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La Audiencia de Valencia confirma la imputación a Pradas y rechaza investigar a Bernabé por la gestión de la dana

  • El día de la dana 228 personas fallecieron a causa de la riada
  • El presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar también se queda fuera de la investigación
La exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas, en una imagen de archivo en Les Corts Valencianas.
La exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas, en una imagen de archivo en Les Corts Valencianas. EFE/Biel Aliño
RTVE.es

La Audiencia de Valencia ha avalado la decisión de la jueza de Catarroja de investigar a la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, por su papel en la gestión de la dana. El tribunal respalda que, en esta fase del procedimiento, existen indicios suficientes para que Pradas declare como investigada, al considerar que tenía la responsabilidad actuar y contaba o podía contar con información clave sobre los riesgos provocados por las intensas lluvias. Pradas es la principal imputada en el caso que investiga la muerte de 228 personas el día de la riada.

El recurso que presentó la defensa intentaba repartir la responsabilidad entre muchas personas e instituciones y se refería a una situación compleja y confusa, pero los magistrados consideran que eso no invalida la posibilidad de que Pradas tuviera una responsabilidad clara. También, descartan la idea de que las consecuencias de la riada se debieran a la falta de mantenimiento en los cauces de los ríos. El tribunal aclara que no hay constancia de ninguna norma que obligara a realizar obras específicas en esas zonas ni de que esas obras se hubieran evitado.

El auto, que no puede ser recurrido, señala que la decisión judicial era "procesalmente inevitable" y rechaza el recurso de apelación presentado por la defensa de Pradas, que solicitaba el archivo libre de la causa. En el mismo procedimiento también figura como investigado el exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso.

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Inadmisión de la querella de Hazte Oír y el recurso de Liberium

La Audiencia ha confirmado además otras dos resoluciones adoptadas por la jueza instructora. Por un lado, ha ratificado la inadmisión de la querella presentada por la organización Hazte Oír contra el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHF), Miguel Polo, y otros cuatro altos cargos del organismo. El tribunal argumenta que la querella no concreta hechos penalmente relevantes ni los atribuye a personas concretas. Por tanto, abrir diligencias con esa base supondría incurrir en una "investigación prospectiva", prohibida por el ordenamiento jurídico.

En su auto, la Audiencia explica que no basta con tener sospechas generales o lanzar acusaciones contra un organismo solo porque sus miembros ocupen cargos importantes. Según los jueces, eso iría en contra de un principio básico del derecho penal que estipula que solo se puede exigir responsabilidad a alguien por lo que ha hecho personalmente y no por el puesto que ocupa. Recuerdan, además, que las noticias de prensa no son suficiente para abrir una causa judicial.

Por otro lado, los magistrados también han rechazado que se investigue a la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé. La acusación popular, ejercida por la asociación Liberium y apoyada por Vox, había recurrido la negativa de la jueza a tomarle declaración. La Audiencia recuerda que la delegada no tenía competencias para declarar una emergencia nacional y que, en caso como la dana, el mando único de la gestión recae sobre la administración autonómica.