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El fiscal ve "discriminatoria" la imputación de la infanta y basada en "meras sospechas personales"

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El juez aplaza la declaración de la Infanta Cristina como imputada en el caso Nóos

El fiscal anticorrupción del caso Nóos, Pedro Horrach, ha presentado este viernes el recurso contra la imputación de la infanta Cristina por "suponer, cuanto menos, un trato discriminatorio" al basarse en "hechos que a priori no presentan rasgos delictivos" y por la "inexistencia de indicios incriminatorios".

Horrach destaca en su escrito, al que ha tenido acceso TVE, que los 14 indicios que recoge el juez en el auto de imputación "constituyen meras circunstancias inocuas, inconsistentes y equívocas, en algunos casos, o meras sospechas personales, en otros".

Añade que "de las mismas no pueden inferirse indiciariamente participación en conductas reprochables penalmente". El fiscal señala, además, que la infanta no pudo ejercer "influencia delictiva" sobre las administraciones públicas que dieron dinero al Instituto Nóos cuando era presidido por su marido, Iñaki Urdangarin.

En el documento, el fiscal ha pedido que se suspenda la declaración de la infanta para el sábado 27 de abril, lo que ha sido acordado por el juez este mismo viernes. La citación quedará en suspenso hasta que la Audiencia Provincial resuelva el recurso.

Horrach ha presentado este viernes un recurso de 20 páginas con el que pretende desmontar el auto del juez incidiendo en que algunos de los argumentos que ahora utiliza el instructor para citar a la infanta fueron rechazados por él mismo hace un año cuando Manos Limpias pedía la imputación de la hija del rey.

El procedimiento judicial persigue la búsqueda de la verdad material, no  de ajustarla a expectativas o sospechas personales, deformándolas

El fiscal afirma que "no alcanza este fiscal a comprender por qué solo unos meses más tarde se apela a los mismos hechos y datos para sustentar la conclusión contraria".

El escrito, muy duro con el instructor, pone de manifiesto la disparidad de criterio entre el juez y el fiscal del caso Nóos que hasta ahora habían coincidido en todas las decisiones de la instrucción.

El recurso llega a afirmar que "el procedimiento judicial persigue la búsqueda de la verdad material, no de ajustarla a expectativas o sospechas personales, deformándolas".

Un nombre en un folleto no es tráfico de influencias

Además de alegar que la imputación vulnera el principio de igualdad y que no existen indicios incriminatorios para imputar a la infanta, el fiscal argumenta que no existe la infracción penal a la que apunta de manera "solapada" el juez: un presunto delito de tráfico de influencias.

Horrach subraya que "la mera aparición de un nombre en los folletos informativos o de presentación de una entidad no es en sí mismo suficiente para la comisión de la citada figura delictiva, por alto que sea el rango personal o institucional de que se trate".

El tráfico de influencias exige sugestión, inclinación, invitación o instigación sobre otra persona para alterar (...) la toma de una decisión

El fiscal anticorrupción argumenta que para que exista tráfico de influencias tiene que haber una actuación dirigida a "influir", esto es "en la sugestión, inclinación, invitación o instigación sobre otra persona para alterar el proceso motivador de esta en la toma de una decisión".

Horrach afirma que el juez no describe en su auto "conducta alguna atribuible" a la infanta "que refleje una actividad en dicho sentido".

El representante del Ministerio Fiscal recoge en su recurso para argumentar este punto que José Luis Ballester, director general de Deportes del Gobierno balear, declaró ante el juez en "reiteradas ocasiones" que nunca vio el folleto de Nóos en el que aparecía la infanta como vocal ni sabía que lo era.

"Si el responsable político "supuestamente influenciado" desconoce que Doña Cristina de Borbón fuera vocal del Instituto Nóos y no trató o gestionó de algún modo con ella temas vinculados a dicha asociación,  ¿cómo puede ejercer aquella una influencia delictiva?".

El fiscal también alega que no hay elementos incriminatorios contra la infanta respecto a delitos contra la Hacienda pública.

Indicios ya descartados por el juez antes

El fiscal señala indicios que ahora utiliza el juez para imputar a la infanta que fueron desestimados por el propio magistrado antes porque no los veía suficientes. Estos son: el hecho de que fuera vocal de Nóos, que su nombre apareciera en el folleto del instituto, y conocer la intervención que hizo el asesor legal de la Casa Real y conde de Fontao,  José Manuel Romero, para recomendar a Urdangarin se apartara de los  negocios en 2006.

Entre los indicios desestimado al principio por Castro que destaca el fiscal está también el hecho de que fuera titular del 50% de Aizoon, secretaria de las Juntas Generales de dicha empresa, el hecho de cargar gastor personales a esta firma, la contratación de empleados de hogar en situación irregular, el hecho de que dispuso de fondos de dicha entidad.

Al margen de estos, el fiscal señala que la carta que Urdangarin mandó a un amigo en 2002 expresando su deseo de iniciar proyectos propios "comentándole que cuenta con el apoyo" de su esposa "no merece observación jurídica alguna".

Revenga no tenía por qué conocer que había trato de favor

El juez argumentó que no se acababa de entender como el secretario personal de las infantas, Carlos García Revenga, no comunicara a la hija del rey que Urdangarin estaba obteniendo un trato privilegiado.

El fiscal asegura que los correos electrónicos evidencian que había una "comunicación fluida" entre Revenga y Urdangarin, pero que "de los mismos no se infiere conocimiento de presuntas actividades delictivas".

Horrach va más allá y señala que en el "hipotético caso" de que Revenga "tuviese dicho conocimiento" no está acreditado que se lo comunicara a la infanta.

Que el rey hablara o no con su hija, "penalmente irrelevante"

El fiscal también critica que el juez contemple como indicio para imputar a la infanta que el rey tuvo que hablar con ella de la recomendación que hizo llegar a su marido para que abandonara sus negocios.

"El hecho de que un padre comente o no con su hija las recomendaciones que haya realizado o proyectó realizar al cónyuge de esta, pertenecen al ámbito estrictamente privado y es penalmente irrelevante.

El fiscal del caso Nóos insiste en su recurso en que la Junta Directiva de Nóos, de la que era vocal la infanta, "nunca se reunió ni por tanto adoptó decisión alguna" y que no hay ningún testigo ni imputado que "involucren de algún modo" a la hija del rey "en la toma de decisiones de ninguna de las entidades que giran alrededor de su esposo" o su exsocio, Diego Torres.

Los correos en los que el juez basa la imputación

Horrach no cree que sea indicio suficiente el correo que Urdangarin mandó a Torres en octubre de 2007 en el que aseguraba que tenía "un mensaje de parte del rey y es que le ha comentado a Cristina" para que se lo diga "que le llamará Camps a Pedro para comentarle el teme de la base del Prada y que en principio no habrá problema y que nos ayudará a tenerla".

El fiscal señala que el proyecto Ayre, por el que se pretendía que España tuviera un segundo equipo en la Copa América de 2009, "no es objeto de la investigación en la presente causa".

Según el representante del Ministerio Público "lo único que pone de manifiesto el citado correo" es que la infanta "transmitió a su cónyuge un mensaje de su padre, pero en ningún caso intervención directa en proyecto alguno. Interferir de dicho dato (...) su intervención en otros ámbitos, vuelve a ser una reiteración de sospecha, una suposición huérfana de apoyo probatorio".

También resta valor al correo en el que Urdangarin solicita el parecer de su mujer en febrero de 2003 sobre una comunicación del Instituto Nóos.

El fiscal tampoco ve "el alcance penal" de que la infanta pudiera conocer que su marido se reunió con el expresidente balear Jaume Matas en Marivent o que lo hiciera con la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, y el expresidente valenciano Francisco Camps en Zarzuela.

El hecho de figurar de autorizada en una cuenta facilitada por Urdangarin, también es irrelevante para el fiscal, ya que "no implica conocimiento por su parte de las supuestas operaciones comerciales en las que interviene su cónyuge".

El fiscal de Nóos niega "presiones" desde Madrid

Horrach ha llegado en torno a las 10.45 horas al Juzgado de Instrucción número 3 de Palma para presentar personalmente su recurso de apelación contra la decisión del magistrado de imputar a la infanta.

Al ser preguntado por numerosos medios de comunicación, el fiscal de Nóos ha recalcado que no ha recibido "ninguna presión" desde Madrid para presentar el recurso, informa Europa Press.

Preguntado sobre si es normal este tipo de distanciamiento con el  juez,  ha aclarado que no se trata de un distanciamiento, sino tan  solo de  una "discrepancia jurídica".  Además, Horrach ha subrayado  que este  tipo de recursos entra "dentro de la normalidad".

El juez argumentó que no imputar sería "un cierre en falso"

En su auto, el juez Castro explicaba que ha decidido imputar a la   Infanta Cristina antes de finalizar la instrucción de esta pieza,  dado  que, en caso contrario, se hubiese dejado que "se perpetúe la   incógnita" de su supuesta implicación en esta causa.

En su opinión, sería un "cierre en falso en descrédito de la  máxima  de que la Justicia es igual para todos y una clara  contradicción a la  práctica cotidiana de los juzgados y tribunales  que en casos  similares", informa Europa Press.