Enlaces accesibilidad

El Gobierno no puede modificar un artículo de la Constitución, lo hacen el Congreso y el Senado

  • Analizamos cada jornada los bulos que circulan en redes sociales
  • Escríbenos por Whatsapp al 659 800 555 y verificamos por ti los mensajes que recibas

Por
Capturas de varias reacciones en Twitter al error de Yolanda Díaz, con el sello de "Inexacto"
Reacciones en Twitter al error de Yolanda Díaz

Durante la sesión de control del Gobierno del martes 11 de mayo, la vicepresidenta tercera, Yolanda Díaz, dijo en respuesta a un senador del grupo nacionalista que “le anticipo ya, conocerá, que el Gobierno de España, hoy mismo, ha modificado el artículo 49 de la Constitución”. Este artículo se refiere a la protección de personas con discapacidad, que el Gobierno quiere reformar, pero la expresión constituye un error: son las Cortes Generales las únicas que pueden realizar la modificación.

El cambio al que alude Yolanda Díaz está impulsado por el Gobierno, que aprobó ese mismo día 11 de mayo en Consejo de Ministros un Proyecto de reforma de la Constitución. Para conocer el procedimiento que se sigue debemos acudir al Título X de la Carta Magna. En él se explicita que serán las Cortes Generales (Congreso y Senado) las que aprueben los proyectos de reforma constitucional, en todos los casos. Nunca el Gobierno podrá aprobar una reforma de la Constitución, ya que no está entre sus competencias. Lo que sí puede hacer el Gobierno, y es lo que ha ocurrido en este caso, es tener la iniciativa legislativa, es decir, ser el poder que proponga a las Cortes el proyecto de reforma. Cuando la vicepresidenta tercera dijo que el Gobierno “ha modificado el artículo 49” cometió un error.

El artículo 49 de la Constitución consagra la protección de las personas discapacitadas por parte de los poderes públicos. En su redacción actual, que data de 1978, habla de “disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos”. La reforma propuesta por el Gobierno elimina el término “disminuido” y lo sustituye por “personas con discapacidad”, término recomendado por algunas guías para el lenguaje inclusivo. El proyecto de reforma también amplía el artículo 49 destacando los derechos de las personas con discapacidad en línea con los tratados internacionales ratificados por EspañaAquí puedes leer más sobre la reforma que propone el gobierno y qué opinan las asociaciones de personas con discapacidad sobre ella.

Tabla comparativa entre el artículo 49 en su redacción actual y la propuesta de modificación.

A la izquierda, el artículo 49 en su redacción actual. A la derecha, la propuesta de modificación. VerificaRTVE