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Claves de la nueva supervisión financiera europea

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Las medidas tomadas por la Unión Europea (UE) para crear su sistema de la supervisión financiera se dividen en dos partes: la creación de un Comité Europeo de Riesgo Sistémico y la de tres autoridades europeas de supervisión.

Las tareas del Comité Europeo de Riesgo Sistémico, con sede en Fráncfort, serán:

  • Alertar y aconsejar a los Estados de la UE o a las autoridades de supervisión nacionales cuando perciban importantes problemas de estabilidad económica, como crisis inmobiliarias o financieras. Las recomendaciones no tendrán por qué ser públicas.
  • Su gerente será el presidente del Banco Central Europeo (BCE) durante los primeros cinco años. Pasado ese tiempo, los gobernadores de los bancos centrales, y algunos expertos, discutirán el futuro del Comité.

Las características y funciones de las tres autoridades europeas de supervisión serán:

  • El organismo que supervisará el sistema bancario se denominará EBA y tendrá su sede en Londres. El que se centrará en el mercado bursátil será el ESMA, con sede en París. Y el último supervisará el sector de los seguros, el EIOPA, con sede en Fráncfort.
  • Estos supervisores podrán elaborar normas técnicas a nivel europeo. Además, supervisarán su aplicación y tendrán voz en las decisiones sobre los sistemas financieros de los países miembros.
  • En casos de discrepancias entre bancos centrales de dos o más países, estas autoridades ejercerán de mediadores.
  • Podrán prohibir temporalmente operaciones económicas de ciertos productos financieros si consideran que encierran riesgos y pueden amenazar a la estabilidad financiera de un país miembro o de la Unión Europea en su conjunto.
  • En caso de emergencia decretada por alguno de los Vientisiete, los vigilantes europeos indicarán a los supervisores nacionales las medidas que tienen que llevar a cabo, incluso interviniendo directamente en caso de que éstos fallen con decisiones hacia los bancos nacionales de obligado cumplimiento.
  • Las autoridades de supervisión europeas no podrán entrometerse en las decisiones  presupuestarias de los Estados, es decir, no podrán forzar a los gobiernos a reflotar a los bancos con dificultades.
  • Ante las reticencias de Reino Unido al nuevo sistema de supervisión, la UE ha decidido incluir una "cláusula de salvaguardia" a la que podrán acogersa los gobiernos nacionales si consideran que las decisiones de las autoridades afectan a su soberanía nacional. Sin embargo, los gobiernos no podrán abusar de esa "excepción".
  • La UE deja abierta la posibilidad de otorgar a la ESMA nuevas funciones de supervisión, registro y, en caso necesario, sanción sobre las agencias de calificación de riesgos. Mientras tanto, en España, el Gobierno ha reforzado las competencias en ese campo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), encargada de supervisar los mercados bursátiles y, ahora también, las agencias de calificación.