¿Los jueces que hacen huelga dejan de cobrar su sueldo esos días?
- El comunicado sobre "las mil y una togas" y las claves de la reforma judicial
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A raíz de la huelga de tres días convocada el 1 de julio por jueces y fiscales contra la reforma del Gobierno, sigue en el aire si se les descontarán de su sueldo los días que han secundado la convocatoria. El Ministerio de Justicia lo ha solicitado, pero el Consejo General del Poder Judicial no ha recogido los datos porque considera que la huelga no tiene base legal. En VerificaRTVE te explicamos cuál es la situación y qué debe ocurrir para que jueces y magistrados no perciban el salario de los días en que han secundado la protesta.
A fecha de publicación de este artículo, el Ministerio de Justicia no ha descontado de las nóminas de jueces y magistrados los días de paro que han secundado la protesta, en el marco de la convocatoria celebrada del 1 al 3 de julio. Lo confirma a VerificaRTVE el departamento que dirige Félix Bolaños, que manifiesta su intención de "detraer el salario" de quienes han secundado la protesta. Sin embargo, el ministerio sostiene que este trámite es complejo porque sin la colaboración del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), no puede aplicar ningún descuento en las nóminas.
Sin datos de seguimiento, el Ministerio no puede descontar la huelga
El Ministerio de Justicia ha solicitado tanto al CGPJ como a la Fiscalía General del Estado los datos oficiales sobre quiénes han secundado la huelga de tres días. Sin embargo, este jueves, el CGPJ ha informado de que no ha contabilizado los datos de participación porque "carece de competencia para recabar imperativamente datos de identidad de quienes participen en una huelga". El propio pleno del CGPJ considera "no anunciada" la convocatoria, según el acuerdo adoptado el 26 de junio de 2025.
La clave es que, a juicio del órgano de gobierno de los jueces, no existe ninguna ley que reconozca el derecho a la huelga de jueces y fiscales. De hecho, aunque la Constitución reconoce este derecho para todos los trabajadores, la Ley Orgánica del Poder Judicial solo lo aplica a los funcionarios de la administración de Justicia. El CGPJ también señala en su comunicado de este jueves que el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha facilitado públicamente datos de participación en la huelga, con una incidencia media del 31,04% durante los tres días. Sin embargo, esto no quiere decir que el Ministerio pueda descontar la nómina.
El precedente de 2018: es el CGPJ el que controla a los jueces
Con Dolores Delgado como ministra de Justicia, sí se llevó a cabo un descuento en las nóminas de los jueces que participaron en la huelga convocada en noviembre de 2018 para exigir más medios y la despolitización de la justicia. Ante esta convocatoria similar, se descontaron por primera vez de las nóminas de los jueces la parte correspondiente. Entonces, uno de los afectados por esta decisión recurrió y la Audiencia Nacional le dio la razón.
La sentencia, fechada el 6 de noviembre de 2020, determinó que el Ministerio no era competente para controlar la jornada laboral de los jueces, sino que esta función compete al Consejo del Poder Judicial. El recurrente argumentó que la decisión de descontar el salario "se adoptó por un órgano administrativo manifiestamente incompetente" y el juez consideró que el secretario de Estado de Justicia, órgano dependiente del Ministerio, no tenía efectivamente competencia "en cuanto al control del cumplimiento de las horas". En conclusión, sentenció que se le devolviese el dinero. Tras esta sentencia de noviembre de 2020, según informó el Ministerio de Justicia a Eldiario.es, las cuantías fueron devueltas a todo el personal que secundó la huelga.
Por tanto, después de este precedente corresponde al Consejo General del Poder Judicial recabar los datos de seguimiento de una huelga de jueces y magistrados. Sin ellos, el Ministerio de Justicia no puede descontar las jornadas no trabajadas en el marco de esa protesta judicial. Todo parte de que, hasta la fecha, existe un vacío legal y procedimental sobre la aplicación del derecho de huelga en el caso de los jueces y magistrados.