducía un sistema unicameral sin Senado y contemplaba una amplia nómina de derechos sociales, incluyendo la posibilidad de la expropiación forzosa de la propiedad privada por interés social. Estuvo en vigor 2.670 días, hasta que fue derogada el 1 de abril de 1939, aunque el exilio republicano mantuvo su vigencia simbólica hasta 1977.