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Coronavirus

Consumo regulará los requisitos de las mascarillas higiénicas y reforzará su etiquetado

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Fotografía de tres tipos de mascarillas
Fotografía de tres tipos de mascarillas, la higiénica, (abajo), una con válvula y una FFP2 (arriba).

El Ministerio de Consumo va a dictar una orden con la que se pretende regular los requisitos, etiquetado y publicidad de las mascarillas higiénicas, ante la gran variedad que hay en el mercado, con la finalidad de "garantizar que la población sea consciente de su finalidad y sus características" frente al coronavirus.

Según han informado fuentes del departamento en una nota de prensa, en España, se ha popularizado el uso de mascarillas higiénicas "entre la población sin síntomas de COVID-19 y que no está en contacto con personas contagiadas".

Y advierten de que en el mercado existen numerosos productos de este tipo que, sin embargo, "no se ajustan a los requisitos mínimos de protección facial". De hecho, recuerdan que en los últimos días diversos centros sanitarios han prohibido el acceso a sus instalaciones con mascarillas de tela.

Y señalan que incluso la Comisión Europea ha advertido recientemente de que la regulación actual hace que, en determinadas ocasiones, las indicaciones, sugerencias, formas de presentación o referencias a equivalencias "estén dando lugar a malentendidos sobre el tipo de mascarilla que se está adquiriendo".

Texto para regular las mascarillas y los filtros

Por eso, según este Ministerio, de lo que se trata ahora es de desarrollar un texto normativo que defina el concepto de "mascarilla higiénica" o "cobertor facial comunitario", como primer paso para endurecer la regulación de este producto para que sea realmente eficaz ante el coronavirus. Para ello, ha iniciado un procedimiento, y ha remitido a consulta pública el texto para ampliar los requisitos de etiquetado, publicidad y control de estos productos.

Entre los requisitos de etiquetado de estos productos deberán aparecer las características que indiquen la información sobre lavados y pérdida de eficacia. Asimismo, se prohibirá la utilización de inscripciones, signos, anagramas, dibujos o indicaciones que puedan dar lugar a engaño sobre el tipo de mascarilla que el consumidor está adquiriendo.

Además, Consumo regulará la utilización e información del comercio de los filtros que "son utilizados a modo de consumibles y que son intercambiables" y que pueden comercializarse separadamente de las mascarillas higiénicas, algo que "actualmente tampoco tiene una normativa específica".

En cuanto a las sanciones, Consumo va a establecer como infracción el incumplimiento de las normas relativas a etiquetado, envasado y publicidad de las mascarillas higiénicas de acuerdo con la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (LGDCU).

Las autoridades de consumo de las comunidades autónomas, de acuerdo con su normativa autonómica, podrán iniciar expedientes sancionadores contra las compañías que comercialicen este tipo de mascarillas sin respetar las normas de etiquetado y retirar de la circulación los productos.

La regulación de las mascarillas higiénicas se hará a través de una Orden Ministerial con base en la potestad del Ministerio de Consumo para dictar reglamentos sobre etiquetado de productos recogido en la LGDCU.