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El Constitucional rechaza el recurso del PP contra la ley de eutanasia y limita la objeción de conciencia a los sanitarios

  • Sostiene que "no hay obligación de mantenerse con vida", al igual que hizo en marzo frente a otro recurso de Vox
  • El Partido Popular pretendía extender la objeción de conciencia a personas jurídicas pero el tribunal lo ha rechazado

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El Tribunal Constitucional avala la ley de la eutanasia
El Tribunal Constitucional avala la ley de la eutanasia.

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado en su Pleno de este miércoles el recurso contra la Ley de la Eutanasia (LORE) presentado por el PP, como ya hiciera el pasado marzo con el de Vox, basándose igualmente en que no hay "obligación de mantenerse con vida", si bien ha respondido a algunas cuestiones novedosas para limitar la objeción de conciencia a los profesionales sanitarios frente a la petición de los 'populares', que planteaban extenderla a las personas jurídicas.

Según ha informado el propio TC, "la sentencia resuelve, desestimándolas, dos quejas novedosas relativas a la objeción de conciencia de las personas jurídicas y a la utilización del proceso preferente y sumario para tutelar la eutanasia".

"En relación con la objeción de conciencia de las personas jurídicas y de acuerdo con la configuración constitucional de este derecho, la sentencia sostiene que las únicas actuaciones susceptibles de ser exoneradas del deber legal de garantizar el derecho de prestación de ayuda para morir, en los términos en que ha sido configurada por la LORE, por estar amparadas en la objeción de conciencia, son las intervenciones de los profesionales sanitarios, cualquiera que sea su categoría profesional, en la ejecución efectiva de dicha prestación", contesta la corte de garantías.

Aclara que "es solo respecto de tales intervenciones cuando debe constatarse que pueden darse situaciones de conflicto por convicciones íntimas, ideológicas o morales, que justifican el apartamiento del profesional sanitario ante una intervención que constituye, con carácter general, un imperativo legal".

Extender la objeción "pondría en riesgo la efectividad" de la eutanasia

"Más allá de estos casos excepcionales, extender la objeción de conciencia a un ámbito institucional como pretenden los recurrentes, no solo carecería de fundamento constitucional, sino que pondría en riesgo la efectividad de la propia prestación sanitaria", fijan los magistrados.

La ley, que fue aprobada en 2021 en el Congreso de los Diputados con los votos en contra de PP y Vox, establece que la eutanasia se podrá llevar a cabo a pacientes que lo soliciten y que se encuentren en un contexto de "padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable".

En marzo, el Constitucional tumbó un recurso de Vox contra la norma con nueve votos a favor y tan solo dos en contra, los magistrados conservadores Concepción Espejel y Enrique Arnaldo.