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Andalucía, primera comunidad que regula el derecho a una muerte digna

  • La ley reconoce el derecho de los pacientes a rechazar tratamientos que prolonguen su vida
  • Con esta ley, Andalucía se equipara a países europeos como Bélgica, Holanda o Luxemburgo
  • Será de obligado cumplimiento por todas las instituciones sanitarias, incluidas las religiosas

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La Junta de Andalucía ha acordado iniciar los trámites del proyecto de Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las personas en el proceso de la Muerte, una norma que hará prevalecer los derechos del paciente a no recibir tratamientos en cualquier institución sanitaria, inclusive religiosa.

De esta manera, Andalucía se adelanta al resto del país y se equipara a otros estados como Bélgica, Holanda o Luxemburgo.

En declaraciones a Radio Nacional, la consejera de Salud de la Junta de Andalucía, María Jesús Montero, ha matizado que mientras en otros estados sí aplican la eutanasia activa, es decir provocar la muerte de una persona mediante medicación, en Andalucía esta medida no se va a emplear."No es competencia de las comunidades ejercer esta acción" y "hacerlo está tipificado como delito", ha dicho.

Según la consejera,  "lo que se persigue con esta ley es que se hagan prevalecer los derechos del paciente, que exprese ese deseo de limitar las medidas de soporte vital cuando éstas provoquen una obstinación o encarnizamiento terapéutico". 

En palabras de la consejera, lo que esta ley pretende evitar es que se vuelvan a repetir casos como el de Inmaculada Echeverría, trasladada desde un centro sanitario perteneciente a una orden religiosa a otro público cuando se autorizó su desconexión de la ventilación mecánica que la mantenía con vida.

De acuerdo con el anteproyecto, entre los derechos reconocidos al paciente se encuentran el recibir o no, según lo desee, información sobre la probable evolución de su enfermedad, con objeto de ayudarle en la toma de decisiones.

Por último, Montero ha manifestado su deseo de que desde el gobierno central se haga extensible al resto de las Comunidades autónomas esta ley, pues, "la asistencia a la muerte digna es una medida que se hace en todas las Comunidades Autónomas, pero es necesario interpretar la legislación".