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El Supremo confirma la sentencia del 'procés' y reitera que Junqueras no tiene inmunidad

  • Responde así a la petición de las defensas sobre la propia sentencia y contra el auto que impidió a Junqueras ir a la Eurocámara

Por
Junqueras exconsellers
El exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras, junto con otros exconsellers presos el pasado martes durante su participación en la comisión de investigación en el Parlament por el 155.

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del 'procés', en contra de la petición de las defensas de anular el fallo, en un auto en el que niega que se hayan criminalizado las ideas de los acusados, que buscaron "implementar una normativa antidemocrática e inconstitucional" amparados por un Gobierno autonómico "desleal".

La Sala que juzgó a los líderes independentistas rechaza los incidentes de nulidad que presentaron contra la sentencia que impuso entre 9 a 13 años de prisión por sedición, un delito que considera ha aplicado de acuerdo a la norma constitucional.

El tribunal indica que los acusados incurrieron una "flagrante usurpación de la soberanía nacional, con la última finalidad de transitar hacia la independencia y con el inmediato objetivo de presionar a las autoridades estatales, valiéndose así de una vía coactiva para lograr concesiones que facilitaran el tránsito hacia aquella lejana meta,

Confirma que Junqueras no tenía inmunidad

El tribunal del ‘procés’ también ha desestimado el recurso de súplica planteado por Oriol Junqueras y contra el auto del 9 de enero que decidió mantener en prisión a Junqueras y no permitirle acudir al Parlamento Europeo a recoger su acta de eurodiputado. El Alto Tribunal incide en que Junqueras había perdido perdido la condición de eurodiputado por la sentencia firme del 14 de octubre que le condenó a 13 años de prisión y 13 años de inhabilitación, dictada en la pieza principal de la causa.

La Sala recuerda que en el auto de 9 de enero dio cumplimiento exacto,  en sus estrictos términos,  a la decisión adoptada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación al momento en que los eurodiputados adquieren la inmunidad. Pero señala que la parte recurrente sigue obviando, a la hora de valorar las consecuencias de esa decisión, que la respuesta debe darse en el contexto en el que se planteó la cuestión prejudicial.

Ahora, explica el auto, Junqueras ya no está en prisión preventiva, sino que fue condenado por sentencia firme de 14 de octubre de 2019 a una pena de prisión de trece años y a una de inhabilitación absoluta por el mismo plazo, y esas penas se están ejecutando. Por ello, ha incurrido en una causa sobrevenida de inelegibilidad y ha perdido la condición de europarlamentario.

En consecuencia, como dijo el auto recurrido, no procede su libertad, ni procede solicitar autorización para la suspensión de una prerrogativa funcional de la que Junquera ya no es titular, en virtud de sentencia firme.