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El Constitucional pide a la Fiscalía que investigue si Torrent ha incurrido en desobediencia

  • Por admitir una propuesta que reiteraba el derecho de autodeterminación y reprobaba la monarquía
  • El Constitucional ha tomado la decisión por unanimidad y a petición del Gobierno

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El presidente del Parlament, Roger Torrent, en una rueda de prensa
El presidente del Parlament, Roger Torrent, en una rueda de prensa.

El Tribunal Constitucional ha acordado por unanimidad instar a la Fiscalía para que investigue si el presidente del Parlament, Roger Torrent, ha incurrido en un delito de desobediencia al admitir a trámite el 22 de octubre una propuesta que reiteraba el derecho de autodeterminación y la reprobación de la monarquía.

La decisión, tomada a petición del Gobierno, también se extiende al vicepresidente primero de la Mesa del Parlament, Josep Costa, y a su secretario primero, Eusebi Campdepadrós, respectivamente.

El Ejecutivo acudió al Constitucional al considerar que la propuesta de resolución volvía a incidir en aspectos que ya habían sido declarados inconstitucionales. El propio Constitucional ha avisado varias veces al presidente de la Cámara catalana sobre el riesgo penal del delito de desobediencia si ignora o elude sus resoluciones.

El TC ha estimado dos incidentes de ejecución de sentencia presentados por el Ejecutivo contra sendos acuerdos de la Mesa del Parlament, del 22 y 29 de octubre. En el primero se admitía a trámite una propuesta de resolución en respuesta a la sentencia del Tribunal Supremo por el 'procés', en la que se reiteraba la reprobación de la monarquía y la defensa del derecho de autodeterminación de Cataluña. En el segundo, se rechazaban las solicitudes de reconsideración de los grupos PSC, Ciudadanos y PP.

El Constitucional cree que Torrent no ha atendido a sus resoluciones

Los magistrados consideran que Torrent y sus dos compañeros de Mesa han incumplido el deber que, como poderes públicos, tienen de cumplir lo que el TC establece en sus resoluciones. Le pasan ahora el testigo a la Fiscalía para que proceda a "exigir la responsabilidad penal" que pudiera corresponderles.

En sus dos autos, el TC también anula parte del apartado 11 de la propuesta de resolución del Parlament -que ya estaba suspendida- en el que se señalaba que la cámara "reitera y reiterará tantas veces como lo deseen los diputados y las diputadas derecho a la autodeterminación y la reivindicación de la soberanía del pueblo de Cataluña para decidir su futuro político" y "la reprobación de la monarquía".

Además, les advierte "de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa" que suponga "ignorar o eludir" sus resoluciones, entre ellas la sentencia que declaró inconstitucional y nula la resolución del 9 de noviembre de 2015 del Parlament "sobre el inicio del proceso político en Cataluña" tras las elecciones del 27 de septiembre de 2015.