Enlaces accesibilidad

La Audiencia Nacional desestima un recurso contra RTVE en materia de transparencia

  • Ratifica la anulación de la resolución del Consejo de Transparencia y la improcedencia de facilitar información referente a los costes de la programación de Nochevieja de 2015

Por

La Sección 7ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha notificado a la Corporación RTVE la sentencia del 11 de septiembre por la que desestima el recurso de apelación interpuesto por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y confirma la sentencia del 21 de abril de 2017 del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 9, por la que se declaraba que no era legalmente procedente facilitar información referente a los costes de la programación de Nochevieja de 2015.

La Audiencia Nacional aprueba los argumentos de RTVE y entiende que la información solicitada requería una "acción previa de reelaboración", que es una de las causas de denegación de la información pública reguladas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia. Esta sentencia reitera lo afirmado en la anterior sentencia de la Audiencia Nacional de 24 de enero de 2017 en cuanto a que "el derecho a la información no puede ser confundido con el derecho a la confección de un informe por un órgano público a instancia de un particular".

Asimismo, la Audiencia Nacional también afirma que aun cuando el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno debe llevar a cabo una labor de información general, "un mínimo de prudencia exige que no lleve a cabo un asesoramiento particularizado, que puede condicionar su resolución final".

Por último, declara que cuando la información afecte a terceros (en este caso, se refería a las condiciones contractuales y económicas de los presentadores de la gala), el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno debería haberles dado audiencia antes de pronunciarse, lo que no hizo. Además, en referencia a su ámbito personal y profesional y a la manera de desarrollar su actividad, el órgano jurisdiccional señala que "no se entiende qué relación tiene la información concedida con la finalidad recogida en el preámbulo de la Ley".

RTVE

anterior siguiente