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La Guardia Civil descarta "manipulaciones" en los audios de Koldo que incriminan a Cerdán

  • La defensa aseguraba que los archivos de audio no se correspondían con ninguna conversación real
  • El Tribunal Supremo recuerda que los audios no son los únicos indicios contra Cerdán
La Guardia Civil descarta que los audios de Koldo hayan sufrido "manipulaciones"
RTVE.es

Un informe pericial de la Guardia Civil descarta manipulaciones en las conversaciones grabadas por el exasesor ministerial Koldo García que incriminan a ambos y al exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán en una presunta trama de cobro de comisiones a cambio de obra pública.

El Departamento de Ingeniería Digital del Servicio de Criminalística de la Guardia Civil ha remitido al Tribunal Supremo el análisis de los ocho audios intervenidos al exasesor del exministro José Luis Ábalos. "Del estudio realizado no se han identificado trazas que evidencien alteraciones, manipulaciones o comportamientos anómalos en la administración del sistema iOS relacionados con la aplicación Voice Memos y los audios objeto de estudio", exponen los investigadores en el informe, al que ha tenido acceso RTVE.

Los agentes señalan que no han hallado indicios de manipulación ni en la administración del sistema relacionado con la aplicación móvil usada para realizar grabaciones y almacenarlas, ni en los propios audios. Asimismo, alegan que las grabaciones son "coherentes con el modo de grabación del dispositivo" empleado.

Con todo, indican que pese a que los archivos de audio encontrados mantienen los metadatos de fecha de creación y modificación, "la ausencia de registros y archivos de configuración complementarios que pudiera gestionar el dispositivo limita la fiabilidad para establecer con precisión el momento exacto en que fueron grabados, no pudiendo establecer una cronología de hechos fiable". También precisan que, dado que el propio dispositivo de grabación "no guarda archivos de configuración donde se refleje una configuración horaria definida por el usuario", se les dificulta "precisar con exactitud las fechas reales de grabación".

Asimismo, los peritos observan algunas irregularidades, como que en algunos audios "la fecha de etiquetado distaba seis meses de la de grabación", que no tienen "metadatos de fecha/hora interna" o que es necesario "realizar estudios posteriores". Además, de una de las grabaciones indican que, tras analizarla, observan "una modificación de la frecuencia de muestreo". "El hecho de que, presumiblemente, por parte de la persona que realizó la grabación se haya hecho una edición en la misma nada más finalizar el registro, motiva que la fecha de codificación se produjese aproximadamente seis minutos después de lo que sería esperado", explican.

Fuentes de la defensa de Santos Cerdán a la periodista Irma Frigenti aseguran, sin embargo, que no se ha culminado el proceso de investigación en tres de las cuatro evidencias, por lo que consideran que, en el 75% de las pruebas, la pericial no confirma su autenticidad. Además, apuntan que el informe advierte de que un archivo no tiene metadatos, lo que a su juicio no permite fijar la fecha de creación, y otro tiene una fecha de etiquetado que dista seis meses de la grabación.

Para sus abogados, el objeto de la pericia es muy limitado y presenta "quiebras", lo que abundaría en el cuestionamiento que alegan sobre la validez material de los audios. La autenticidad es precisamente uno de los aspectos clave en la investigación y ha sido especialmente cuestionada por la defensa del exsecretario de Organización del PSOE. Por todo ello, presentarán en los próximos días una prueba metapericial que la defensa ha pedido.

El juez recoge las conclusiones del informe

El juez instructor del caso Koldo en el Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha recogido las conclusiones de este informe en el auto que ha emitido para mantener en prisión provisional a Cerdán y en el que rebate cada uno de los argumentos esgrimidos por la defensa para salir de Soto del Real, cárcel madrileña en la que ingresó el pasado 30 de junio por presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho.

En el auto, el magistrado destaca que persisten los "motivos más que bastantes" para considerar que el exnúmero tres del PSOE "pudiera haber cometido" delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho. Entre esos indicios, sobresalen los audios en los que "Santos Cerdán vendría a reconocer de forma ciertamente explícita no solo el cobro de comisiones vinculadas a la adjudicación de determinadas obras públicas (...), sino también haber satisfecho parte de las mismas a otros investigados".

Y que, pese a que la defensa sostiene "que los archivos de audio no se corresponderían con ninguna conversación real", este extremo "también parece quedar desvirtuado por el contenido del informe pericial efectuado y aportado a la causa recientemente". Más adelante explica que, efectivamente, en las conclusiones del informe puede leerse que "no se han identificado trazas que evidencien alteraciones, manipulaciones o comportamientos anómalos" en relación con los audios objeto de estudio.

De todas formas, incide en que "no son los referidos archivos de audio los únicos indicios" contra Cerdán, aludiendo a los chats de WhatsApp y al contrato privado por el que el exnúmero tres del PSOE adquirió el 45% de una empresa, Servinabar, que se benefició de la adjudicación de obra pública.

Mantiene la prisión provisional por el riesgo de destrucción de pruebas

Para Puente, no obstante, no es el momento oportuno para acordar la excarcelación porque el riesgo que apreció inicialmente de que destruya pruebas o manipule testigos no ha desaparecido. "Las investigaciones acerca de la precisa situación patrimonial de Cerdán no han concluido" y resulta preciso "profundizar en los eventuales vínculos económicos que pudieran existir entre Servinabar 2000", el exsecretario de Organización del PSOE o "su círculo personal próximo, lo que comporta la realización de complejos análisis documentales que, en cierta medida, podrían ocultarse o alterarse todavía", expone.

"En el esclarecimiento de estos hechos se trabaja arduamente y avanza la investigación en las indicadas direcciones. Pero aún no ha concluido, siquiera en sus aspectos esenciales", detalla. Por todo ello, y de acuerdo con la Fiscalía y la acusación popular, el juez instructor destaca que no ha lugar en este momento a modificar esa situación, con lo que desestima el escrito de Cerdán, del pasado 8 de septiembre, en el que pidió su inmediata puesta en libertad.

Puente recuerda además que la prisión provisional de Santos Cerdán fue decretada en esta causa el pasado día 30 de junio, por lo que el plazo que opera como límite legal máximo de duración de la medida cautelar (seis meses) no ha transcurrido, ni tampoco su mitad.

Cerdán ha solicitado en dos ocasiones su salida de prisión. Primero, a través de un recurso contra la decisión de juez y, después, mediante sendos escritos que los abogados remitieron al Supremo cuando llevaba 70 días en la cárcel. La Fiscalía Anticorrupción se opuso a su puesta en libertad al considerar que la segunda petición se hizo "sin que se haya producido ningún hecho relevante en la instrucción" y sin aportar argumentos nuevos que "incidan en el fundamento de la medida acordada".