El Supremo decidirá el 22 de julio sobre la petición de la defensa de Cerdán para que salga de prisión
- La defensa del exsecretario de Organización remitió un escrito al Alto Tribunal para solicitar su salida de Soto del Real
- Anticorrupción y la acusación popular que dirige el PP se oponen a levantar la medida cautelar
El Tribunal Supremo va a decidir el 22 de julio la resolución del recurso de apelación presentado por Santos Cerdán, en el que solicitaba su salida de prisión.
La defensa del exsecretario de Organización presentó un escrito hace dos semanas contra el auto que decretó su ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza por el presunto cobro de mordidas de obra pública. Además, el magistrado le acusaba de cohecho, tráfico de influencias y organización criminal.
En una providencia del Alto Tribunal conocida este martes, el Supremo ha anunciado que el magistrado Pablo Llarena será el ponente encargado de analizar el recurso interpuesto tras su entrada en prisión el pasado 30 de junio en Soto del Real.
La defensa del dirigente socialista argumentó que su encarcelamiento suponía un "grave agravio comparativo" respecto a otros investigados como José Luis Ábalos y Koldo García, que permanecen en libertad pese a que se les atribuye "una imputación fáctica mucho más amplia".
Los abogados de Cerdán sostuvieron que actualmente es "la única persona ingresada en prisión provisional" mientras el resto de encausados están en libertad, a pesar de que al exministro Ábalos se le imputan los mismos delitos.
Cerdán argumentaba que se habían vulnerado sus derechos
El recurso presentado ante la Sala Segunda se fundamentaba en la vulneración del artículo 17 de la Constitución, que proclama el derecho fundamental a la libertad y seguridad, así como el artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
La defensa invocaba jurisprudencia del Tribunal Constitucional que establece el carácter excepcional de la prisión provisional, argumentando que debe interpretarse de forma restrictiva y favorable al derecho fundamental a la libertad.
Los letrados recordaron que cualquier decisión sobre prisión provisional requiere una "motivación reforzada" que justifique la legitimidad de privar de libertad al investigado, según establece la doctrina constitucional.
El recurso hacía especial énfasis en las Reglas de Tokio de Naciones Unidas sobre medidas no privativas de libertad, destacando que la prisión provisional solo puede aplicarse cuando no existan medidas alternativas menos gravosas.
Los abogados argumentaron que el artículo 502.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que deben priorizarse otras medidas cautelares antes de decretar el ingreso en prisión del investigado.
La causa especial en la que se enmarca esta decisión investiga presuntos delitos de organización criminal, cohecho y tráfico de influencias en relación con la trama de las mascarillas, según consta en el auto de exposición razonada del 23 de octubre de 2024.
Anticorrupción y el PP se oponen a su puesta en libertad
El jefe de la Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, se opuso al recurso de apelación de Cerdán en un escrito donde asumió el "impecable" auto de Puente, desgranando el "amplísimo caudal de indicios" existentes contra Cerdán.
Luzón reiteró los argumentos plasmados en la vistilla de medidas cautelares del pasado 30 de junio, asegurando que tuvo un papel "capital" en la presunta trama que le llevó a tener ese "conocimiento privilegiado" sobre la misma, incluidos asuntos aún desconocidos por los investigadores, por lo que alegó que el riesgo de "ocultar" pruebas y "condicionar" testigos persiste.
Por su parte, el PP --que ejerce la dirección letrada de las acusaciones populares--, se opuso igualmente a la impugnación de Cerdán al ver "inasumible" que argumente que es víctima de una investigación prospectiva. "Cerdán es un político, pero ésta no es una causa política, es una causa de corrupción que afecta a personas con cargo político y personas sin cargo político", recalcó.