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Cataluña

La Fiscalía pide un año y ocho meses de inhabilitación para Torrent por desobediencia

  • Le pide también 30.000 euros de multa por desobedecer al Tribunal Constitucional cuando era presidente del Parlament
  • Torrent tramitó dos resoluciones a favor de la autodeterminación y de reprobación a la monarquía contrarias al TC

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El conseller catalán de Empresa, Roger Torrent
El conseller catalán de Empresa, Roger Torrent.

La Fiscalía ha pedido un año y ocho meses de inhabilitación y 30.000 euros de multa para el conseller catalán de Empresa, Roger Torrent, por un delito de "desobediencia grave" al Tribunal Constitucional al permitir la tramitación de resoluciones soberanistas cuando presidía el Parlament.

En su escrito, el Ministerio Público solicita la misma pena para Eusebi Campdepedrós (actual secretario de Relaciones con la Administración de Justicia de la Generalitat) y para Josep Costa, ambos miembros de la Mesa del Parlament que presidía Torrent por JxCat.

A Adriana Delgado, que era miembro de la Mesa por ERC y participó solo en una de las tramitaciones de las resoluciones vetadas por el Constitucional, la Fiscalía le pide un año y cuatro meses de inhabilitación y 24.000 euros de multa.

Resoluciones a favor de la autodeterminación y de reprobación de la monarquía

La investigación contra Torrent y los miembros soberanistas de su Mesa se deriva de una querella que presentó la Fiscalía por la tramitación de dos resoluciones a favor de la autodeterminación y de reprobación de la monarquía, que el Parlament aprobó en noviembre de 2019, poco después de la sentencia del procés.

La juez del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Maria Eugènia Alegret, que investigó la querella, concluyó que había indicios para juzgar a Torrent y al resto de diputados de su Mesa por desobediencia, al haber actuado con "desprecio a la legalidad constitucional y previamente advertidos por el TC" cuando permitieron la votación de ambas resoluciones.

En su escrito de acusación, la Fiscalía acusa a los investigados de haber admitido a trámite las resoluciones para que fueran discutidas en el pleno "con manifiesta y previamente concertada voluntad de infringir el mandato inequívoco de las resoluciones del Alto Tribunal".

Según el ministerio público, actuaron siendo "plenamente conocedores del contenido" de las providencias del Tribunal Constitucional, a pesar de la "oposición" del resto de miembros de la Mesa y de "los expresos apercibimientos realizados por el Secretario General del Parlamento y el Letrado Mayor".

Recuerda la Fiscalía que ambos juristas habían alertado previamente sobre la "contradicción" que podían suponer los puntos relativos a "la reprobación de la monarquía, la defensa del derecho a la autodeterminación y la reivindicación de la soberanía del pueblo de Cataluña para decidir su futuro político".

En el caso de la resolución sobre la autodeterminación, la Fiscalía reprocha a Torrent la admitió a trámite a sabiendas de que el Tribunal Constitucional "acordaría de forma inmediata la suspensión de la tramitación de la moción".

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional y nula la admisión a trámite de una de las resoluciones (presentada por los grupos independentistas del Parlament y tramitada el 22 de octubre de 2019) en enero de 2020 y un mes después anuló la segunda de ellas, que derivaba de una moción presentada por la CUP.