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Koldo pide al Supremo citar como testigos a los responsables de la auditoría de Transportes sobre la compra de mascarillas

  • También pide que comparezca Isabel Pardo de Vera para "confirmar" las manifestaciones del escrito
  • Asegura que el informe se ha usado como base para incriminarle de forma "injusta y parcializada"
El exasesor ministerial Koldo García a su llegada al Tribunal Supremo
El exasesor ministerial Koldo García a su llegada al Tribunal Supremo A. Pérez Meca / Europa Press

Koldo García ha solicitado al Tribunal Supremo que llame a declarar como testigos a los funcionarios que realizaron la auditoría en el Ministerio de Transportes sobre los contratos de compra de mascarillas, al considerar que el informe está "manipulado y sesgado". Junto a estas acusaciones, asegura que el texto incurre en una "falsedad material e ideológica en documento público y un abuso de poder" tipificado en el Código Penal como "prevaricación".

Así lo ha pedido la defensa del exasesor de José Luis Ábalos en un escrito que han remitido a Leopoldo Puente, juez instructor del caso Koldo en el Tribunal Supremo, y al que ha tenido acceso RTVE. Dicha auditoría fue encargada por el actual Ministro de Transportes, Óscar Puente, en verano de 2024 y reveló que en un período inferior a 40 minutos se duplicó la cantidad de mascarillas encargadas para comprar.

Ahora, García ha cargado contra el ministro Puente y ha pedido que comparezcan en la causa abierta en su contra al apreciar que en el informe "se ocultan datos esenciales y se tergiversan declaraciones", de forma que se construye una "narrativa carente de veracidad y rigor técnico". El informe se hizo para investigar los contratos de compra de mascarillas que el Ministerio adjudicó a la empresa Soluciones de Gestión.

Concretamente, los letrados han pedido la declaración de María Belén Villar Sánchez y Belén Roel de Lara por su "condición de responsables del informe de auditoría". Asimismo, han solicitado al magistrado Puente que haga comparecer como testigos a Isabel Pardo de Vera, Javier Sánchez y Michaux Mirando, con el fin de "confirmar las manifestaciones contenidas" a lo largo del escrito.

La auditoría contiene una "evidente orientación incriminatoria

Los abogados han defendido que la auditoría de Transportes fue encargada y ejecutada "al margen de las garantías procedimentales esenciales" y sin capacidad de "audiencia ni contradicción" por parte del propio Koldo García. Por todo esto, consideran que el informe tiene una "evidente orientación incriminatoria". Cabe destacar que Puente encargó la auditoría en febrero de 2024, pocos días después de que el asesor de Ábalos fuese detenido.

También critica que el documento fuese "inmediatamente" difundido a través de la página web del Ministerio y a los medios de comunicación, generando una "presión mediática sin precedentes". A esto hay que sumarle que el informe fue realizado de una forma "deliberadamente sesgada y con vulneración de las mínimas garantías de objetividad e imparcialidad".

Para defender estas acusaciones, los abogados han incluido en el texto una serie de ejemplos donde aprecian una falta de objetividad, como utilizar los adjetivos "preocupante" o "grave". Estas expresiones "comprometen" un informe que puede tener una "trascendencia procesal o pública".

Constituye un "abuso de poder" tipificado como "prevaricación" en el CP

Asimismo, los letrados han sostenido que las "alteraciones" del informe han servido para sustentar una "narrativa de aparente irregularidad" como base para una "incriminación mediática y jurídica injusta y parcializada contra" Koldo García.

Según recoge el informe, esta actuación ha dado lugar a una a "grave vulneración de los derechos fundamentales de mi representado, en especial de su derecho al honor, al principio de presunción de inocencia y al derecho a un proceso con todas las garantías".

Por todo esto, la auditoría no puede considerarse un "acto técnico neutral ni una auditoría regular de gestión, sino una actuación ad hoc orientada a trasladar una presunta responsabilidad penal" a Koldo. Además, han subrayado que esta "instrumentalización" de un documento público constituye una "falsedad material e ideológica en documento público, así como un abuso de poder en los términos del artículo 404 del Código Penal (prevaricación)".