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Sniace y sus filiales Celltech y Viscocel entran en concurso de acreedores

  • Sniace despidió hace un mes a 515 trabajadores de su fábrica de Torrelavega
  • La administración concursal la integran la CNMV y el Banco Sabadell

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Trabajadores de Sniace protestan tras abandonar su encierro
Trabajadores de Sniace protestan tras abandonar su encierro.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ha declarado en concurso voluntario de acreedores a Sniace y sus filiales Viscocel (división de fibra) y Celltech (celulosa).

El juez decreta que la administración concursal estará formada por una persona designada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el Banco Sabadell en calidad de acreedor. La fecha de la declaración de concurso se retrotrae a la de presentación de la solicitud, que tuvo lugar el 26 de junio.

El concurso de acreedores de Sniace se tramitará por el procedimiento ordinario. Sniace conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometida a la autorización o conformidad de la administración concursal.

La declaración de concurso se produce un mes después del despido masivo de la plantilla de la fábrica de Torrelavega (515 trabajadores) al finalizar sin acuerdo la negociación del expediente de extinción.

Tras la publicación del auto de declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los acreedores tendrán un mes de plazo para notificar a la administración concursal las cantidades que Sniace les adeuda. El Gobierno de Cantabria y los trabajadores han confirmado que se personarán. En el caso del Ejecutivo autonómico, por una deuda de "más de 13 millones de euros" en concepto de canon de saneamiento por los aplazamientos de pagos de los últimos años en favor de Sniace.

Insolvencia de Sniace

El auto confirma que de la documentación aportada por el grupo se desprende su "estado de insolvencia" (Sniace cifra su pasivo actual en más de cinco millones). Asimismo, señala la "especial complejidad" del concurso, y su "especial trascendencia" al ser el número de trabajadores "muy superior" a los 100 que establece la Ley Concursal.

Al tratarse de una empresa que ha cotizado en Bolsa, el Juzgado de lo Mercantil ordena el nombramiento como administrador concursal de un miembro del personal técnico de la CNMV u otra persona cualificada. Añade a un administrador acreedor titular de créditos ordinarios o con privilegio general no garantizado, de entre los que figuren en el primer tercio de mayor importe y elige al Banco Sabadell.

La administración concursal tendrá que presentar su informe en el plazo de dos meses (contados a partir de la fecha en que se produzca su aceptación).

El auto ordena además inscribir la declaración de concurso en el Registro Mercantil y preventivamente en los Registros de la Propiedad, o notificar la resolución a los juzgados que tramitan procesos contra Sniace, así como al Fondo de Garantía Salarial, a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.