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La Junta Electoral permite a los ayuntamientos sortear las mesas de las elecciones generales desde el 22 de junio

  • Lo podrán hacer siempre que cuenten con el censo electoral definitivo y den publicidad a la fecha de realización del sorteo
  • La JEC también ha prolongado un día, hasta el 20 de julio, el plazo para depositar el voto por correo en las oficinas

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Elecciones 23J: Los ayuntamientos sortearán las mesas desde el 22 de junio
Un hombre sostiene sus papeletas de votación ante las urnas de la mesa en el colegio electoral.

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado adelantar dos días la fecha en la que los ayuntamientos pueden realizar el sorteo para asignar a los ciudadanos los puestos en las mesas electorales el 23J, de manera que se hará entre el 22 y el 28 de junio.

Los Ayuntamientos podrán hacer los sorteos desde esta fecha siempre que cuenten con el censo electoral definitivo y den publicidad a la fecha de realización del sorteo, ha indicado la JEC, que señala que estos plenos extraordinarios para los sorteos coinciden en el tiempo con la constitución de las nuevas corporaciones locales surgidas de las elecciones del 28 de mayo, prevista en la mayoría de los casos para el próximo día 17.

Según la Ley Electoral, la designación como presidente y vocal de las mesas electorales debe ser notificada a los interesados en el plazo de tres días desde la realización de esos sorteos y estos dispondrán de un plazo de siete días desde la recepción de la notificación para alegar ante la Junta Electoral de Zona que le corresponda "causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo".

Esta decisión se suma a la acordada este jueves en la que aprobó exigir el DNI en las oficinas de Correos para votar en las elecciones generales y amplió los casos que eximen de la mesa electoral por la circunstancia especial de estos comicios, que se celebran en periodo vacacional. De esta forma, quien tuviera un viaje contratado antes de la fecha de convocatoria de las elecciones y cuya cancelación ocasione un perjuicio económico grave puede quedar liberado de acudir a la mesa electoral.

Se amplía hasta el 20 de julio el plazo para depositar el voto por correo...

Asimismo, la JEC ha prolongado un día el plazo para depositar el voto por correo para las elecciones generales del 23 de julio, por lo que podrá hacerse hasta el jueves 20 de julio en las oficinas de Correos, en sus horarios habituales de apertura.

La JEC ha atendido la solicitud que le hizo en ese sentido Correos y ha aprobado esta ampliación en un día del plazo, del mismo modo que ha hecho en comicios anteriores, con una petición a la empresa para que extreme la diligencia para asegurar que los sobres puedan entregarse el día de la votación en las respectivas mesas electorales.

Cabe recordar que el plazo para solicitar el voto por correo, que se abrió el 30 de mayo, está abierto hasta el 13 de julio, incluido, y en la solicitud tiene que indicarse a qué dirección quiere el elector que le lleguen las papeletas y sobres.

...y hasta el 29 de junio para pedir el voto como residente en el extranjero

Otra resolución de la que la JEC ha informado este viernes es la ampliación hasta el 29 de junio para la solicitud del voto por correo de los electores que se encuentran temporalmente en el extranjero (ERTA), quienes tienen que inscribirse en los registros de los consulados.

La petición de esta ampliación de plazo se la hizo el PP a la JEC, que ha accedido y dará traslado de esta fecha máxima a las juntas electorales provinciales y a las direcciones generales de Política Interior, de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, para que le den la debida difusión.