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La "influencia" de Blanco causó una "fuerte presión" en el alcalde de Sant Boi

  • Si la decisión final resultó de la influencia la pena podría llegar a los dos años
  • El exministro delinquió simplemente al influir en el alcalde de Sant Boi
  • José Blanco, imputado en el caso Campeón, recurrirá ante la Sala
  • El TS ha elevado formalmente su propuesta de suplicatorio

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El instructor del caso Campeón en el Supremo, José Ramón Soriano, ha formalizado su petición de suplicatorio para actuar contra el exministro socialista José Blanco por un delito de tráfico de influencias. Considera que los cargos del exministro supusieron una "notoria intervención" y "fuerte presión" hacia el alcalde de Sant Boi. La pena podría ir de los seis meses a los dos años de cárcel.

Considera Soriano que el exministro socialista "intervino notoriamente", si bien a través de terceros, para llegar al alcalde de Sant Boi de Llobregat al objeto de que tratara de otorgar una licencia a la empresa Azkar, cuyo vicepresidente es su "amigo personal" José Antonio Orozco, "sin necesidad de llevar a cabo alteraciones en el proyecto" que este le había presentado "evitándole así desembolsar importantes cantidades".

Para el instructor del caso, los cargos que ocupaba Blanco en dicho momento "supuso una fuerte presión" para el alcalde barcelonés a la hora de decidir y además "cualquiera que hubiera sido la decisión, el bien jurídico protegido habría quedado lesionado".

En un auto que tiene fecha de 28 de mayo, el magistrado del alto tribunal reproduce el relato de hechos realizado por la Fiscalía el pasado mes de marzo para concluir la presunta comisión por parte del actual diputado del PSOE de un delito de tráfico de influencias del artículo 428 del Código Penal.

Ahora el exministro recurrirá ante la Sala en contra de esta decisión, aunque lo que habitualmente sucede es que el tribunal no desautoriza al juez instructor.

Así, si no acepta el Supremo el recurso de Blanco, una vez el Congreso conceda el suplicatorio, Soriano dictará auto de transformación del procedimiento en abreviado, lo que supondrá elevar a la Sala el caso para abrir juicio oral contra el inculpado, quien podría ser absuelto o no.

En otras palabras, en ese juicio se demostrará o no si Blanco, que era ministro de Fomento cuando sucedieron los hechos, pudo haber cometido un delito de tráfico de influencias.

Es "indiferente" si se consiguió el objetivo

Soriano adelanta en su auto, en este sentido, que "es indiferente que el que presiona para conseguir una resolución favorable a sus intereses o a los de un familiar o amigo haya conseguido su objetivo, ya que si realmente lo consigue integra la figura cualificada del inciso final del artículo 428 del Código Penal".

Es decir, Soriano apunta que Blanco delinquió simplemente al influir en el alcalde, al margen del resultado de su gestión.

El artículo 428 señala que "el funcionario público o autoridad que influyere en otro funcionario público o autoridad prevaliéndose del ejercicio de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica con éste o con otro funcionario o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero, incurrirá en las penas de prisión de seis meses a dos años". "Si obtuviere el beneficio perseguido, estas penas se impondrán en su mitad superior", añade el citado artículo.

Soriano apunta que, de considerar el tribunal que la decisión final resultó de la influencia de Blanco, la pena podría llegar a los dos años de cárcel, a lo que se sumaría una multa por el doble del beneficio perseguido e inhabilitación por cargo público de tres a seis años.

En su auto Soriano señala también que "los cargos que a la sazón ostentaba el imputado y la elección del mandatario adecuado, supuso una fuerte presión para el alcalde a la hora de decidir", algo que alteró la objetividad del mandatario para tomar una decisión, lo que en sí constituyó el delito.

El bien jurídico a proteger es que "las autoridades y funcionarios realicen o adopten decisiones con objetividad y sin condicionamientos", especifica el juez, al margen de que estas influencias logren resultado o de que éste sea legítimo.

Así, para Soriano, lo grave fue que Blanco "intervino notoriamente" para que el alcalde de Sant Boi otorgara una licencia para construir una nave cerca del aeropuerto barcelonés de El Prat a su amigo José Antonio Orozco, quien se evitó así desembolsar importantes cantidades.