El juez acepta la petición de Cerdán y autoriza una pericial para comprobar si los audios de Koldo fueron manipulados
- Además, acuerda facilitar una copia de las grabaciones que se recogen en el auto en el que decretó prisión para Cerdán
- Desestima el resto de diligencias, como investigar la relación de Koldo con la Guardia Civil, por considerarlas "inútiles"
El juez que instruye el caso Koldo en el Supremo, Leopoldo Puente, ha aceptado la petición del ex secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, de realizar una prueba pericial sobre los audios intervenidos al exasesor ministerial Koldo García para comprobar si han podido ser objeto de "alguna clase de manipulación, corte o edición".
En un auto dictado este jueves, el magistrado acuerda la práctica de una pericial para determinar si los archivos de audio contenidos en el informe policial de 5 de junio de 2025 resultan auténticos o si han sido manipulados, como ha sugerido la defensa de Cerdán.
El juez designa que dicha pericial deberá ser practicada por el Departamento de Ingeniería Digital del Servicio de Criminalística (SECRIM) de la Guardia Civil, debiendo ser redactado el informe por dos de sus especialistas y presentado en esta causa especial "a la mayor brevedad posible".
El Supremo envió el pasado 30 de junio a Cerdán a prisión provisional por presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias y cohecho al considerarle el supuesto cabecilla de una trama de cobro de comisiones a cambio de adjudicación de obra pública.
Durante su declaración ante Leopoldo Puente, el exdirigente socialista alegó que los audios analizados por la UCO estaban descontextualizados. Según su abogado, Cerdán no recuerda haber tenido "conversaciones de esa naturaleza" y cree que las grabaciones fueron realizadas por Koldo García, por lo que están intentando saber si están "íntegras".
Sin embargo, cuando decretó prisión provisional para Cerdán, el juez señaló en su auto que para que estas grabaciones fueran producto de una manipulación sería necesario que "la fuerza actuante" alterara de forma "evidentemente delictiva" los archivos o que Koldo García los hubiera creado a lo largo de varios años "imitando la voz" de Cerdán y contextualizando los archivos "con ciertos mensajes de texto intercambiados".
Facilitará solo una copia de los audios del auto
Por otro lado, el magistrado ha accedido parcialmente a la petición de facilitar a la defensa una copia íntegra del material intervenido en el domicilio de Koldo García.
Aunque rechaza trasladarle la totalidad de las "evidencias digitales" por la vasta cantidad de información recopilada -calcula el juez que se superan los 10 terabytes, lo que se plasmaría en 65 millones de páginas en caso de ser volcada por escrito-, sí que acuerda ofrecer una copia de los audios incluidos en el auto por el que acordó su ingreso en prisión provisional.
En concreto, se dará una copia de los archivos contenidos en tres teléfonos de la marca Iphone y la grabadora de la marca Philips, "únicos en este momento disponibles e identificados". Estas grabaciones serán facilitadas a todas las partes que lo soliciten, añade el escrito.
Desestima el resto de diligencias solicitadas por Cerdán
El auto desestima, además, la práctica del resto de las diligencias de investigación propuestas por la defensa de Cerdán por considerarlas "inútiles o perjudiciales". Entre ellas figuraba pedir a la Dirección General de la Guardia Civil todas las colaboraciones que hubiera realizado Koldo García con unidades de la Benemérita entre 2018 y 2024.
El juez argumenta al respecto que “en nada contribuirá a la determinación” del objeto de la investigación "conocer el número de oportunidades" en las que Koldo García hubiera podido realizar "cualquier clase de colaboración con las fuerzas y cuerpos de seguridad" en relación con "qué concretos asuntos (siendo claro que no con respecto al que ahora importa) y protagonizando qué particulares conductas".
Tampoco acepta la petición de que se solicite al Juzgado Central de Instrucción número 32 de la Audiencia Nacional -que también instruye el caso Koldo- que remita la totalidad de las diligencias que se siguen allí.
Puente expone que son dos procedimientos que, aunque presenten cierto vínculo, tienen "un objeto distinto", tanto por lo que se refiere a los hechos que en uno y otro se investigan como por lo relativo a las personas que, en cada caso, tienen en ellos el estatus de investigado. Cabe recordar que el Supremo está llevando a cabo la investigación relativa a aquellos que contaban con condición de aforado.
"Es claro que el abigarramiento que se produciría, sin fundamento material alguno, en uno y otro procedimiento, si se hubieran de unir recíprocamente las actuaciones practicadas en uno al otro, solo dilaciones y amontonamiento desordenado de diligencias ajenas", agrega.