El Supremo obliga a Extremadura a pagar 10,4 millones por el exceso de pastos de 2007 y 2008
La Junta de Extremadura acata, pero no comparte, esta sanción por exceder la superficie de pastos subvencionables con la PAC, incluyendo la dehesa.
El Tribunal Supremo condena a Extremadura a pagar 10,4 millones de euros por exceder la superficie de parcelas subvencionables en la Poítica Agraria Comunitaria de 2007 y 2008, al incluir la dehesa, apenas unos días después de suspender cautelarmente, esta misma semana, otra multa de Bruselas a la región por valor de 80 millones de euros por el mismo concepto, correspondiente a los años entre 2010 y 2013.
La Comisión Europea multó a España con 20,8 millones de euros por considerar los pastos arbustivos y arbolados como superficies admisibles de pagos directos de la PAC en 2007 y 2008, es decir, por incluir la dehesa extremeña en las hectáreas subvencionbles bajo ese concepto. En 2015, el Consejo de Ministros aprobó que la sanción fuera compartida al 50 por ciento, entre ambas administraciones. Una decisión que Extremadura recurrió en los tribunales para que el Estado asumiera la totalidad de la multa y, ahora, el Supremo lo desestima.
El Alto Tribunal entiende que hay una "sobrestimación de superficies" y que deberían haber incluido las zonas no aptas para pastoreo, aplicando el sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas. La Junta de Extremadura, que acata la sentencia y abonará a medias con el Gobierno central, cree que el fallo no estima las diferencias entre bosques mediterráneos y la dehesa regional, que sí se utiliza, dice, para alimentar al ganado.
En los años sucesivos, España ha seguido incorporando la dehesa a las superficies de pastos admisibles de ayudas de la PAC y, de hecho, hay otra multa pendiente que asciende a cerca de 80 millones de euros por exceder la superficie de pastos subvencionables enter los años 2010 y 2013, que el Supremo suspendió cautelarmente este martes, hasta que Europa decida judicialmente quién debe asumir el pago.