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El Supremo anula el traspaso de competencias de tráfico de la Guardia Civil a Navarra

  • Concluye que no cabe emplear un Real Decreto de traspaso para atribuir una competencia no reconocida a Navarra
  • La competencia ha sido siempre de la Guardia Civil, ejerciendo la Policía Foral una función subordinada, señala la sentencia

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Un agente de la Guardia Civil realiza labores de control en la A3 en Chiva, en Valencia
Un agente de la Guardia Civil realiza labores de control en la A3 en Chiva, en Valencia. EFE/Kai Försterling

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado el decreto por el que se acordó el traspaso de las competencias en materia de tráfico de la Guardia Civil a la Comunidad foral de Navarra al estimar el recurso de la asociación Justicia Guardia Civil (JUCIL) en una sentencia que cuestiona el procedimiento que se ha utilizado para el traspaso, pero no su legitimidad. 

Los magistrados concluyen que no cabe emplear un Real Decreto de traspaso para atribuir una competencia no reconocida a Navarra en la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (LORAFNA) ni amparada en su derecho histórico. 

El real decreto anulado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS es el 252/2023, de 4 de abril, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor y su acuerdo complementario, que se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 7 de abril.

Esas competencias, según el TS podrán asumirse por Navarra, "pero, o bien reformando la LORAFNA, o bien mediante una ley orgánica del artículo 150.2 de la Constitución". Al no deducirse de la LORAFNA la referida competencia, según los magistrados, es preciso indagar qué competencias tenía Navarra respecto de tráfico y vehículos a motor al tiempo de promulgarse dicha normativa. La realidad normativa posterior y previa a la citada ley, destaca la sentencia, es que la competencia ha sido siempre de la Guardia Civil, ejerciendo la Policía Foral una función subordinada.

Los magistrados creen que del "estado competencial existente al tiempo de promulgarse la LORAFNA" no se deduce que la Comunidad Foral tenga una competencia que incluya las funciones que, en su lugar, ejerce la Guardia Civil" aunque "sí las que ejerce en concurrencia", en la que Navarra ejerce una competencia concretada en funciones de colaboración o cooperación con la Guardia Civil, pero no "un título competencial, ni con la LORAFNA ni antes de promulgarse".

Rechaza la alegación de Navarra

La sentencia rechaza la alegación que realiza la Comunidad Foral Navarra de falta de legitimación activa de la asociación JUCIL para presentar el recurso. 

El tribunal contesta que, "paradójicamente, la mejor defensa de la legitimación activa de JUCIL la hace la propia Comunidad Foral de Navarra. Para negársela, sostiene que el traspaso no afecta a la Guardia Civil y a renglón seguido, alega que los intereses profesionales, personales y familiares de los guardias civiles afectados por el traspaso están satisfechos. Para ello nos dice que podrán cambiar de funciones o seguir desempeñándolas "en otros destinos geográficos, es decir, yéndose de Navarra o, en fin, podrán integrarse en la Policía Foral de Navarra".

Para el tribunal, "es obvio que cualquiera de esas alternativas incide, al menos, en los intereses profesionales de los guardias civiles y lo hace hasta el punto de prever su integración en otro cuerpo policial".

Y para el tribunal de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con ponencia del magistrado José Luis Requero, "es obvio que cualquiera de esas alternativas incide, al menos, en los intereses profesionales de los guardias civiles y lo hace hasta el punto de prever su integración en otro cuerpo policial". 

El pasado 1 de julio se hizo efectivo el traspaso de la competencia de tráfico a Navarra por parte del Gobierno central, estableciéndose un periodo transitorio en varias fases durante el cual los efectivos de la Guardia Civil y la Policía Foral colaborarán para una óptima vigilancia de la seguridad vial en las carreteras navarras.

La competencia de tráfico a la Comunidad Foral se traspasó a raíz del pacto alcanzado por el Gobierno con EH Bildu en noviembre de 2022 para sacar adelante los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio siguiente con el apoyo de los cinco diputados de la formación vasca.

Navarra articulará "el mecanismo necesario" para asumir Tráfico

Tras conocerse la sentencia, la presidenta del Gobierno de Navarra, María Chivite, ha afirmado que el Ejecutivo "va a articular el mecanismo necesario para seguir adelante con el compromiso unánime de avanzar en el autogobierno" con la asunción de la competencia de Tráfico.

En declaraciones a los medios, Chivite ha opinado que el Supremo "se ha enmendado a sí mismo" porque "existe jurisprudencia anterior del 2018 en el otro sentido".

Para la presidenta navarra, la asunción de competencias "no es un elemento de confrontación, sino de construcción", y ha defendido que la fórmula elegida por el Ejecutivo foral para materializar la transferencia se debe a la jurisprudencia en la que se basaron tanto la asesoría jurídica del Gobierno como los letrados del Parlamento. Ambos concluyeron que la vía del Real Decreto era la correcta para dar soporte jurídico al mecanismo de traspaso, algo que el Supremo ha tumbado. 

"Defiendo y defenderé el autogobierno y el Régimen Foral de Navarra, porque es nuestro anclaje institucional. Asumir las competencias es la voluntad de prestar mejores servicios a la ciudadanía", ha aseverado.