El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ha procesado este jueves a las empresaris Blanca Rosa y María Isabel Bruño Azpiroz y al industrial Luis Amenabar Alday por haber cedido a la extorsión de la organización terrorista ETA pagando el denominado 'impuesto revolucionario'.
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 formalizó este trámite tras tomarles declaración indagatoria durante la mañana del jueves.
Las hermanas Bruño Azpiroz, socias de las empresa Andrés Bruño e Hijos, están imputadas por un delito de colaboración con organización terrorista por abonar 6.000 euros a la banda "voluntariamente" y "sin coacción". Ambas empresarias fueron detenidas el pasado junio, están en libertad bajo el pago de una fianza de 20.000 euros.
Sus nombres aparecieron en una carta intervenida en abril de 2008 al ex jefe del aparato político Francisco Javier López Peña, 'Thierry', en la que éste les agradecía su aportación "por la libertad de Euskal Herria".
Garzón entiende que, "sin coacción ni amenaza acredita de por medio", las dos imputadas "hicieron efectiva una cantidad que la organización recibió para los fines delictivos a los que se dedica".
Las hermanas Bruño Azpiroz admitieron haber recibido en 2003 y 2005 dos cartas de extorsión de ETA, aunque aseguraron que no habían pagado lo que se les pedí. Para Garzón "lo cierto es que, según la carta intervenida a ETA, fue realizado presuntamente en concepto de la aportación voluntaria y, por ende, entra en la categoría de acto de colaboración con apariencia delictiva".
Blanca Rosa Bruño Azpiroz fue firmante de la plataforma Aukera Guztiak, declarada ilegal el 29 de marzo de 2005, mientras que su hermana María Isabel formó parta de la candidatura de Euskal Herritarrok en las elecciones de 1999 en las Juntas Generales por Orio (Guipúzcoa).
El tercer procesado, Amenabar Alday, habría efectuado un pago a la banda en julio de 2007. Garzón le procesó por el delito de omisión del deber de impedir delitos o de promover su persecución, contemplad en el artículo 450 del Código Penal y penado con entre seis meses y dos años de cárcel
Garzón archivó la causa abierta contra otros 14 empresarios también acusado de ceder a la extorsión de ETA. El Juez de la Audiencia nacional constató que el pago lo ralizaron entre 1993 y 2004, por lo que el delito habría prescrito.
Según el juez, no consta que cometieran el delito colaboración con organización terrorista, ya que sus pagos "no fueron voluntarios ni guiados por una finalidad de contribución a los fines de la organización".
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