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La Fiscalía y el Supremo no ven impedimentos a que Garzón obtenga su traslado a La Haya

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La Fiscalía y la Sala Segunda del Tribunal Supremo no ven ningún impedimento para que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) declare en situación de servicios especiales al juez Baltasar Garzón y éste pueda ocupar en la Corte Penal Internacional (CPI) un puesto de consultor externo.

De esta forma, el órgano de gobierno de los jueces ya tiene en su poder cuatro de los cinco nuevos informes solicitados el viernes para tramitar el traslado de Garzón a La Haya como consultor externo de la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional. 

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se reunirá esta tarde para decidir si autoriza el traslado temporal a la Corte Penal Internacional (CPI) de La Haya (Holanda) al juez Baltasar Garzón. Según han informado fuentes del órgano de gobierno de los jueces, los vocales de la citada comisión se reunirán, tras recibir los cinco informes solicitados -sólo queda la entrega del de la Secretaría General del CGPJ- y no antes de las 19.00 horas,  ya que sus integrantes tienen que desplazarse desde Burgos hasta

En el escrito que ha remitido este martes al CGPJ, la Fiscalía afirma que no hay impedimentos legales para que Garzón, pese a haber sido suspendido cautelarmente de sus funciones en la Audiencia Nacional, pueda ser declarado en situación de servicios especiales.

Por su parte, el informe que ha enviado también y al Consejo la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) señala que no se han adoptado en ninguna de las causas abiertas contra Garzón en el alto tribunal "medidas cautelares que impidan la residencia fuera de España del mencionado magistrado".

La Fiscalía del TS es más explícita al señalar que la posibilidad de que el CGPJ declare en situación de servicios especiales a un juez provisionalmente suspendido "no puede estimarse legalmente impedida por la Ley Orgánica del Poder Judicial".

"Irrelevante" que se marche

Además, afirma que la declaración de servicios especiales para un puesto que no comporta el efectivo ejercicio de jurisdicción, ni se vincula al mismo, resulta "materialmente irrelevante" a los efectos de la finalidad que persigue la suspensión cautelar.

En este sentido, indica que la futura actividad a desarrollar por Garzón durante siete meses en el cargo de consultor externo de la CPI "no es de ningún modo jurisdiccional y sí, con carácter exclusivo, la de asesor legal de la Fiscalía" de este órgano, situación que -resalta- no supone ningún tipo de inmunidad procesal.

"El fiscal no halla obstáculo para que pueda pasar el magistrado suspenso a la mencionada situación de servicios especiales", concluye el informe firmado por el teniente fiscal del TS, Juan José Martín-Casallo, que recuerda además que el Ministerio Fiscal ha considerado inocente a Garzón en su calificación provisional de los hechos imputados al juez por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo.

Exteriores ya se pronunció a favor

Por último,  la Fiscalía indica que "razones de coherencia" imponen al Ministerio Fiscal el deber de promover un criterio interpretativo restrictivo en relación con las medidas provisionales o cautelares, como lo es la suspensión de Garzón, que determinen una limitación significativa de derechos aún no vulnerando el principio de presunción de inocencia.

El Ministerio de Asuntos Exteriores ya informó este lunes al CGPJ de que sigue respaldando el traslado temporal de Garzón a la CPI, mientras que la Fiscalía de este tribunal, dirigida por el argentino Luis Moreno Ocampo, remitió otro escrito en el que se asegura que la suspensión provisional del juez no constituye obstáculo para su contratación.