La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha revocado el pronunciamiento de sobreseimiento provisional en relación con el exdiputado y exsenador del PP Miguel Prim "por su posible intervención en un delito de tráfico de influencias" en el denominado "caso Fabra".
El sobreseimiento fue dictado por el juzgado de Nules (Castellón) que investiga al expresidente de la Diputación de Castellón Carlos Fabra por los delitos de tráfico de influencias y cohecho, entre otros, tras las querellas presentadas por el empresario Vicente Vilar, que acusó a Fabra de recibir dinero para agilizar el permiso administrativo de productos de una empresa de fitosanitarios.
Según el auto judicial, hecho público por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, "los indicios existentes contra Miguel Prim son suficientes como para justificar la continuación de las actuaciones".
En el auto se recuerda que "no se exige para la consumación del delito de tráfico de influencias que se produzca un beneficio para sí o para un tercero", sino que "el delito se consuma desde el momento en que se influye en el funcionario público o autoridad".
En este punto, se cita el contenido de una carta que remitió al ministro de Agricultura, entonces Miguel Arias Cañete, para pedirle que se diese "luz verde" a determinados productos que comercializaba una empresa participada por las mujeres de Fabra y Vicente Vilar.
El juez llama la atención sobre el hecho de que "no pide que se siga la tramitación administrativa que corresponda, sino que, 'a la mayor brevedad posible' se 'dé luz verde' a los citados productos".
Por otra parte, la Audiencia de Castellón ha confirmado el sobreseimiento provisional para Rafael Milán, Rubén Moreno y María Dolores Flores y se acuerda que éste sea definitivo en el caso de Pilar Máñez.
Pilar Máñez fue directora general de Calidad Ambiental de la Conselleria de Medio Ambiente; Rafael Milán fue director general del Ministerio de Agricultura; Rubén Moreno es actual diputado nacional del PP y exdirector del Centro Superior de Alta Tecnología Científica para la Investigación en Biomedicina y en Transplantes de Tejidos y Órganos de la Comunitat Valenciana; y María Dolores Flores fue directora general de Salud Pública del Ministerio de Sanidad.
Los magistrados han dado la razón a los abogados de Pilar Máñez, que defienden que el sobreseimiento debe ser libre y no provisional y afirmaban que "tras seis años de procedimiento no puede derivarse la comisión de ilícito penal alguno".
También han expuesto estos letrados que "la recurrente, al igual que otras personas, se limitó a atender las peticiones de información procedentes del resto de imputados, principalmente de Carlos Fabra, sin que recibiese contraprestación alguna".
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