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Caamaño, satisfecho con el fallo sobre Sortu: "Van por buen camino, pero deben condenar"

  • El ministro de Justicia destaca el funcionamiento del Estado de Derecho
  • Caamaño asegura que la sentencia del Supremo no es política, sino "jurídica"
  • El Gobierno seguirá vigilante para evitar un plan B

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El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, se ha felicitado este jueves del "correcto funcionamiento" del Estado de Derecho que ha supuesto la sentencia del Tribunal Supremo, que en la noche de este miércoles impedía la inscripción de la formación Sortu en el registro de partidos y que, en primera instancia, le inhabilita para participar en las próximas elecciones del 22 de mayo.

En declaraciones al programa de RNE "En días como hoy", el titular de Justicia ha dicho estar de acuerdo con el fallo "porque coincide con la posición del Gobierno", aunque ha rechazado que el fallo del Alto Tribunal sea una sentencia política.

Es un triunfo del Estado de Derecho, ha dicho, y ha destacado la labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de la Abogacía del Estado y del Tribunal Supremo.

"Avala las tesis de la Abogacía"

Caamaño ha asegurado que todavía no ha podido leer la sentencia y que, de momento, solo conoce el fallo, en el que por primera vez no ha habido una decisión unánime, sino que hay tres votos contrarios a la decisión y 16 a favor. Se ha mostrado satisfecho porque el Tribunal Supremo "avala las tesis de la Abogacía del Estado", que en definitiva es la posición del Gobierno.

En la entrevista concedida a Juan Ramón Lucas, el ministro ha dicho que la "sentencia es jurídica, fundamentada en derecho", y ha clarificado que "no hay que confundir debates jurídicos con políticos". Su único comentario político es que el paso que ha dado Sortu demuestra que "van en la buena dirección, pero tienen que condenar la violencia de ETA".

Sobre el futuro de la formación política Sortu, Caamaño ha dicho que ahora pueden solicitar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, pero que este ha de ser ordinario, y no electoral. La diferencia entre uno y otro tiene trasncendencia, sobre todo, en cuanto a los plazos, que se dilatan más en el caso del ordinario. Sortu tiene 30 días para solicitar el amparo y entrará dentro de la agenda ordinaria del Constitucional.

Además, ha subrayado que la Abogacía el Estado estará vigilante para que no se vulnere la Ley Orgánica del Regimen Electoral General (LOREG) y "no haya vías fraudulentas de penetración" dentro de listas de otros partidos.