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La nueva ley de tráfico restará puntos del carné a quienes superen los 150km/h

  • Subirá la velocidad a 130 km/h en algunos tramos de autovías y autopistas
  • Por su parte, Cataluña no aplicará esta subida de velocidad
  • El texto prohíbe el uso de detectores de radar

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El Gobierno ha remitido, en su reunión del Consejo de Ministros, el proyecto de ley de reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que incluye la pérdida de puntos del carné siempre que se superen los 150 kilómetros por hora. Además, subirá la velocidad a 130 en algunos tramos y se incrementará de 500 a 1.000 euros la multa por alcoholemia.

Con esta decisión, los cambios en la legislación en materia de circulación vial serán remitidos al Congreso para su trámite parlamentario y su previsible aprobación por las Cortes.

Según ha subrayado el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en la rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Ministros, algunas de las medidas, como la subida de la velocidad, no entrarán en vigor hasta que no se apruebe el Reglamento de Circulación, previsiblemente en marzo.

Tampoco lo hará antes de esa fecha la reducción de los límites de  velocidad en las carreteras convencionales o secundarias y en vías  urbanas. Por su parte, sí entrarán en vigor a finales de año, cuando las Cortes  aprueben la reforma de la ley, las sanciones por alcohol y drogas.

Conducir bajo los efectos del alcohol supondrá una multa de 1.000 euros

Las novedades de ambas normativas son, entre otras, en los casos de exceso de velocidad la multa llevará aparejada, además de la sanción económica, la pérdida de puntos siempre que se superen los 150 km/h, con indepencia de que el límite máximo sea de 120km/h o 130 km/h cuando éste se apruebe para determinados tramos, que estarán debidamente señalizados.

El proyecto prevé también la subida de la sanción económica por conducir bajo los efectos del alcohol,  que se duplicará y pasará de 500 a 1.000 euros.

En referencia a la subida de velocidad, Fernández Díaz ha señalado que en términos generales el límite  máximo de velocidad en autopistas y autovías será el actual, 120, y solo  se subirá a 130 en determinados tramos en función de su índice de  siniestralidad, características de la vía o condiciones climatológicas.

Según ha informado a Efe fuentes del Servicio Catalán de Tráfico, Cataluña no subirá el límite de velocidad a 130 kilómetros porque considera que el parque automovilístico que circula por sus carreteras está envejecido y, por culpa de la crisis, en deficientes condiciones de seguridad.

Asimismo, el uso obligatorio del casco de la bici en ciudad para menores de 18 años, aunque la utilización o no de este elemento para el resto de ciclistas en las urbes no se decidirá hasta que concluya el debate que se lleva a cabo en una subcomisión del Congreso.

Pruebas de drogas y alcohol a peatones

La reforma de la Ley de Tráfico incluye pruebas de drogas y alcohol a los peatones que infrinjan normas de circulación y no solo a aquellos que sean víctimas o copartícipes de un siniestro.   La prueba salival, mediante dispositivo autorizado, será el medio  preferente para detectar in situ la presencia de drogas en el organismo  para su posterior análisis.

No obstante, el texto establece la excepción para aquellas personas que tengan que consumirlas por prescripción facultativa y una finalidad rehabilitadora, como las que reciben tratamiento para desengancharse de su adicción.

"No es justo ni razonable" que esas personas se vean privadas de  conducir o tengan que suspender su tratamiento si lo hacen, ha dicho el  ministro. También ha dejado claro que esta salvedad de la ley está en  consonancia con otras normativas de países avanzados.

Según el ministro, del total de  fallecidos en accidente el año pasado, el 47,3% dio positivo  en alcohol, drogas o psicofármacos.

Desde mayo de 2012, Tráfico ha  realizado alrededor de 10.000 controles para detectar el consumo de  drogas y en los efectuados "al azar", el 16% dio positivo.

En los controles "no hechos al azar", es decir, en los de alcoholemia  negativa pero repetidos ante los síntomas sospechosos que observan los  agentes, la cifra alcanza el 76%.

Prohibidos los detectores de radares

Además, el texto prohíbe el uso de detectores de radar que serán multados con 200 euros y tres puntos del carné. Esta reforma legal, regula también los sistemas de retención infantil, que pasan de un sistema de edad a uno de talla, con una previsión de 135 centímetros, salvo excepciones.

Otra de las novedades respecto al texto original se  refiere a los atropellos cinegéticos, de manera que, con carácter  general,  la responsabilidad será del conductor del vehículo.

No obstante, cuando el atropello del animal sea consecuencia directa de la práctica  de la caza, el responsable será el propietario  del terreno, y si es por la falta de reparación del vallado o de la  señalización, lo será el titular de esa vía donde se ha producido el  atropello.

La ley también obliga a comunicar a la autoridad de tráfico, con carácter previo a su inicio, la realización de obras en las vías.

Por último, se incorporan dos nuevos supuestos de inmovilización del vehículo: el  incumplimiento de las condiciones de la autorización para la circulación  de vehículos (horarios, peso máximo autorizado, etc), y la conducción  sin el permiso para camiones o autobuses.

Por su parte, el PSOE ha denunciado la "nula voluntad de la Dirección General de Tráfico para escuchar a los actores implicados en la seguridad vial" y ha sostenido que "a más velocidad, más accidentes y más mortalidad, más gasto energético y más contaminación".

En cuanto a la opinión de los conductores, han apoyado la decisión de subir el límite máximo de velocidad, pero no ven con buenos ojos que en un momento de crisis se aumente la sanción por consumo de alcohol al volante.