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Elecciones catalanas 2021

El miedo a la COVID como argumento para renunciar a la mesa electoral: "Antes del voto está el derecho a la salud"

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Una mujer ejerciendo su derecho al voto
Una mujer ejerciendo su derecho al voto

Cuando Cristina Casanovas recibió la pasada semana la convocatoria para acudir el próximo día 14 de febrero a una mesa electoral de Tarrasa (Barcelona) en condición de presidenta, se echó a temblar. A diario ayuda a su madre, con antecedentes pulmonares, al cuidado de su padre y su abuela, que pertenecen también a colectivos de riesgo, por lo que teme en las consecuencias que una medida “sin sentido” como unas elecciones en mitad de una pandemia pueda tener en la salud de sus familiares.

Antes del derecho a voto está el derecho a la salud

“No se trata de algo de vida o muerte. Las elecciones se pueden posponer perfectamente ya que antes del derecho a voto está el derecho a la salud”, nos cuenta con indignación esta vecina, que desde el pasado mes de marzo ha reducido a la mínima expresión sus contactos y salidas diarias, que se limitan a trabajar y a atender a los suyos.

En la misma situación se encuentran muchas de las 82.251 personas convocadas a las mesas electorales de los próximos comicios catalanes. Algunos acusan tener familiares fallecidos por coronavirus o ingresados en cuidados intensivos por la misma causa. Otros conviven con personas de riesgo y muchos, simplemente, tienen miedo a poner en peligro su propia salud.

Para el Govern, sin embargo, este argumento no es suficiente. “El miedo no vale, hay garantías", aseguraba esta semana el director general de Participación Ciudadana y Procesos Electorales, Ismael Peña-López. La Generalitat hará pruebas de antígenos a los componentes de las mesas en los días previos a las elecciones, proporcionará mascarillas y también equipos de protección individual (EPI) para el último tramo de la votación, reservado a las personas contagiadas y en cuarentena.

Los convocados, por su parte, dudan de la efectividad de las mismas ya que nadie les ha explicado cómo utilizar los EPI y alegan no tener experiencia previa para quitárselos, que es la parte más "delicada" del proceso. “Si es tan seguro, ¿por qué no van ellos?”, se pregunta Cristina. A su jucio, en un momento con más de 40.000 contagios notificados a diario, les obligan a anteponer su salud y la de los suyos, "pasando los derechos por encima de los ciudadanos". "¿De verdad es imprescindible? Estoy destrozada y muerta de miedo", nos confiesa.

Movilización por el derecho a la salud

Precisamente muchos de los afectados han creado un grupo de Telegram -#NOasermembremesa2021, que ya cuenta con más de 4.000 seguidores- para enviar una carta al Síndic de Greuges, Rafael Ribó, con el objetivo de que defienda su derecho a la salud. En la misiva consideran que están ante una situación "de alto riesgo", tanto para ellos como para sus familias, y manifiestan que las administraciones públicas están infringiendo su "derecho fundamental" a la salud, recogido en la Constitución Española.

Tras asegurar que han "respetado y seguido el confinamiento, la distancia social, hacer teletrabajo en la medida de lo posible, usar mascarillas y una larga lista de recomendaciones", estos miembros designados para las mesas electorales consideran que ahora se les "obliga" a "incumplir todas estas directrices". Aseguran también que los médicos y epidemiólogos han advertido "del peligro que todo esto conlleva".

Por ello, aluden a los artículos de la Constitución que protegen el derecho a la vida y la integridad física y moral y el derecho a la protección de la salud y recuerdan que "compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones de y servicios necesarios". A su juicio, han tenido una "nula respuesta de ninguna administración pública" y por eso piden el amparo del Síndic para que les proteja.

Pero, ¿qué se debe hacer en estos casos?

Los expertos consultados por RTVE.es aseguran que se trata de un asunto "complejo" ya que no hay antecedentes ni una norma específica que prevea una situación de este tipo. En este caso, colisionan dos derechos fundamentales: el derecho de sufragio de todos los ciudadanos, incluyendo los contagiados, que no por serlo pierden su derecho fundamental a votar, y por otro el derecho a la salud y a la vida, toda vez que sabemos que la infección de COVID puede llevar a la muerte.

"Cuando se produce un conflicto entre derechos fundamentales, lo que se aplica es el principio de proporcionalidad", asegura el profesor titular de Derecho Constitucional de la UDIMA, Juan Manuel Herreros López. Esto significa que hay que ponderar si el riesgo es mayor que el beneficio que se va a obtener.

A su juicio, la clave para que esa proporcionalidad sea satisfecha son las medidas preventivas que se vayan a implantar durante el proceso electoral. "Hasta donde sé, van a ser muchas y lo suficientemente intensas para si no suprimir el riesgo de contagio, porque el riesgo cero no existe, sí minimizarlo mucho", explica Herreros, que también recuerda que existen una serie de justificaciones que se pueden invocar en cualquier proceso electoral. "Y en el caso de unos comicios que se celebran en medio de una pandemia, este tipo de motivos se pueden atender si cabe de una forma más flexible", subraya.

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No obstante, el profesor destaca que el decreto que convocó las elecciones preveía la posibilidad de suspensión de la misma por motivos relacionados con la COVID. Asimismo, la resolución de este mismo viernes del TSJC abre la puerta a que si de aquí al 14 de febrero la situación empeorase notablemente de modo que se considerase que hay un riesgo excesivo, se podrían suspender in extremis.

"En las circunstancias actuales, yo creo que es razonable que se mantengan sobre todo si se establece un protocolo de medidas lo suficientemente garante para minimizar el riesgo y que el derecho a la salud y a la vida prevalezca", concluye.

Negativa a acudir a la convocatoria

Los convocados son conscientes de que su ausencia puede acarrear penas de cárcel de tres meses a un año o una multa de 1.800 euros, pero manifiestan que prefieren asumirlo que exponerse a la posibilidad de contraer la enfermedad. Otros como Cristina aseguran que, si no les queda más remedio, acudirán.

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Sin embargo, como señalaba el profesor, existen excepciones que pueden servir para renunciar a este deber. Por ejemplo, tener más de 65 años o demostrar una incapacidad, superar el sexto mes de embarazo o estar de baja maternal, así como haber formado parte de una mesa en tres ocasiones durante la última década o ser un trabajador esencial como médicos o policías y responsables de medios de comunicación que cubran la jornada electoral.

Lo cierto es que, desde que se conocieron los miembros de las mesas, las Juntas Electorales no han dejado de recibir alegaciones por parte de las personas convocadas, en las que acreditan el riesgo que supone para su salud estar en contacto con estas personas. El gobierno catalán también ha reconocido que está aumentado el número de personas que piden informes médicos para que se les exima de acudir el próximo 14 de febrero.