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El Supremo rechaza la libertad de los presos del "procés"

  • Señala que la decisión del tribunal alemán de no entregar a Puigdemont "no tiene ninguna incidencia"

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El exvicepresidente catalán y líder de ERC, Oriol Junqueras
El exvicepresidente catalán y líder de ERC, Oriol Junqueras.

El Tribunal Supremo ha vuelto a rechazar la puesta en libertad de los presos preventivos del "procés", que pidieron su excarcelación tras el "nuevo contexto" abierto a raíz del relevo al frente de la Fiscalía y de la negativa de la Audiencia de Scleswig-Holstein de entregar a Carles Puigdemont por rebelión.

La Sala encargada de enjuiciar a los líderes independentistas considera en un auto que no existe modificación alguna de los motivos por los que el juez instructor, Pablo Llarena, acordó la prisión preventiva.

Además, señala que la decisión del tribunal alemán de no entregar a Puigdemont por rebelión "no tiene ninguna incidencia sobre el desenlace de la presente causa", y añade que "permanece intacta la capacidad jurisdiccional de la Sala para decidir el 'qué' y el 'quién' de los hechos".

Y añade: "Todo intento de dibujar una línea jerárquica que someta las resoluciones de esta Sala al criterio de los jueces provinciales alemanes resulta manifiestamente improcedente y está condenado al fracaso".

De esta forma, los magistrados de la Sala II deciden mantener en prisión al presidente de Omnium Cultural, Jordi Cuixart; el expresidente de ANC, Jordi Sànchez; la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los exconsejeros Jordi Turull, Josep Rull, Oriol Junqueras, Raul Romeva, Joaquín Forn, Dolors Bassa por su implicación en estos hechos al tiempo que rechaza sustituir esta medida por otras alternativas menos gravosas.

La Sala dice que el proceso penal no cambia "en función de la atmósfera política"

La Sala contesta de esta manera a la argumentación planteada, entre otros procesados, por Carme Forcadell, cuya defensa pidió su libertad alegando que si los jueces alemanes descartaban la rebelión en el caso del expresidente del Govern, en mayor medida debería aplicarse en su caso en tanto que al no ser miembro de dicho equipo de gobierno no pudo participar en las decisiones adoptadas por la Generalitat en tanto que no tenía "dominio del acto".

"El discurso de la señora Forcadell parece convertir al tribunal provincial alemán en un extravagante órgano supranacional con capacidad para revocar las decisiones adoptadas por el juez español. Todo intento de dibujar una línea jerárquica que someta las resoluciones de esta Sala al criterio de los jueces provinciales alemanes, resulta manifiestamente improcedente y está condenado al fracaso", reza el auto de los cinco magistrados.

En sus escritos, otros procesados aludían a un cambio en las circunstancias del contexto social y político para solicitar medidas cautelares menos gravosas. La Sala responde que el proceso penal no puede explicarse como una realidad cambiante "en función de la atmósfera política que se respire en cada momento" y por tanto, la permanencia de una medida cautelar ha de conectarse con los requisitos descritos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

"Explicar la privación de libertad de un procesado como una baza más en un proceso de normalización política encierra una gravísima deformación del significado mismo del proceso penal en una sociedad democrática", aclaran los magistrados.