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No multan con 600 euros por colgar la bandera española en el balcón, es falso

No imponen multas de 600 euros por colgar la bandera española en el balcón, es falso
No imponen multas de 600 euros por colgar la bandera española en el balcón, es falso Getty Images / VerificaRTVE

Nos habéis consultado a través de nuestro canal de WhatsApp si nos pueden multar por la colocación de la bandera de España en el balcón o ventana de casa, y en redes sociales encontramos mensajes que difunden esta afirmación. Es falso. Desde el Ayuntamiento de Madrid, desde el Consejo General de Administradores de Fincas de España y desde el Colegio de Abogados de Madrid explican que no existe una legislación que prevea esta multa.

"Acabo de leer que la multa por colgar la bandera de España en el balcón es de 600€. ¿Me ayudas a reventar las redes con esto?", dice un mensaje difundido el día 11 en X compartido más de 9.000 veces, que comparte una foto con fondo rojo y gualda que anima a colgar la bandera española por el Día de la Hispanidad. "Insólito: el Gobierno de Pedro Sánchez impuso multas de hasta 600 euros por colgar la bandera de España en un balcón durante el Día de la Hispanidad", dice otro mensaje también de X compartido más de 5.000 veces desde el 12 de octubre.

Ninguna ley multa por la colocación de la bandera española con 600 euros

Ninguna norma prevé multas de hasta 600 euros por colocar una bandera española en el balcón o ventana, es falso. Hemos consultado tanto con especialistas en Derecho Civil, como con el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España y con el Ayuntamiento de Madrid y nos aseguran que ninguna legislación lo prevé.

Algunos de los mensajes difundidos aluden a la Ley de Propiedad Horizontal como la norma en la que se apoya la supuesta sanción y, en concreto, se refieren al artículo séptimo. En este artículo no se prohíbe la colocación de banderas. El propietario de cada piso "podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario", dice ese artículo por un lado. Por otro, impide las "actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas". Prevé eso sí que la comunidad de vecinos acuda a los tribunales si así lo decide.

Peio Mendia Baigorri, miembro de la Junta de Gobierno del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España, nos explica que la citada ley "no prevé ni esta ni ninguna otra sanción y ni la comunidad de vecinos, o el presidente o una asamblea tienen capacidad sancionadora hacia un vecino". Agrega que una bandera "no es un elemento que se ancle a la fachada y para el que es necesario un permiso de la comunidad, como un aire acondicionado o un cerramiento". Se trata de un "elemento móvil", que se puede quitar. "La estética de la fachada es estética de la comunidad y hay que preservarla, la comunidad podría pedir a un vecino que retire una bandera, pero nunca sancionarle. Tendrían que acudir a la administración pública, a la vía judicial", asegura Peio Mendia, que añade: "No me consta ningún caso de esta sanción desde una administración pública".

En VerificaRTVE hemos consultado con el Ayuntamiento de Madrid, puesto que en esta ciudad es habitual la colocación de banderas de España en ventanas y balcones, no sólo con motivo de la festividad del 12 de octubre. Desde la Policía Municipal nos aseguran que "no hay ninguna ordenanza municipal que diga que colocar la bandera es motivo de sanción ni ningún texto legal o normativa que lo prohíba". "Si fuera una legislación general, podrían multar también Policía Nacional o Guardia Civil", agregan desde el consistorio madrileño.

También desde el Colegio de Abogados de Madrid aseguran que no existe una legislación estatal que prohíba la exhibición de banderas. El responsable de la sección de Urbanismo, Arrendamientos Urbanos y Propiedad Horizontal, Alberto Torres López, explica que una comunidad de vecinos podría acordar la prohibición, o darse la situación de que un vecino colocase una que, por su tamaño enorme, "supusiera peligrosidad". Otra vía posible de sanción es una ordenanza municipal, que un consistorio prohibiera las banderas. "Pero no conozco tampoco casos, ni recuerdo ningún tribunal que se haya pronunciado sobre esto. Y pensemos en el conjunto de España, hay banderas por todas partes y de todo signo político. Estas cuestiones no llegan a los tribunales", expone Alberto Torres.

En VerificaRTVE te hemos explicado otras polémicas sobre banderas como la prohibición de banderas palestinas en los colegios de la Comunidad de Madrid o en los estadios de fútbol, a raíz de las muestras de apoyo a los palestinos ante la masacre de Israel en Gaza.