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El Supremo archiva una querella de Ernesto Koplowitz contra Garzón

  • Los argumentos del querellante "parecen más un desahogo personal"
  • Koplowitz presentó una querella contra Garzón por 15 delitos
  • Ernesto Koplowitz denunció en 1992 a su primo Carlos Koplowitz
  • Garzón, por entonces magistrado de la AN, archivó la causa por estafa en 2004

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EL JUEZ ESPAÑOL BALTASAR GARZÓN ASISTE A HOMENAJE DE VÍCTIMAS DE LAS DICTADURAS ARGENTINA Y ESPAÑOLA
Baltasar Garzón habla durante un homenaje de víctimas de las dictaduras argentina y española.

El Tribunal Supremo ha archivado la querella por prevaricación que Ernesto Koplowitz, hermano de las empresarias Esther y Alicia Koplowitz, interpuso contra Baltasar Garzón por ordenar el sobreseimiento de una causa en la que reclamaba a su primo más de 12 millones de euros.

Así lo ha acordado la sala de lo penal del alto tribunal en un auto en el que asegura que los argumentos del querellante "parecen más un desahogo personal" que el relato de unos hechos que pudieran ser constitutivos de delito.

Ernesto Koplowitz denunció en 1992 a su primo Carlos Koplowitz por delitos de estafa, apropiación y falsedad al estimar que le cedió el 95 % de la herencia paterna para que la gestionara y le hiciera partícipe de los beneficios, cantidad que elevó a 4.000 millones de pesetas (24 millones de euros) tras la incorporación de intereses y daños y perjuicios.

Sin embargo, el entonces titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional decidió archivar la causa el 19 de julio de 2004, decisión que fue confirmada posteriormente por la sección tercera de la sala de lo penal de este tribunal.

Una querella de 15 delitos contra Garzón

De esta forma, Koplowitz presentó una querella contra el magistrado por 15 delitos, entre ellos los de prevaricación, falsedad documental, encubrimiento, coacciones, desobediencia, atentados contra la integridad moral y daños.

El empresario recriminaba a Garzón la "larga instrucción" de la causa y que viniera "retrasando por más de cuatro años" la ejecución de diversas diligencias, así como la desaparición de 254 folios de documentos que contenían "pruebas fundamentales" o que hubiera enviado "a la fuerza pública" al domicilio de su procurador para tratarle "como a un vulgar delincuente".

"Resulta inexplicable que de haberse producido los hechos tal como los relata, tales irregularidades no hubieran sido puestas de manifiesto por su letrado y reparados por la sala", responde a ello el Supremo.

Además, el alto tribunal se detiene al abordar el delito de prevaricación, que supone dictar una resolución injusta a sabiendas, para hacer hincapié en que, conforme a su doctrina, "las resoluciones objeto de estudio no constituyen un apartamiento del principio de la legalidad ni una interpretación irrazonable de las normas que sustentaban las decisiones cuestionadas".

Sobre la custodia de los documentos, los magistrados resaltan que la misma corresponde al secretario judicial y no al juez, mientras que sobre el resto de los delitos denunciados concluyen que "carecen del más mínimo sustento jurídico".