La Audiencia Provincial de Madrid anula el clonado de los dispositivos electrónicos de Juan Carlos Barrabés
- Esta resolución llega tras la anulación del registro de la casa y las sedes de la compañía del empresario
- La decisión adoptada por los magistrados ordena que se destruyan las copias obtenidas de sus móviles, portátiles y correos
La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado anular todos los actos judiciales derivados de los registros efectuados el pasado mes de agosto en el domicilio y las oficinas de Juan Carlos Barrabés. En concreto, la decisión implica el borrado de la información de los teléfonos y dispositivos electrónicos incautados por los agentes de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) entonces.
Esta resolución tiene lugar después de que hace una semana trascendiera que había anulado la entrada y registro en la que se requisaron dichos dispositivos, al considerar que el titular del Juzgado de Instrucción número 41, Juan Carlos Peinado, no justificó los motivos para ordenarlos.
En un auto de 11 páginas, al que ha tenido acceso RTVE, los magistrados de la Sección 23 estiman los recursos de apelación que presentaron la Fiscalía y el propio Barrabés contra la decisión del juez Peinado de autorizar el pasado 27 de agosto "el desprecinto, clonado y volcado de los efectos informáticos en la diligencia de entrada y registro de los domicilios de Barrabés y de su grupo de empresas".
La Audiencia Provincial corrige al instructor y ordena ahora "la destrucción de las copias obtenidas". También entiende de que se deben dejar fuera de la causa "cualesquiera informes o documentos" relacionados con dichos volcados porque se adquirió "vulnerando los derechos" del investigado.
Los magistrados explican que adoptan esta decisión, "toda vez que la entrada y registro en la casa y las oficinas" de Barrabés "vulneró el derecho fundamental" del empresario porque no estaba debidamente justificada y argumentada por Peinado.
"El auto que ahora se recurre es complementario del que acordó la entrada y registro en los domicilios de Juan Carlos Barrabés y en el del grupo de sus empresas, por tanto, adolece de la misma insuficiente motivación que el auto principal", señala la Audiencia.
Además, incide en que en este caso Peinado tampoco justificó "la necesidad, proporcionalidad, utilidad y excepcionalidad" para acordar el desprecinto y volcado de los dispositivos electrónicos.
Cabe recordar que Barrabés declaró primero como testigo en el caso que investiga a Begoña Gómez —por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios— y posteriormente, en julio, el juez acordó su imputación.