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El Consejo de Europa "no duda" de la actuación de los jueces españoles en el proceso soberanista en Cataluña

  • Asegura que se está tratando de acuerdo a la ley española y el Convenio de Derechos Humanos

El TC ha admitido a trámite el recurso de Forcadell contra Llarena por rechazar su recusación

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El juez Pablo Llarena, en una imagen de archivo
El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena que instruye la causa sobre el proceso soberanista, en una imagen de archivo.

El secretario general del Consejo de Europa, Thorbjorn Jagland, ha asegurado este martes que no tiene "ninguna duda de que los tribunales españoles están tratando este asunto (el de Cataluña) de acuerdo a la ley española y al Convenio Europeo de Derechos Humanos".

Tras entrevistarse en su despacho del Palacio de Europa, en Estrasburgo (Francia), con el ministro español de Exteriores, Josep Borrell, Jagland ha añadido que el Consejo de Europa "existe para proteger los derechos individuales" de los ciudadanos de sus 47 Estados miembros y ha recordado que la gente tiene derecho a recurrir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, "pero después de que su asunto haya sido tratado por los tribunales españoles".

Borrell ha agradecido, en presencia de Jagland, sus palabras y su juicio sobre el sistema judicial español. "Después de estar oyendo todo el día que España vive una especie de franquismo redivivo y que los tribunales no son independientes, reconforta oír nada menos que al secretario general del Consejo de Europa", ha considerado.

El ministro de Exteriores ha añadido que "cuando llegue el momento, si es que llega, nos someteremos a la jurisdicción del Consejo de Europa con todo el respeto", en referencia a las demandas contra España relacionadas con el proceso soberanista en Cataluña.

Borrell se ha quejado ante los periodistas de que en algunos medios algunas cosas que no interesan no se cuentan, y puso como ejemplo la respuesta de la Comisión de Venecia al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont.

La Comisión de Venecia -órgano del Consejo de Europa especializado en cuestiones constitucionales- respondió a Puigdemont el 27 de septiembre de 2017 que el referéndum previsto para el 1-O debía hacerse de acuerdo con las autoridades españolas y de conformidad con la Constitución.

Jagland ha afirmado que la solución a la cuestión catalana tiene que encontrarse "dentro del respeto a la Constitución".

El TC admite el recurso de Forcadell contra Llarena

El pleno del Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad admitir a trámite el recurso de amparo presentado por la expresidenta del Parlament Carme Forcadell contra la decisión del juez del Supremo Pablo Llarena de rechazar de plano el incidente de recusación que ella había presentado.

Forcadell recurrió al Constitucional al entender que se ha vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva, a un proceso con todas las garantías, a la defensa y a un juez imparcial.

La dirigente independentista había intentado recusar a Llarena por su falta de imparcialidad objetiva al manifestar que tiene un posicionamiento respecto de la causa que responde a sus previas concepciones políticas y personales.

Argumentaba que apreciaba imparcialidad cuando el juez, al conceder la condición de testigo protegido a la secretaria judicial involucrada en el incidente de la Consellería de Economía del pasado 20 de septiembre, justificó que su propia experiencia personal pasaba por haber sufrido la divulgación pública de las señas de su domicilio principal, así como la difusión de su imagen.

Pero Llarena respondió rechazando de plano la recusación al considerarla "extemporánea", por llegar más de seis meses después de iniciarse la investigación, y en "manifiesto fraude procesal".

Ahora, en una providencia, el Tribunal Constitucional expone que el recurso "plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este tribunal", de modo que el recurso "puede dar ocasión al tribunal para aclarar o cambiar su doctrina como consecuencia de un proceso de reflexión interna".

Al admitir el recurso, el Constitucional requiere a la Sala Penal del Supremo para que en un plazo que no exceda de 10 días remita las las actuaciones correspondientes. Asimismo, se emplaza a quienes hubieran sido parte en el recurso de amparo para que, también en un plazo de 10 días, puedan comparecer.